El Gobierno reglamentó el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones
A través del Decreto 749/2024, publicado en la madrugada del viernes en el Boletín Oficial, el Ejecutivo dio los detalles del programa con el que busca atraer inversiones y reactivar la economía
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El Gobierno continúa con la reglamentación de los diferentes apartados de la Ley Bases, que aprobó a fines de julio el Congreso, y en la madrugada de este viernes compartió los detalles referidos al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), el mecanismo con el que busca atraer inversiones del exterior y reactivar la economía de cara al próximo año.
Tal y como hizo durante todo el mes de agosto con el trabajo específico del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, comandado por Federico Sturzenegger, desde Casa Rosada continúan afinando los aspectos básicos y esenciales de los artículos que conforman la nueva normativa. Durante este mes se reglamentaron, entre otros, las Sociedades Anónimas Deportivas, el blanqueo de capitales y las reformas en los contratos de obra pública.
Este viernes, en el decreto 749/2024 del Boletín Oficial, y con la firma del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y el ministro de Economía, Luis Caputo”, llegó el turno del RIGI, una de las medidas más cuestionadas por la oposición, que otorga una serie de beneficios fiscales, aduaneros y cambiarios para empresas que inviertan en el país.
En el artículo primero de la norma se estableció: “Apruébase la Reglamentación de los artículos 164 a 228 del Título VII – RÉGIMEN DE INCENTIVO PARA GRANDES INVERSIONES (RIGI) de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos Nº 27.742, la que, como ANEXO (IF-2024-90250146-APN-SPEN), forma parte integrante del presente”.
Mientras que en el artículo segundo, se indicó que “las normas complementarias a la presente reglamentación deberán ser dictadas por parte de la Autoridad de Aplicación, la Administración Federal de Ingresos Públicos, el Banco Central y demás Secretarías y reparticiones en el ámbito de sus competencias, en un plazo máximo de TREINTA (30) días corridos a contar desde la publicación de esta reglamentación”.
Entre los considerandos del decreto, el Gobierno destacó las virtudes del RIGI y remarcó por qué se propuso en primera instancia. “Nuestro país tiene un destacado potencial productivo y exportador, el cual, en atención a las deficientes políticas implementadas a lo largo de las últimas décadas, no se ha desarrollado por completo”, dice el escrito y continúa: “El RIGI permitirá que nuestro país asuma nuevamente la condición de proveedor mundial de bienes y servicios en condiciones de calidad y competencia y, a través de ello, contribuir a la prosperidad y el progreso de la Nación”.
De la misma forma, se postuló que el RIGI “puede contribuir a mitigar la incidencia de las dificultades referidas y favorecer la consecución de objetivos de interés público”.
Sin embargo, se aclaró que para “que sean efectivos -los beneficios del RIGI-, los incentivos deben instrumentarse evitando alterar el funcionamiento eficiente de los mercados, o introducir distorsiones e ineficiencias que perjudiquen la libre competencia y el bienestar económico general. Que, en el contexto actual, los incentivos otorgados en el marco del RIGI coadyuvarán a que la recuperación económica sea más rápida, sostenible y duradera”.
Qué propone el RIGI
Los beneficiarios del RIGI son principalmente los vehículos de proyecto único (VPU), es decir, que lleven adelante un solo proyecto y no múltiples actividades. Los VPU deben ser titulares de una o más fases de un único proyecto que cumplan los requisitos para calificar como Gran Inversión. Este tipo de inversión se define como aquella que alcanza al menos US$200 millones, con un desembolso mínimo del 40% del capital en los dos primeros años y un plan de repago a largo plazo.
Además, la inversión debe ser en uno de los sectores estratégicos seleccionados en la Ley Bases: forestoindustria, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, energía, petróleo o gas. Si la inversión es igual o superior a US$1000 millones y permite posicionar a la Argentina como nuevo proveedor de largo plazo en mercados en los que aún no tenga participación relevante, puede ser calificada como de “Exportación Estratégica de Largo Plazo” y obtener los beneficios e incentivos adicionales.
El vehículo que cumpla con estos requisitos y se registre en el RIGI, se beneficiará de importantes incentivos tributarios, aduaneros y cambiarios. Los principales incentivos son tributarios, que incluyen la reducción de la alícuota al impuesto a las ganancias al 25%, la amortización acelerada de las inversiones, una mayor flexibilidad en la deducción de quebrantos, y una reducción temporaria del impuesto a los dividendos.
Además de los incentivos tributarios, el RIGI también ofrece beneficios aduaneros significativos. Las importaciones de bienes de capital nuevos, repuestos, partes, componentes e insumos tienen una exención de derechos de importación, tasa de estadística y de cualquier régimen de recaudación tributaria. Este beneficio también se extiende a los proveedores del VPU que importen mercadería destinada al VPU para asegurar este beneficio en toda la cadena. Asimismo, se establece una exención absoluta de derechos de exportación para las exportaciones realizadas después del tercer año de la inscripción al RIGI.
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