Empleo doméstico: ¿cuánto cobran los supervisores en agosto 2024 tras el aumento paritario?
Los supervisores reciben un incremento en sus sueldos de este mes; ¿cuál es la cifra mensual y por hora?
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Los supervisores reciben en agosto de 2024 un aumento en sus sueldos, luego de que este lunes 5 se definieran las paritarias de julio y agosto del sector.
Tras varios meses sin novedades, finalmente se llevó adelante una reunión entre la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares y la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp), el sindicato del sector, en el que se definió un reajuste de 8,5% por julio y de 4% por agosto. El segundo porcentaje se aplicará de manera acumulativa y para el primero se tendrán en cuenta los valores vigentes en mayo y junio, dado que en el sexto mes del año no se dispusieron modificaciones. Si bien el acuerdo no fue oficializado por el Gobierno aún, en el sitio oficial de la Upacp ya aparecen las cifras actualizadas según la categoría para cada mes.
Vale recordar que se trata de un aumento retroactivo, por lo que los empleadores que ya pagaron julio, deben abonar la diferencia si el monto quedó por debajo del básico mensual. Por otro lado, se pactó una nueva reunión para el 18 de septiembre para rever las paritarias.
Las actualizaciones impactan en el salario de los supervisores, que es la categoría más elevada dentro del sector y corresponde a quienes tienen dos o más personas a su cargo y están al frente de la coordinación y el control de las tareas realizadas en una casa particular.
Sueldo por hora de los supervisores en agosto 2024
Las personas que realizan tareas de supervisión en casas particulares y están contratadas por horas o por jornada les corresponde los siguientes montos:
- Por hora con retiro: $3159
- Por hora sin retiro: $3460
Estos valores sirven de referencia para quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales.
Sueldo mensual de los supervisores en agosto 2024
En agosto, quienes trabajen con un esquema mensual cobran los siguientes montos:
- Mensual con retiro: $394.233
- Mensual sin retiro: $439.131
Estas cifras están destinadas a los trabajadores comprendidos en el régimen establecido por la ley n° 26.844, que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas.
Los valores precedentes responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá además abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.
Qué datos se necesitan para inscribir en AFIP a las empleadas domésticas
Antes de iniciar la inscripción y dar de alta la relación laboral, el empleador necesita conocer ciertos datos del trabajador:
- N° de CUIL
- Nombre y apellido
- Fecha de nacimiento
- Domicilio real
- Obra social (si no tiene obra social, el sistema por defecto le asignará la Obra Social del Personal de Casas Particulares)
- Si es o no una persona jubilada
- CBU (en caso de ya estar bancarizada)
- Número telefónico
- Correo electrónico
La inscripción del empleado se puede anular hasta las 23.59 del día de su registro. Durante ese tiempo, está disponible la opción “Anular” dentro de la tarjeta de esa relación en el inicio. Sin embargo, pasado ese horario, el trámite es presencial en cualquier oficina de la AFIP.
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