Ganancias. Cómo impacta el impuesto en el aguinaldo
¿Cómo impacta el impuesto a las ganancias en el medio aguinaldo que se cobra o se debería cobrar en esta época? ¿Y qué pasa este año con situaciones particulares, como las de los trabajadores afectados por suspensiones? ¿Cobran el aguinaldo?
Desde 2017, el impuesto que corresponde al salario anual complementario (SAC) se va descontando mes a mes desde que comienza el año. Dicho de otra manera, la carga fiscal aplicada sobre esa parte del ingreso de los trabajadores se distribuye a lo largo de los 12 meses. Para lograr eso, al hacer la liquidación de cada remuneración mensual se le adiciona al monto un 8,33% (una doceava parte del salario). Esta práctica se traduce en que, a esta altura del año, ya se le aportó al fisco una parte del impuesto a las ganancias (de manera anticipada).
El medio aguinaldo se calcula como el 50% de la mayor remuneración mensual del período al que corresponde. En los últimos años, como por lo general los salarios tenían recomposiciones (en muchos casos en abril, según una práctica bastante extendida en las empresas), el ingreso sobre el que se estimaba ese 8,33% en los primeros meses del año resultaba inferior al monto sobre el cual efectivamente luego se calculaba el SAC, y eso provocaba la necesidad de hacer un ajuste de la carga fiscal. Este año, si bien pueden darse esas situaciones, hubo en muchos casos una suspensión de los planes de otorgar aumentos salariales. De todas maneras, pueden existir diferencias entre lo ya descontado y lo que efectivamente corresponde tributar por el aguinaldo.
Más allá de esas consideraciones, también es una realidad de este año de pandemia y aislamiento social dispuesto por decreto, que muchos empleadores están en dificultades para afrontar esta obligación.
En la actividad de comercio, que es la que tiene mayor cantidad de trabajadores bajo convenio, se intentó hasta la semana pasada llegar a un acuerdo entre las cámaras empresarias y el sindicato para disponer que el pago se hiciera en cuotas. El pacto no se logró, pero desde el sector empresario se le avisó al gremio que, aun así, no pocos comercios afectados por la cuarentena acordarán con sus empleados el pago en dos y en más cuotas, según el caso, según contó Mario Grinman, secretario general de la Cámara Argentina de Comercio (CAC).
Una encuesta hecha en los últimos días por esa entidad reveló que casi ocho de cada diez empresas dicen tener problemas para hacer frente al pago del aguinaldo: el 49,3% dijo que podrá pagarlo pero parcialmente o en cuotas, y el 29,5% afirmó que no podrá abonarlo.
En los casos en que se paga el SAC y hay diferencias entre lo descontado ya por Ganancias y lo que efectivamente resulta de calcular, a esta altura del año, cuánto da el impuesto, la norma le da al empleador dos opciones, según dice la contadora Florencia Fernández Sabella, socia del estudio Laiún, Fernández Sabella & Smudt. Y explica: "Cuando el empleador paga el medio aguinaldo de junio (o de diciembre) puede hacer el ajuste necesario a ese momento, con lo cual el número queda compensado y, en caso de haber una diferencia, se genera una devolución o una retención adicional; o bien puede no hacer ningún ajuste en esos momentos y seguir usando el método de aplicar un adicional de 8,33% de la remuneración para el descuento mensual, para hacer luego el recálculo del impuesto en la liquidación anual". Esa liquidación se hace ya durante el año siguiente; en este caso, en 2021.
¿Y qué pasa con quienes están ahora suspendidos y cobran un monto inferior al que venían percibiendo antes de la cuarentena? En los últimos meses se extendió la firma de acuerdos de suspensiones laborales al amparo del artículo 223 de la ley de Contrato de Trabajo; algunos acuerdos alcanzan a todo un sector y otros, a una empresa. En todos esos casos se pacta que el salario habitual sea reemplazado por una asignación no remunerativa, que por lo general es equivalente un monto de 70 o de 75% del sueldo.
Ese pago no remunerativo sí tiene un descuento de Ganancias, en caso de corresponder (eso depende del monto percibido en lo que va del año). Pero no se le agrega el 8,33% adicional para hacer el cálculo de la retención impositiva, al menos en los casos en los cuales el período de la suspensión no se tiene en cuenta para calcular el medio aguinaldo. La exclusión de esos meses para estimar el SAC es la regla general. Así, quien trabajó durante tres meses y estuvo suspendido durante otros tres meses, por ejemplo, cobrará como aguinaldo el 25% y no el 50% del mejor sueldo. Pero existen excepciones, como el caso de la industria automotriz –según señala el abogado Héctor García–, donde las suspensiones no afectan el pago del salario anual complementario.
"Si de abril a junio un trabajador estuvo suspendido, al recibir una asignación no remunerativa no se le descontó Ganancias por el proporcional del SAC en esos meses", explica Silvio Rizza, presidente de la Federación de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Y si la persona sí trabajó entre enero y marzo, entonces tiene ya descontado lo correspondiente al impuesto por el proporcional del aguinaldo de esos tres meses. "Puede ser que haya una diferencia a favor en contra, pero sería mínima", estima.