Exportaciones. Extienden por tiempo indeterminado la obligación de liquidar divisas
En un contexto de falta de dólares e incertidumbre, el Gobierno extendió hoy -por tiempo indeterminado- la obligatoriedad de liquidar las divisas que provengan de las exportaciones en el mercado de cambio que había impuesto la gestión de Mauricio Macri en septiembre pasado.
La decisión fue publicada esta mañana en el Boletín Oficial a través de decreto 91 de 2019. En los considerandos de esa norma, el Ejecutivo afirma que "la situación económico-financiera que motivara el dictado original de esa decisión no fue superada aún, por lo que es necesario mantenerla". En ese camino, sustituyó el artículo 1 de decreto 609 que establecía tal obligación para el comercio exterior en el país y que ponía fecha límite el 31 de diciembre.
"Establécese que el contravalor de la exportación de bienes y servicios deberá ingresarse al país en divisas y/o negociarse en el mercado de cambios en las condiciones y plazos que establezca el Banco Central de la República Argentina", dice el actual artículo primero de la medida. A contramano de su antecesor, no establece fecha de finalización de la obligación.
El primero de septiembre, el mismo día que se estableció el cepo ampliado en el mercado de cambios, el gobierno de Macri anunció que los exportadores tendrían un plazo de cinco días hábiles para liquidar sus divisas luego de cobrar esa venta o de hasta 180 días corridos tras el permiso de embarque. Para las exportaciones de commodities sería de 15 días.
"Es la única medida que tomamos del lado del ingreso de los dólares. Es claro que no hay ninguna restricción para la importación o exportación", dijeron entonces los funcionarios.
La decisión oficial se da en momentos de tensión con los productores agropecuarios, luego de que el Gobierno decidiera por decreto subir las retenciones al complejo oleaginoso y aprobara en la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva la suba del tope para los derechos de exportación (de 30% a 33% para la soja y de 12% a 15% para el maíz y el trigo).
Además, el equipo de Alberto Fernández estableció nuevas restricciones cambiarias. A los US$200 por persona que se pueden comprar para atesorar, ahora se le suma un impuesto de 30%, que encarece el precio del dólar (de $63 a $82). A los exportadores se los obliga a liquidar al precio oficial de compra (US$58). Todavía en la gestión Macri, los exportadores adelantaron al máximo sus liquidaciones para intentar cubrirse de la suba de los derechos de exportación. Tal decisión mejoró la recaudación impositiva y el cierre de las cuentas fiscales para Macri.
Por otro lado, se estableció hoy una alícuota para las retenciones a las exportaciones de servicios, de 5% hasta 2021. En una de las empresas líderes del sector señalaron esta mañana a LA NACION que son "equivalentes" a los cuatro pesos por dólar que se pagaba hasta hoy. Sin embargo, algunos expertos consideraron que es incluso una leve baja con relación al esquema anterior.
"Fíjase, hasta el 31 de diciembre de 2021, un derecho de exportación del cinco por ciento (5%) a la exportación de las prestaciones de servicios comprendidas en el inciso c) del apartado 2 del artículo 10 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones", dice el artículo.
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