Empleadas domésticas: ¿cómo hacer el trámite de la obra social?
El personal del servicio doméstico cuenta con la cobertura de Ospacp; cuáles son los requisitos para afiliarse y qué se debe hacer si se opta por otra prestataria de servicios de salud
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Los empleados del servicio doméstico que están inscriptos como trabajadores de casas particulares cuentan con una obra social cuya cobertura se obtiene a través de un trámite presencial. Sin embargo, muchas personas no conocen cómo es el paso a paso para gestionar el alta del servicio y qué documentación deben presentar.
La prestataria de salud para quienes se desempeñan como trabajadores domésticos es Ospacp (Obra Social del Personal Auxiliar de Casas Particulares). Para poder hacer el trámite de afiliación, es necesario acudir a alguna de las sedes de la entidad habilitadas para eso.
Paso a paso: ¿cómo inscribir al personal del servicio doméstico en la obra social?
Antes de realizar la inscripción, primero hay ingresar en el sitio oficial de la prestataria y completar los formularios de afiliación con los datos personales del beneficiario y los datos del empleador. Luego, hay que ir físicamente a la sede en cuestión y presentar:
- Los dos formularios de empadronamiento completos
- Fotocopias de la constancia de CUIT del empleador; si es trabajador en relación de dependencia, deberá presentar fotocopia de la constancia del número de CUIL o constancia de monotributo
- Fotocopia de alta del empleador del Servicio Doméstico en la AFIP
- Dos fotos 4×4 (frente) del empleado
- Los empleados extranjeros que no posean DNI deberán presentar una fotocopia de residencia precaria en el país otorgada por Migraciones
- Fotocopia del CUIL del empleado
- Fotocopia de último aporte (F102/RT o constancia del pago de aportes)
- Fotocopia del DNI del empleado
- Fotocopia del recibo de sueldo (según la resolución 077/2000 Art. 1°) o recibo de pago (formulario 102/RT)
Una vez con todos la documentación esté completa, el interesado debe comunicarse o dirigirse a la delegación más cercana a su domicilio. El listado de sedes está disponible en este link.
¿A quiénes se puede incorporar en la cobertura de la obra social del grupo familiar?
- Cónyuge
- Concubino (con la correspondiente documentación que lo acredite)
- Hijos solteros de hasta 21 años que no estén emancipados por habilitación de edad o ejercicio de actividad profesional, comercial o laboral
- Hijos solteros, mayores de 21 y hasta los 25 años, que estén a exclusivo cargo del afiliado titular, que cursen estudios regulares, oficialmente reconocidos por la autoridad pertinente
- Hijos que tengan algún tipo de discapacidad y estén a cargo del afiliado titular. En este caso, no hay límite de edad
- Menores cuya guarda y tutela haya sido acordada por la autoridad judicial o administrativa
¿Se puede cambiar de obra social?
En caso de que el trabajador del servicio doméstico desee contar con una obra social o prepaga diferente a la estipulada, puede realizar el cambio a través de un trámite, tal como detalla la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación a través de su página oficial.
Para llevar adelante este trámite, que es gratuito, es necesario:
- Poseer Clave fiscal Nivel 3. Si obtenerla, hay que ingresar en la AFIP y solicitarla.
- Tener a mano los personales (Nombre y apellido, DNI, CUIL/CUIT, Domicilio, correo electrónico, etc.)
- Conocer cuál es la obra social de destino. Se puede consultar las registradas en este link
Una vez que se tienen todos los datos necesarios, hay que:
- Ingresar al sitio Mi SSSalud con usuario de AFIP y Clave fiscal nivel 3. Si es la primera vez que se ingresa, el beneficiario debe seguir los primeros pasos del Instructivo de Opción de Cambio.
- Entrar en “Opción de cambio de Obra Social”, luego seleccionar “Nueva Opción” y completar el Formulario con los datos personales.
- Clickear en el botón de “Elección de Obra Social” y seleccionar la elegida.
- Confirmar el trámite haciendo click en el botón “Aceptar”. El número de trámite aparecerá en el recuadro verde superior.
- Ratificar los datos ingresados y presionar el botón “Confirmar”. Automáticamente se enviará un mail a la casilla de correo.
- Ingresar en el enlace “Confirmar trámite” que aparece en el mail de confirmación para finalizar la solicitud. Hay un plazo de 48 horas para confirmar el trámite para que la opción de cambio sea considerada, en caso de no hacerlo la misma será desestimada.
- En la pantalla emergente y el mail de ratificación que se enviará automáticamente, está el número de trámite y la fecha a partir de cuándo la nueva opción tendrá vigencia.
- Una vez confirmada la opción, es necesario contactar a la obra social para solicitar indicaciones sobre el procedimiento de afiliación que permite acceder a las prestaciones que correspondan, cuando comience la vigencia de la cobertura médico-asistencial.
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