Empleo doméstico: ¿cuánto cobran los caseros en abril de 2023?
Los trabajadores de casas particulares reciben este mes un aumento del 14 por ciento, correspondiente al primer tramo del acuerdo paritario
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A partir de abril de 2023, los caseros, que pertenecen a la tercera categoría de trabajadores de casas particulares, deben recibir un incremento del 14 por ciento, el cual corresponde al primer tramo que se acordó en el ajuste paritario más reciente, que fue del 27 por ciento, para todo el servicio doméstico, con y sin retiro.
El incremento del 27 por ciento se aplica en tres etapas: un 14 por ciento sobre los salarios de abril; un 7 por ciento en los salarios de mayo; y un 6 por ciento en los salarios de junio.
Para conocer el monto que cobrarán los empleados del servicio doméstico en el cuarto mes de 2023 es preciso diferenciar entre quienes trabajan por hora o por jornada y quienes realizan tareas de manera mensual, ya que en el último caso verán reflejado el incremento de abril en la liquidación del mes de mayo.
Sueldo por hora de los caseros en abril
Según el Ministerio de Trabajo, este mes, a los caseros les corresponde cobrar $751 por hora. Este valor sirve de referencia para los empleadores que deban abonar el salario del servicio doméstico en los casos de que la persona sea contratada por horas o por jornada durante el mes de abril de 2023.
Sueldo mensual de los caseros
Los trabajadores del servicio doméstico que sean contratadas para realizar actividades con un régimen de contrato mensual recibirán el aumento del 14 por ciento de abril con el sueldo que cobrarán en los primeros días de mayo de 2023. Según está estipulado, se les abonará $95.169,91.
Este monto corresponde únicamente al salario del mes, pero el empleador -además- deberá abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.
Cómo registrar en la AFIP a los trabajadores de casas particulares
Todos los empleadores tienen que inscribir a los trabajadores que tienen a su cargo en el registro de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación.
Esto se puede hacer de forma virtual de la siguiente forma:
- Ingresar en la web de AFIP con la clave fiscal. En caso de no contar con ella, se tendrá que realizar una Solicitud de Clave Fiscal.
- Cargar los datos del empleado. A partir del número de CUIL, el sistema permite traer automáticamente la información que tiene la AFIP asociada a esa persona.
- Ingresar el domicilio del trabajador. Si ya está declarado en la base de datos de la AFIP, se podrá seleccionar en el desplegable que aparece en pantalla. De no ser así, se tendrá que ingresar el nuevo domicilio.
- Ingresar los datos del trabajo y describir las características de la relación laboral. Para ello, se deberá indicar el tipo de trabajo, la cantidad de horas semanales, la modalidad de liquidación, la remuneración, la modalidad de trabajo y la fecha de ingreso. También se deberá precisar si el trabajo es temporal o fijo.
- Señalar el domicilio laboral, es decir, el lugar donde se realizarán las tareas. Para ello, se podrá seleccionar un domicilio de la lista (domicilios laborales ya dados de alta por el mismo empleador) o ingresar uno nuevo.
- Antes de terminar el trámite, el sistema mostrará toda la información que fue cargada en los pasos anteriores para ser verificada por el empleador. Entonces, deberá confirmarla o modificarla si hiciera falta.
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