Empleo doméstico: ¿cuánto cobran los supervisores en octubre de 2024?
A la espera de una nueva negociación paritaria, los trabajadores del sector reciben eciben un salario que toma como referencia los montos del mes pasado, cuando impactó el último tramo del más reciente acuerdo
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Los supervisores forman parte de la primera categoría de empleados de casas particulares y reciben en octubre un monto similar a lo percibido el mes anterior, que es la única referencia, debido a que aún no se resolvió la nueva paritaria entre el gremio y las empresas del sector.
Aunque es inminente un nuevo acuerdo, se desconocen los porcentajes de aumento que se aplicarán en el último trimestre del año, por lo que quienes deban liquidar honorarios durante el mes de octubre tienen que tomar como referencia los registros de septiembre, que son los últimos publicados por la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp).
Las actualizaciones impactan en el salario de los supervisores, que es la categoría más elevada dentro del sector y corresponde a quienes tienen dos o más personas a su cargo y están al frente de la coordinación y el control de las tareas realizadas en una casa particular.
Sueldo por hora de los supervisores en octubre 2024
A los supervisores que están contratados por horas o por jornada les corresponde el siguiente monto, debido a que se toma como referencia la grilla reciente (actualizada hasta agosto), hasta tanto se publiquen los nuevos valores del mes en curso:
- Por hora con retiro: $3160
- Por hora sin retiro: $3461
Estos valores sirven de referencia para quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales.
Sueldo mensual de los supervisores en octubre 2024
En octubre, quienes trabajen con un esquema mensual cobran los siguientes montos (referenciados en el último acuerdo publicad), que corresponde a lo trabajado en septiembre:
- Mensual con retiro: $394.234
- Mensual sin retiro: $439.131
Estas cifras están destinadas a los trabajadores comprendidos en el régimen establecido por la ley n° 26.844, que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas.
Los valores precedentes responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá además abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.
Cómo calcular la antigüedad del servicio doméstico
Para poder sacar cuánto le corresponde a la empleada doméstica se deberá calcular el 1 por ciento por cada año trabajado. A los fines del cálculo, se deberá considerar la antigüedad desde el 1° de septiembre de 2020 y se calculará sin efecto retroactivo.
Esta liquidación es generalizada, lo que quiere decir, que el pago de este dinero adicional abarca a todas las relaciones laborales vigentes del servicio doméstico. Debe estar incluido como un nuevo ítem en los recibos de sueldo para facilitar su identificación.
Qué datos se necesitan para inscribir en AFIP a las empleadas domésticas
Antes de iniciar la inscripción y dar de alta la relación laboral, el empleador necesita conocer ciertos datos del trabajador:
- N° de CUIL
- Nombre y apellido
- Fecha de nacimiento
- Domicilio real
- Obra social (si no tiene obra social, el sistema por defecto le asignará la Obra Social del Personal de Casas Particulares)
- Si es o no una persona jubilada
- CBU (en caso de ya estar bancarizada)
- Número telefónico
- Correo electrónico
La inscripción del empleado se puede anular hasta las 23.59 del día de su registro. Durante ese tiempo, está disponible la opción “Anular” dentro de la tarjeta de esa relación en el inicio. Sin embargo, pasado ese horario, el trámite es presencial en cualquier oficina de la AFIP.
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