Equidad y diversidad desde RR.HH.
Me siento un afortunado de poder vivir en esta época en la que la igualdad de género es una de las principales conquistas a perseguir. Desde las diversas luchas por el matrimonio igualitario, se fueron generando nuevos reclamos sociales para que las leyes reflejen lo que estaba sucediendo en el mundo real.
Lejos estamos aún, pero estamos encaminados.
Dentro del enorme y complejo avance social, también surgen novedosas situaciones que debemos asistir tanto en el sector de Recursos Humanos de las empresas, así como los abogados que hacemos derecho del trabajo y quienes deben legislar.
Como abogado de una empresa grande nacional, me consultaron lo siguiente:
"Un empleado -varón- se presentó en nuestras oficinas de RRHH y nos entregó copia de su nuevo DNI, el cual consta su nueva "autopercepción de género" y su nuevo nombre como mujer. Agregamos la misma a su legajo y corroboramos que en AFIP el alta estuviera correcta con su nuevo nombre. Todo fenómeno. Ahora bien, a los pocos días nos notificó que iba a ser mamá? con su esposo que en origen era mujer, pero con "autopercepción de género" masculino. Por lo que quién iba a concebir el bebé era su marido.
La pregunta era si le correspondía la licencia por maternidad y su excedencia en el caso que quiera tomárselo. Pregunta inexistente hasta hace pocos años.
Claramente la legislación no está preparada para responder por si sola esta pregunta. Desde hace varios años se está utilizando el lenguaje "neutro" para legislar, designándose a los "padres" (hombres y mujeres) como "progenitores" y se los diferencia entre si, como "progenitor gestante" y "progenitor no gestante".
Así las cosas, debería modificarse la ley actual y denominar como progenitor gestante al marido de la empleada quién su autopercepción de género es masculina, siendo este progenitor gestante quien debe tener la licencia por "maternidad" y no quien no lo gestó. Asimismo, en el matrimonio igualitario entre dos mujeres, ambas serán madres, pero solo una de ellas puede gestarlo, pero ambas podrían tener la hora de lactancia. Lo mismo ocurre con los progenitores no gestantes varones, a quienes no se les otorga la hora de lactancia impidiendo fomentar el vínculo con su bebé.
Hubo una intención de avanzar en este sentido, que se publicó en los medios y mucho como un logro más de este empuje social y fue el proyecto de ley que el PEN ingresó en el Senado como "ley de equidad de genero e igualdad de oportunidades en el trabajo", el cual fue publicitado por el Presidente en su discurso en el día de la mujer (08/03/2018), ingresado en el Senado el 09/03/2018 y mandado a archivo sin discusión alguna el 08/06/2018. Un hecho lamentable, sin difusión alguna. Dicho proyecto, que se puede volver a tratar y parece que por estos días lo van a discutir en la Cámara de Diputados, aclaraba muchas de estas situaciones, daba derechos a progenitores no gestantes. Si bien el lenguaje no era el correcto ya que en algunas partes continuaba denominando erróneamente la licencia por "paternidad", hubiera sido un gran avance.