
El monotributo se aplicará en un mes
Es un impuesto único para los que facturan hasta 144 mil pesos por año.
1 minuto de lectura'
El monotributo, el impuesto único para pequeños contribuyentes que facturan hasta 144 mil pesos anuales, comenzará a aplicarse desde el 15 de octubre próximo y la primera cuota deberá pagarse antes del 20 de ese mes.
Así lo anunció ayer el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Carlos Silvani, quien dio a conocer los alcances de la resolución 198 de ese organismo.
Los que se adhieran al régimen simplificado pagarán cuotas desde 33 a 512 pesos mensuales, según la categoría, que comprenden Ganancias, IVA y contribuciones al sistema previsional.
El monotributo está destinado a personas físicas y sociedades de hecho; comerciantes, fabricantes, profesionales, oficios y productores agropecuarios, con o sin empleados.
Según Silvani, este impuesto disminuye los costos ya que elimina el recargo del 10,5% del IVA en sus compras, excepto para los servicios de luz, gas, teléfono y agua y, además, aseguró que no se necesitará gastar en asesoría tributaria.
Silvani aclaró que el primer pago corresponde a la cuota de noviembre, ya que "el monotributo se paga por adelantado, por eso hasta el 20 de cada mes se podrá pagar anticipadamente el mes siguiente, sin recargos, pero, después de esa fecha, los que lo hagan recibirán una multa".
En una conferencia de prensa desarrollada en la sede de AFIP, Silvani explicó que el único trámite que deberán realizar los contribuyentes con Cuit que se anoten en el régimen será "ver a qué categoría pertenece y pagar en el banco", mientras que si no están inscriptos ante la DGI deberán completar ese trámite con anticipación.
"No tienen que entregar los formularios en ninguna de las dependencias de la Dirección General Impositiva (DGI), sino que deben hacerlo en los bancos, al momento de pagar la primera cuota".
Los contribuyentes recibirán, al mes siguiente de su adhesión al sistema, "una placa identificatoria" para colocar en su establecimiento y "la credencial, que poseerá un código de barra", que le permitirá, los meses siguientes a la inscripción hacer el pago en los bancos en forma casi automática.
Si bien remarcó las ventajas del flamante sistema, que comenzará a regir desde el 15 de octubre, evitó aventurar el número de contribuyentes que se incorporarán al sistema.
La AFIP resolvió que las personas físicas que adhieran al sistema deberán presentar el formulario de declaración jurada 162 -original y dos copias- con el Cuit, Cuil o la Clave de Identificación (CDI).
En el caso de las sociedades, se informó que deberán presentar la declaración jurada 163, con el Cuit y la categoría.
"La otra variante -añadió Silvani- es mandar por correo a la casilla 2800 los datos filiatorios, adjuntando las fotocopias del documento." También recordó que quienes se incorporen al sistema podrán "prever sus finanzas, tendrán fácil acceso al crédito y no estarán sujetos a regímenes de retención, percepción o sistemas de pagos a cuenta".
En cuanto a la categorización de los contribuyentes, Silvani reseñó que "se definen ocho categorías, de acuerdo con montos anuales de ventas".
Al respecto, señaló que "para cada categoría se establecen límites máximos de superficie ocupada, kWs consumidos, y precio unitario de venta para evitar el denominado "enanismo fiscal".
Por otra parte, el funcionario adelantó que la AFIP está analizando una norma vinculada con la superficie que debe tener cada establecimiento para encuadrarse en determinada categoría.





