El peso de Ganancias es récord este año
Macri anunció que enviará al Congreso un proyecto de ley para actualizar el valor del ingreso mínimo alcanzado por el impuesto; volver a un esquema que sea progresivo y no provoque distorsiones requiere de varias correcciones
Medido como porcentaje del salario bruto y si se consideran ingresos de igual poder adquisitivo año tras año, el peso que representa el impuesto a las ganancias llega este año a su récord. Un empleado sin cargas de familia con un salario mensual promedio de $ 26.600, por ejemplo, tiene este año un descuento que equivale al 12,8% de su ingreso o, dicho de otra manera, a algo más de un mes y medio de su trabajo. La incidencia habría llegado a 13,4% de no haberse decidido la exención del medio aguinaldo, una medida que anunció el presidente Mauricio Macri antes de asumir y que alcanzará a las remuneraciones de hasta 30.000 pesos.
Si se supone que la persona del caso propuesto tuvo en los últimos años una recomposición de su ingreso que le permitió mantener el poder adquisitivo (es decir, una suba a tono con la inflación), la mirada hacia atrás permite ver que se trata de alguien que en 2013 ganaba apenas algo más de $ 15.000, lo cual hizo que quedara alcanzado por Ganancias. Ese año, el impuesto había representado un 4,8% sobre su salario, un peso que es menos de la mitad que el actual.
Esas conclusiones surgen de un informe preparado para LA NACION por el Ieral de Fundación Mediterránea, que advierte que para aliviar efectivamente la carga y devolverle progresividad al impuesto, una reforma debería invariablemente fijar una actualización de los valores de la tabla que, según determinados límites de ingresos, define qué tasa aplicar.
El estudio determina con qué porcentaje del ingreso se quedó el fisco en el período que va de 1998 a la actualidad, considerando para cada año salarios de igual poder adquisitivo (ver datos de 2003 a 2015 en el gráfico). Para quien hoy, por caso, tiene una remuneración de $ 38.600, el tributo equivale al 17% del ingreso, en tanto que con un sueldo equivalente se pagaba 8,1% en 2003; 5,5% en 2007 (cuando algunas modificaciones produjeron un alivio), y 9,1% en 2011.
Que haya aumentado la carga fiscal cuando el salario percibido es igual (o más bajo) en cuanto a su capacidad de compra, es efecto de la negación de la inflación que caracterizó a la gestión kirchnerista. A la actualización insuficiente del esquema, en los tres últimos años se sumaron las graves distorsiones provocadas por un decreto que, insólitamente, ancló en los ingresos de 2013 la definición de quiénes están alcanzados: hoy se sigue tributando o no en función de lo cobrado entre enero y agosto de ese año, lo que implica que haya muchas personas exentas aun cuando lleven a su bolsillo más dinero que otros que sí están obligados a aportar.
Después de algunas idas y venidas, Macri anunció que enviará un proyecto de ley al Congreso para que en 2016 el límite salarial para quedar alcanzado por Ganancias sea de $ 30.000 mensuales. Más allá de actualizar ese piso, son varios los temas que debería considerar una reforma legal. A continuación, un recorrido por los problemas y las posibles correcciones, según la visión de tributaristas consultados por LA NACION.
QUIÉNES TRIBUTAN
Al darle un marco conceptual al tema, César Litvin, socio del estudio Lisicky, Litvin & Asociados, señala que hay que distinguir, en el ingreso de una persona, "entre la parte que no es ganancia y debe destinarse a cubrir necesidades familiares como la alimentación, la vestimenta, la vivienda y el ocio", y la parte que excede ese valor mínimo y que pasa entonces a mostrar la capacidad contributiva. Según su criterio, hoy el mínimo para tributar debería tener un valor de entre seis y ocho veces el salario mínimo. Con ese criterio, y como desde enero ese básico será de $ 6060, los sueldos comenzarían a quedar afectados por el gravamen con un valor de entre 36.360 y 48.480 pesos.
