Empresas con prontuario: hay una nueva base de datos para delitos de corrupción
En el año de "los cuadernos" y de la ley penal empresaria, una nueva disposición creael Registro de Antecedentes Penales de las compañías; el compliance pisa cada vez más fuerte
Un 2018 marcado por "los cuadernos de las coimas" trajo un inimaginable desfile de empresarios de primera línea, de los más poderosos del país, por Comodoro Py. Puertas adentro en las empresas, entonces, comenzaron a mirar con mucho más interés al departamento de compliance, sobre todo porque la compañía con tal, además de pagar sus culpas a través de la ley de responsabilidad penal de las personas jurídicas, pasa a integrar el Registro de Antecedentes Penales de Personas Jurídicas".
Lejos de ser los "chicos buenos" a los que hay que palmear la espalda cada tanto, los compliance officers lograron en 2018 un cambio de imagen, un mayor respeto y bastante autoridad al momento de decidir junto con la cúpula de las empresas qué negocios se pueden tomar y cuales no, cuáles son los mecanismos y procesos que deben seguirse y qué acciones se deben llevar adelante para prevenir delitos relacionados con la corrupción. No hace falta que traten de convencer al directorio sobre cuán importante es esto, las noticias cotidianas son suficientes,
Empresas reincidentes
La reciente disposición 11/18 de la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia aclara que "a través de la Ley N° 27.401 se estableció el Régimen de Responsabilidad Penal aplicable a las personas jurídicas privadas, sean de capital nacional o extranjero, con o sin participación estatal, por los delitos que se consignan en la misma (de corrupción pública-privada)". También que esta norma "dispone de manera expresa que el Registro Nacional de Reincidencia recibirá las comunicaciones referentes a las condenas, rebeldías y demás sanciones de carácter penal que fueran dictados respecto a los delitos previstos en la Ley 27.401".
Esto conformará un "prontuario" en una base de datos denominada "Registro de antecedentes penales de las personas jurídicas".
José María Guerrero, director del Registro Nacional de Reincidencia, que depende del Ministerio de Justicia, explica que esta base de datos conforma un prontuario para las empresas y que próximamente, "la principal usina de información probablemente provenga de los avances en la causa de los cuadernos, si terminan en condenas".
Estar en este registro, que centraliza este tipo de información sobre las condenas a las empresas, puede volcar a los jueces a condenas aún más duras en caso de reincidencia. "En principio la información es reservada, aunque una empresa puede pedirle a otra un certificado de antecedentes penales de la persona jurídica", dice Guerrero. De todas maneras cree que más adelante la información puede ser pública, como ha pasado en distintas oportunidades con otros datos que comienzan a requerirse bajo premisa de confidencialidad pero que más temprano que tarde pueden ser consultados por todos.
En este registro ya hay algunas empresas condenadas después de la sanción de la ley penal empresaria, en marzo de este año.
El abogado de Allende y Ferrante especialista en compliance, Enrique Prini Estebecorena. comenta que "la nueva disposición "es una suerte de "veraz" penal para las empresas. En un país como la Argentina, en el cual existe una anomia importante, o poco respeto por las normas, ver el enforcement o la aplicación de las leyes es fundamental y eso es lo que ha sucedido este año", agrega. "Hubo una puesta en práctica de la normativa anticorrupción, y esto es un cambio. Este año se vio que la seguridad jurídica puede volver al país, un juego que trae inversiones".
Con respecto a la importancia del compliance, Prini Estebecorena, recuerda que para los proveedores del Estado, tener un departamento de cumplimiento no es optativo sino obligatorio, según se lee en el artículo 24 de la ley penal empresaria sobre las contrataciones con el Estado Nacional. Allí se estipula que la existencia de un programa de integridad adecuado...será condición necesaria para poder contratar con el Estado Nacional. Para el resto de las empresas es importante porque puede ser un atenuante en caso de tener que defenderse en los tribunales siempre y cuando se haya instrumentado con comprobable seriedad.
Brecha de recursos
Francisco Crocioni, coordinador de contenidos de Derecho Penal y Procesal Penal de Thomson Reuters. además de autor e invesitigador en materia de delitos corporativos, asegura que "2018 fue un año fundacional, porque por primera vez la Argentina le demostró al mundo y a los juristas y operadores judiciales que podía terminarse el debate, y de la teoría y pasar a la práctica. "El paso que dio el Congreso con la ley 27.401 fue revolucionario, porque se establecieron normas propias del código penal en las estructuras empresariales. Queda mucho por hacer, sobre todo la posibilidad de ampliar la nómina de delitos. Estamos con leyes 1.0 en un mundo 4.0".
Por otro lado, pide más recursos para la justicia. "La causa de los cuadernos permitió a la opinión pública tomar dimensión sobre determinadas maniobras que la justicia debe investigar. Pero se cuenta con recursos humanos y tecnológicos que hay que reforzar. El personal que hace el esfuerzo por investigar estos hechos lo hace en un contexto informático, pericial y edilicio que lo coloca en una enorme desigualdad con aquellos que defienden los intereses de las empresas investigadas". Se refiere a enormes estudios de abogados, con recursos casi ilimitados. "El ritmo de la investigación es diametralmente opuesto a la velocidad con que las empresas producen pruebas para realizar sus defensas. Obtener una mejor justicia depende de acortar esa brecha".
Cuatro hitos
Según la opinión de Guillermo Jorge, socio de Governance Latam, "Indudablemente, el 2018 fue un año muy dinámico en términos de políticas anticorrupción. Cuatro hitos son:
1) La entrada en vigor de la ley de responsabilidad penal de las empresas por corrupción, "que inició un camino irreversible: las empresas deben revisar sus prácticas", dice.
2) La utilización de la figura del arrepentido: "con altibajos propios de una ley imperfecta y de algunas debilidades institucionales, la Argentina finalmente comienza a experimentar con una herramienta de probada eficacia en todo el mundo en términos de permitir avanzar en investigaciones que duraban décadas y que rara vez llegaban a juicio. Cuando se investiguen hechos posteriores a 2018 también habrá acuerdos similares con empresas"
3) La incertidumbre sobre el financiamiento del sector de infraestructura: "Los procesamientos de accionistas mayoritarios de empresas líderes de infraestructura alertaron a los financiadores, especialmente de proyectos PPP sobre un problema que ya ocurrió en otros países de la región como Brasil, Perú, Colombia, Panamá. En el corto plazo, el gobierno, sin interferir con la justicia ni debilitar su política anticorrupción, debe regular estructuras de gobierno corporativo. Separar a los dueños de los directorios parece insuficiente para que aumente la confianza de los bancos internacionales y eviten una crisis de liquidez", afirma Jorge.
4) Por primera vez ha habido esfuerzos gubernamentales, liderados desde la UIF, dirigidos a recuperar dinero de la corrupción. Muestran una escucha más atenta al reclamo ciudadano sobre el tema".