El presupuesto 2022 no trae otro “impuesto a la riqueza”, pero confirma un misterio sobre Bienes Personales
Pese a las versiones que circularon semanas atrás, el proyecto de ley de presupuesto no prevé un nuevo Aporte Extraordinario ni tampoco subas en alícuotas de Bienes Personales, pero sí una ratificación que se esperaba
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Las dudas circulaban, sobre todo, por el Congreso y entre las cámaras empresarias. El ruido decía que el proyecto de Presupuesto 2022 que trabajaba el ministro de Economía, Martín Guzmán, iba a traer aparejado un aumento de la presión fiscal por la imperiosa necesidad de nuevos ingresos y un menor déficit.
Por lo bajo se mencionaba, incluso, una reedición del “impuesto a la riqueza” -creado por Máximo Kirchner y Carlos Heller-, mientras otros hablaban de nuevas alícuotas de Bienes Personales. Sin embargo, nada de eso aparece previsto en el proyecto de ley de leyes que se envió ayer al Parlamento, pese a que había sido ya desmentido tanto por los autores del aporte como por el Palacio de Hacienda. Sí en cambio, hay una ratificación que sumará presión a los patrimonios.
Las palabras de la candidata oficialista Victoria Tolosa Paz y de la diputada del Frente de Todos Fernanda Vallejos habían generado el clima para pensar en una reedición del Aporte Extraordinario o en mayor presión sobre los patrimonios. “Hay que tener una presión más fuerte sobre las grandes empresas”, había dicho la candidata del Gobierno en la provincia de Buenos Aires que perdió en las PASO el domingo pasado.
Cerca de la diputada, en cambio, apoyaban la idea de mejorar las alícuotas (sobre todo en los tramos superiores) de Bienes Personales, algo que el oficialismo ya había hecho al comenzar su gestión en 2019 con la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva elaborada por el propio Guzmán.
Fuentes oficiales afirmaron a LA NACION que en el presupuesto 2022 no se establecen ni una reedición del “impuesto a la riqueza” ni una suba de las alícuotas de Bienes Personales. Claro que el proyecto puede ser modificado en su recorrida en el Congreso. Así pasó el año pasado, cuando se sumaron gravámenes.
El Gobierno también subió la presión fiscal, en los últimos dos años, al sector privado. La ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva no solo introdujo subas de alícuotas a los patrimonios ya gravados (también en el exterior) o el impuesto PAIS (más cepo), sino que además incrementó las retenciones. Por otro lado, ya más adelante, el Gobierno también subió el impuesto a las ganancias corporativas.
La contracara: el impuesto que llegó para quedarse
Sin embargo, una polémica quedará abierta. A comienzos de agosto pasado, los tributaristas aseguraban que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizaba el cálculo de anticipos de Bienes Personales sobre una normativa que ya venció, exigiéndole a los contribuyentes que tienen bienes en el exterior que ingresen el doble de lo que les correspondería por ley. Esa crítica chocaba con la doctrina legal, que decía que el fisco estaba en lo correcto: el aumento de las alícuotas llegó para quedarse.
Dentro de la normativa, modificada por la ley de Guzmán sancionada el 21 de diciembre de 2019, se le delegó al Poder Ejecutivo la facultad de fijar alícuotas diferenciales, superiores hasta en un 100% sobre la tasa máxima del impuesto sobre los Bienes Personales, para gravar los bienes en el exterior. Como contrapartida, se estableció un régimen de beneficios para quienes repatriaran sus bienes.
La fecha de caducidad para esas facultades fue el 31 de diciembre de 2020. Pero los anticipos de Bienes Personales que vencían a fines de agosto, los contribuyentes se encontraron con que el Sistema de Cuentas Tributarias de la AFIP está calculando los anticipos de Período Fiscal 2021 “sin considerar que el Decreto 99/2019 no resulta aplicable al mismo”. Para concluir con las especulaciones, en el artículo 82 del proyecto de Presupuesto se extendió la alícuota “durante la vigencia del presente gravamen”. En otras palabras, indefinidamente.
“Haciendo historia, Bienes Personales se creó en 1991, sólo por nueve ejercicios. Pero cuando fue venciendo, lo fueron prorrogando. La última extensión tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022, aunque es sabido que lo van a seguir prorrogando permanentemente”, sostuvo César Litvin, titular del estudio Lisicki, Litvin & Asociados.
La noticia no agradó entre los tributaristas. El cambio de reglas del juego, la falta de seguridad jurídica, las “altas probabilidades” de un aumento mayor de cara al futuro y más presión tributaria, son algunas de las preocupaciones que mostraron. “Además esta distinción entre alícuotas para los bienes en la Argentina y en el exterior afecta la garantía de igualdad ante la ley que establece la Constitución Nacional. Ante igual capacidad económica, igual impuesto”, agregó.
Para Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, la voracidad del fisco no tiene límites. “Podríamos indicar que en la Argentina todo lo transitorio es definitivo y todo lo definitivo es transitorio, es decir, el país del revés”, concluyó.
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