El sistema laboral en la Argentina: los mismos problemas, los mismos remedios
Los problemas de siempre, las soluciones de siempre. Pasan los años, pasan los gobiernos... y los problemas del país siguen siendo los mismos. Siempre estamos dando vueltas con lo mismo: la desocupación, el trabajo en negro, los bajos salarios, los sindicalistas ricos con trabajadores pobres, etcétera.
Sin importar el color político, cada vez que asume un nuevo gobierno se dicen las mismas cosas y se ensayan las mismas "soluciones". Puro maquillaje que ni siquiera cubre las arrugas del sistema y que repite las mismas fórmulas. Es como el caso de una persona a la que le cae mal la papa y el médico le da un remedio que nunca le produce ningún efecto; si el paciente cambia de médico, pero el nuevo le dice que siga comiendo papa y que tome el mismo remedio, vamos mal. Y la situación se hace cada vez peor, porque el paciente está cada vez peor. Así, después de meses de estar preparando el desembarco para sacar a la Argentina del pozo en el que nos sigue dejando el que se va, las grandes medidas en materia laboral son: duplicar las indemnizaciones y otorgar aumentos salariales compulsivos de suma única. Son medidas mal resueltas, con un lenguaje que genera conflictos de interpretación y más juicios laborales.
Respecto a la duplicación de la indemnización por despido, quedan sin despejar varias dudas. Lo que se puede colegir, bajo el riesgo de que la justicia laboral determine otra cosa a futuro, sería: a) este recargo indemnizatorio rige desde la publicación del decreto (13 de diciembre de 2019) por 180 días corridos y, salvo que exista una prórroga expresa, quedará sin efecto automáticamente una vez transcurrido dicho lapso; b) comprende a todos los trabajadores del sector privado que hayan iniciado una relación laboral antes del 13 de diciembre de 2019, por lo que no será aplicable a los contratos celebrados luego de esa fecha; d) duplica todas las indemnizaciones derivadas exclusivamente del despido sin justa causa (indemnización por antigüedad, sustitutiva del preaviso, integración del mes de despido). Deja abierta la duda respecto del resto.
Mis interpretaciones, basadas en el análisis jurídico de la norma y teniendo en cuenta la jurisprudencia anterior respecto de leyes análogas, serían las expuestas a continuación.
En el caso de la indemnización sustitutiva de vacaciones, según el criterio del fallo plenario en el caso "Tartaglini, c/La Papelera del Plata" de 2007, el ítem no está sujeto al recargo, bajo el argumento de que este no aplica por tratarse de una indemnización que se genera más allá de cuál sea el tipo de extinción del contrato de trabajo. Entiendo que esa debe ser también la conclusión respecto de la nueva norma. En cuanto a las indemnizaciones especiales derivadas de estatutos del trabajo, debería regir el mismo razonamiento que en el caso anterior: no debería duplicarse el pago.
El despido indirecto, por su parte, se asimila al despido sin causa (el trabajador se da por despedido por una acción del empleador). En otras ocasiones, ya se ha aplicado al despido indirecto la duplicación.
Para las indemnizaciones especiales de la ley laboral (casos de maternidad, matrimonio o tutela gremial), si bien la jurisprudencia en casos anteriores no ha sido unánime, podemos sostener que sí correspondería la duplicación, ya que un despido de este tipo sería más gravoso incluso que uno sin causa: se consideraría un despido sin causa justa y agravado por el motivo que lo generó. En cuanto a las indemnizaciones y multas de la ley de empleo y de la ley 25.323, entendemos que no correspondería la duplicación, porque se trata de multas que la ley impone por una falta o una mala registración y no por el despido sin causa en sí mismo. Aclaramos que este criterio, si bien predominante, no fue unánime en la Cámara Laboral en la experiencia anterior de "la doble". Por último, el concepto de preaviso incluido en las indemnizaciones está derivado de la finalización sin causa del contrato y, por ello, debería duplicarse.
Con respecto a la "novedad" de la suma fija a pagar a los trabajadores, quedan algunas cuestiones que generan incertidumbre. Una de las dudas es la de cómo se va a resolver a futuro el tema el achatamiento de categorías. Dado que las paritarias vienen funcionando, estas sumas deberían absorberse con futuros incrementos, lo que demuestra lo innecesario y populista de la medida, que esconde además un fin recaudatorio: seguir sacándole más dinero a los que producen para financiar el gasto. Otra pregunta es la de si estos conceptos de pago impactarán o no sobre algunos rubros adicionales: los convencionales están claramente excluidos, los de ley estarían incluidos, y aquellos aplicados en forma individual por la empresa quedan sujetos al criterio con el que se otorgaron.
Hasta aquí, las "novedades". No se ha expresado hasta el momento un plan para redireccionar los aspectos del trabajo que se necesitan modificar. Se requiere una verdadera reforma, un remedio diferente al que ha fracasado en los últimos 50 años.
Eso no es suprimir derechos de los trabajadores, sino cambiar sistemas y estructuras. Eso cambios deberían estar referidos a los siguientes temas: los aportes y las contribuciones -en ese punto se ha dado un paso atrás, otra vez con fines recaudatorios-; la elección indefinida de los representantes de los trabajadores; la ley de negociación colectiva hecha para que los caudillos sindicales se perpetúen en el poder y sean los dueños del gremio; los controles estatales sobre el cumplimiento de las normas; el cambio del premio al trabajo en negro por el premio al trabajo en blanco; la justicia laboral, que termina castigando por igual al que cumple que al que no.
Cambiar. Algo que el gobierno anterior propuso, Pero se hizo poco al respecto. Es verdad que parece muy exigente, a tan corto tiempo de la asunción del nuevo gobierno, pedir algún resultado. Pero es el momento: al principio. Es un esfuerzo grande y trae aparejado riesgos. Pero para eso se los elige. Es hora de que alguien piense en herramientas novedosas, modernas y aggiornadas a la época, para modificar este horizonte. Rogamos que así sea. Si seguimos comiendo lo mismo y tomando los mismos remedios, vamos a seguir enfermos.
El autor es abogado, socio de AMZ & Asociados. Egresó de la Universidad de Buenos Aires en 1985
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