Empleadas domésticas: quiénes cobrarán un 30% extra en noviembre
Las y los trabajadores de casas particulares reciben el aumento paritario en cuatro tramos; a esos incrementos se suman otros conceptos, dependiendo de cada caso específico
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El salario de las empleadas domésticas que se abona en noviembre tiene un incremento del 9 por ciento respecto al sueldo de junio, de acuerdo a lo acordado en la negociación paritaria. Sin embargo, las y los trabajadores de casas particulares podrán acceder a un adicional del 30 por ciento dependiendo del lugar en el que desempeñen su tarea.
El acuerdo paritario para el personal doméstico estableció una suba del 36 por ciento a pagarse en cuatro tramos de un 9 por ciento cada uno, en agosto, septiembre, octubre y noviembre.
Además, según se acordó en Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, este mes habrá una nueva reunión para abrir el diálogo y revisar un nuevo porcentaje de aumento, teniendo en cuenta que el índice de inflación de septiembre fue del 6,2 por ciento y que, en lo que va del año, acumula un 66,1 por ciento.
Así lo indicaba el acuerdo celebrado en el Ministerio de Trabajo donde se especificaba “una nueva revisión acordada para el mes de noviembre con la finalidad de determinar los incrementos para el último tramo de la paritaria 2022-2023 (diciembre – mayo)”, según se detalla en el sitio oficial de la cartera de empleo.
De esta manera, la escala salarial del servicio doméstico queda actualizada a noviembre, según la categoría y modalidad de trabajo, tal como se detalla a continuación:
- Primera categoría - Supervisor: $69.358 (con retiro) y $77.257 (sin retiro)
- Segunda categoría - Personal para tareas específicas: $ 64.437,5 (con retiro) y $ 71.730 (sin retiro)
- Tercera categoría - Caseros: $ 62.869
- Cuarta categoría - Asistencia y cuidado de personas: $ 62.869 (con retiro) y $ 70.061 (sin retiro)
- Quinta categoría- Personal para tareas generales: $ 56.537,5 (con retiro) y $ 62.869 (sin retiro)
Además, estos trabajadores podrán acceder a un 30 por ciento adicional por desarrollar su tarea en las llamadas zonas desfavorables. Este porcentaje de aumento se aplica sobre los montos mínimos de cada categoría.
Está distinción rige para quienes desempeñen sus tareas en los siguientes lugares:
- La Pampa
- Río Negro
- Chubut
- Neuquén
- Santa Cruz
- Tierra del Fuego
- Antártida e Islas del Atlántico Sur
- Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
Por otra parte, cabe señalar que quienes deban liquidar sueldos a empleadas domésticas tienen que incluir el uno por ciento correspondiente a la antigüedad, por cada año trabajado. Este concepto se aplica a todas las categorías.
Cómo registrar en la AFIP a los trabajadores de casas particulares
Todos los empleadores tienen que inscribir a los trabajadores que tienen a su cargo en el registro de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación.
Este registro se puede hacer de forma virtual, y para ello se deben seguir los siguientes pasos:
- Ingresar en la web de AFIP con la clave fiscal. En caso de no contar con ella, se tendrá que realizar una Solicitud de Clave Fiscal.
- Cargar los datos del empleado. A partir del número de CUIL, el sistema permite traer automáticamente los datos asociados a esa persona que tiene la AFIP.
- La pantalla siguiente mostrará los datos de la persona y el empleador deberá completar los campos que figuran debajo.
- Ingresar el domicilio del trabajador. Si este ya está declarado en la base de datos de la AFIP, se podrá seleccionar en el desplegable que aparece en pantalla. De no ser así, se tendrá que ingresar el nuevo domicilio.
- Ingresar los datos del trabajo y describir las características de la relación laboral. Para ello, se deberá indicar el tipo de trabajo, la cantidad de horas semanales, la modalidad de liquidación, la remuneración, la modalidad de trabajo, la fecha de ingreso, y precisar si el trabajo es temporal o fijo.
- Señalar el domicilio laboral, es decir, en donde se realizarán las tareas. Cabe aclarar que se podrá seleccionar un domicilio de la lista (domicilios laborales ya dados de alta por el mismo empleador) o ingresar uno nuevo.
- Antes de terminar el trámite, el sistema mostrará toda la información que fue cargada en los pasos anteriores para ser verificada por el empleador y confirmarla o modificarla si hiciera falta.
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