El Gobierno oficializó los beneficios del Programa de Asistencia al Trabajo y a la Producción durante mayo
A través de una Decisión Administrativa, publicada hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno decidió repetir los beneficios del Programa de Asistencia al Trabajo y a la Producción (ATP) durante todo mayo, en consecuencia de la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio anunciado por Alberto Fernández.
El programa de ATP fue creado para paliar la crisis económica generada por el efecto de la pandemia de coronavirus, donde la Anses deposita el salario complementario que solicitan algunas empresas privadas.
Con el objetivo de que estas decisiones se adopten con fundamentos basados en criterios técnicos, se creó el Comité de Evaluación y Monitoreo del programa ATP, integrado por los titulares de los ministerios de Desarrollo Productivo, de Economía y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y de la AFIP, "con el fin de definir los hechos relevantes que justifiquen la inclusión de los sujetos beneficiarios".
El Jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Cafiero, "decidirá respecto de la procedencia y alcance de los pedidos que se realicen para acogerse a los beneficios contemplados en el presente decreto, previo dictamen fundamentado con base en criterios técnicos del Comité", detalla el documento.
En esta oportunidad, el Comité, en el marco de la extensión del beneficio del Salario Complementario, recomendó la adopción de los elementos de ponderación y de evaluación necesarios para la estimación de dicho beneficio, correspondiente al mes de mayo del corriente año.
Días atrás, la AFIP había notificado a 183.000 empresas sobre la aprobación del programa de asistencia económica para pagar los sueldos de abril de 1,7 millones de trabajadores. A esto le agregaron una serie de actividades de rubros que no estaban contemplados en primera instancia, y se incluyó a empresas con más de 800 empleados.
El monto de la asignación, según contempla el decreto, será equivalente al 50% del salario y no podrá ser inferior a un sueldo mínimo vital y móvil que va de $16.875 ni podrá superar los $33.750.
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