La discusión primaria respecto de si los salarios o las jubilaciones deben pagar Ganancias "carece de rigor técnico", afirma por su parte Andrés Edelstein, socio de Impuestos en PwC Argentina. Y advierte sobre la cuestión válida en la discusión: "El tema es a partir de qué importe se comienza a tributar". Ese debate admitirá, sostiene, distintas miradas y números, sobre todo teniendo en cuenta el tiempo que pasó sin ajustes automáticos.
CUÁNTO SE PAGA
Para el cálculo de cuánto se tributa, la ley prevé una tabla con siete alícuotas que tienen, en cada caso, dos componentes que se suman: un monto fijo y un porcentaje del ingreso imponible (que es el salario o haber neto de aportes a la seguridad social y de las deducciones que correspondan). Pueden deducirse desde familiares a cargo hasta seguros de vida o intereses por créditos hipotecarios, aunque los límites aplicables en estos últimos casos están muy desactualizados. Tras descontar de la remuneración los aportes y las deducciones, el número resultante es el que permite ubicar al contribuyente en uno de los escalones de la tabla. Pero los límites fijados para estar en cada uno de esos escalones no se modifican desde hace una década y media. "Han quedado absolutamente desactualizados por la inflación", afirma Lucio Giaimo, socio a cargo de Impuestos & Legales de KPMG, quien agrega que se le debe devolver al impuesto su carácter progresivo (que paguen más quienes ganan más), un rasgo que perdió no sólo por la falta de adecuación de la tabla, sino también por "los parches que se hicieron en los últimos tiempos". Esos cambios desprolijos, de hecho, llevaron a que "los contribuyentes con ingresos bajos y medios estén alcanzados por tasas elevadas, que son las que corresponden a quienes tienen altos ingresos", explica Giaimo.
Según el cálculo de los economistas Marcelo Capello y Vanesa Toselli, mientras que la alícuota más alta (de $ 28.500 anuales de suma fija más el 35% del excedente de $ 120.000 del ingreso imponible) alcanza a los que ganan más de $ 120.000 anuales (netos de aportes y deducciones), una adecuación por inflación llevaría esta última cifra a $ 1.323.247. Y al ajustar los montos de la tabla entera se devolvería progresividad al impuesto, lejos de la situación actual en la que la gran mayoría de los alcanzados paga la alícuota más elevada.
AJUSTES AUTOMÁTICOS
La ley de Ganancias, según recuerda Edelstein, prevé un mecanismo automático para la actualización periódica de las variables, que toma como referencia al índice de precios mayoristas, pero su aplicación quedó suspendida por la ley de convertibilidad de 1992 (que en ese punto sigue vigente). "Bastaría con derogar esa disposición para que rija el mecanismo", explica el contador. Y sugiere otra posible pauta de referencia: un índice de evolución de salarios.
En línea con su propuesta de que una cierta cantidad de salarios mínimos defina cuál es el menor ingreso gravado, Litvin apunta que la evolución de esa variable determinaría el mecanismo de ajustes automáticos. Coincide en eso Giaimo, quien agrega que como alternativa podría tomarse como referencia la propia inflación.
AUTÓNOMOS
Quienes trabajan por cuenta propia fueron dejados al margen de las últimas medidas que aliviaron la carga de Ganancias, algo que se sumó a que la ley ya establece pautas diferenciales que hacen que los autónomos estén alcanzadas por el impuesto a partir de ingresos mucho más bajos que un asalariado. Según considera Litvin, "no hay justificación para esa diferencia". El mayor o menor peso de la carga debería depender de la capacidad contributiva y no de la condición de dependiente o autónomo, según agrega Giaimo.
Ese es, en todo caso, un aspecto más del debate que debería conducir a un esquema progresivo en el que, según el nivel de ingresos, haya igualdad de trato para los contribuyentes.