Impuesto a las Ganancias: preguntas y respuestas sobre los efectos del proyecto de Sergio Massa
-¿Cuál es el salario más bajo desde el cual los asalariados pagarían Ganancias?
-El proyecto presentado por el presidente de la Cámara de Diputados Sergio Massa busca que cada mes queden al margen del impuesto quienes tengan una remuneración bruta de hasta $150.000, sin contar el aguinaldo. Sí se computarían otros conceptos, por ejemplo bonos extraordinarios. El salario neto (descontados los aportes a la seguridad social) a partir del cual un empleado quedaría alcanzado por el gravamen sería entonces de $124.500, sin importar si se trata de alguien que tiene cargas de familia o no. Actualmente, los salarios más bajos gravados son de $78.810 netos y con el proporcional del aguinaldo incluido si se trata de un asalariado sin deducciones por familia; de $98.963 si es un empleado con cónyuge y dos hijos a cargo y, por ejemplo, de $80.874 si se deduce un hijo.
-¿Y en el caso de los haberes jubilatorios?
Se propone incrementar el piso del ingreso alcanzado, para llevarlo de seis a ocho haberes mínimos. Con los montos hoy vigentes, se pasaría de $114.211,74 a $152.282,32 mensuales. Como en marzo subirá el haber mínimo por efecto de la ley de movilidad previsional, la cifra aumentará. La diferenciación de la base imponible respecto de la de los asalariados surgió de una reforma legal impulsada durante el macrismo que está vigente desde 2017. Tiene condiciones: la persona no debe ingresos de diferente naturaleza a los haberes previsionales ni debe estar alcanzada por el impuesto a los Bienes Personales.
-¿Hay cambios con respecto a los autónomos?
No. Y ese es un punto cuestionado. El proyecto no contempla mejorar la situación de los autónomos, que tributan a partir de ingresos más bajos que los asalariados, aun cuando esa brecha se achicó en 2018 por una reforma legal. Como regla general, el mínimo no imponible por los ingresos de todo este año para estos contribuyentes es de $503.035,18, en caso de no haber deducciones por familia. Y en el caso de nuevos profesionales y emprendedores, el monto anual es de $586.874,42. Según dijeron a LA NACION fuentes del oficialismo, se trabajará en algunas alternativas para incorporar alguna medida orientada a este grupo. "Dejar afuera a los autónomos incrementa la desigualdad ya existente", advierte el tributarista Andrés Edelstein, quien sobre el proyecto en general señala que, si bien la técnica legislativa usada "es perfectible", el objetivo de aumentar el piso a partir del cual se tributa, se cumple. En la práctica, el proyecto introduce un nuevo elemento en el esquema, en lugar de darle una actualización adicional a los montos manteniendo la estructura existente, lo cual dejaría como está la progresividad del gravamen.
-¿Desde cuándo regirían los cambios?
A partir de las remuneraciones y de los haberes devengados en el mes siguiente al mes en el que entre en vigencia la ley. No habrá un efecto para el cálculo del tributo correspondiente a la totalidad del año; por ejemplo, si se entrara en vigencia la ley en marzo, las medidas impactarán a partir de los ingresos de abril. Y lo ya descontado en los meses previos quedaría sin modificaciones, según aclararon fuentes del oficialismo.
-¿Qué pasará en los años siguientes con la cifra de $150.000 de remuneración bruta por debajo de la cual no se tributará?
Esa cifra seguiría la lógica de actualización que tiene desde 2018 el esquema del impuesto. Es decir, se actualizaría una vez al año según la variación que haya tenido entre los meses de octubre previos la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). Más allá de eso, la iniciativa incluye un artículo que le da facultades al Poder Ejecutivo y a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para dictar normas vinculadas a los montos de deducciones. En las últimas dos décadas, el incremento del peso del tributo sobre ingresos que tenían igual o incluso menor poder adquisitivo que antes, fue un hecho recurrente, por la falta de una actualización suficiente de las bases del impuesto frente a la suba de los precios y a las recomposiciones de sueldos. Hasta 2017, el ajuste o no ajuste del esquema dependía de medidas discrecionales de los gobiernos; desde 2018 rige la actualización automática según un índice salarial.
En la opinión del tributarista César Litvin, para que cumpla con sus objetivos la actualización tanto de las deducciones que definen los menores ingresos sujetos al impuesto como los valores de la tabla que determinan que alícuotas se pagan, debería hacerse según el Índice de Precios al Consumidor y con frecuencia semestral en lugar de anual (según el esquema actual, el ajuste se hace en cada mes de enero). Según considera Litvin, ese tema y la mayor imposición que tienen los autónomos están entre las asignaturas pendientes del esquema de Ganancias, a la vez que considera que el actual proyecto es "una buena medida para paliar los efectos de la inflación", que este año sería mayor que la de 2020.
-¿Qué pasa con quienes tienen remuneraciones superiores a $150.000?
-El proyecto diferencia dos grupos. En el primero están quienes tienen salarios brutos de entre $150.000 y $173.000. En este caso se seguiría pagando Ganancias, pero se faculta al Poder Ejecutivo a elevar deducciones (montos que se descuentan del ingreso sujeto al tributo), para aliviar el efecto distorsivo que se produciría (en caso de regir la nueva ley y no existir alguna disposición específica sobre estos casos) entre quienes queden fuera y quienes queden dentro del impuesto. De no haber correcciones en ese punto, se provocarían inequidades entre los asalariados. Pese a eso, la ley dispondría solo la posibilidad de que haya medidas para este grupo de personas (al hacer la delegación de facultades) y no una modificación concreta. Para quienes tengan remuneraciones mayores a $173.000, no habrá cambios respecto de la situación actual.
-Para quienes tengan una remuneración mensual inferior a los $150.000 y ahora están alcanzados por Ganancias, ¿cuál sería el efecto en los ingresos?
-Un asalariado sin deducciones de familia, con una remuneración bruta mensual de $120.000 ($99.600 neta de descuentos a la seguridad social) pagaría este año, en caso de no haber cambios, alrededor de $3200 por mes por el tributo, mientras que en el caso de un trabajador bajo relación de dependencia con un salario bruto de $140.000 (neto de $116.200) y deduce cónyuge y dos hijos, el monto que se le descuenta es cercano a los $1800 mensuales. Esas son, aproximadamente, las cifras que se dejarían de pagar.
¿Cuál sería el efecto fiscal de la medida?
-Según la presentación oficial, la caída de la recaudación sería de $40.000 millones este año, pero se señala que habrá una compensación fiscal debido a más impuestos al consumo, algo que se derivaría del hecho de un mayor salario o haber previsional de bolsillo para 1.267.000 personas que dejarían de tributar, y de otras 102.741 que pagarían menos. "Cualquier baja de impuestos en este momento es buena, pero si eso no viene acompañado por una reducción del gasto público, ya sabemos cuáles son las consecuencias, porque el vuelco a un mayor consumo ejerce mayor presión sobre los precios y el dólar", dice el contador Iván Sasovsky, quien advierte también sobre los efectos que puede tener en el tiempo la lógica de darle atribuciones al Poder Ejecutivo para modificar el impuesto, en lugar de que todo quede previsto por ley.
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