El Gobierno investigará a empresas para estudiar márgenes de ganancia
La medida fue oficializada a través del Boletín Oficial; buscan detectar “abusos de posición dominante” entre 15 compañías de consumo masivo
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La Secretaría de Comercio iniciará investigaciones contra empresas vinculadas a la producción y comercialización de productos de consumo masivo para determinar si los aumentos de precios que hayan hecho durante 2022 fueron resultado de un “abuso de posición dominante” en el mercado. Matías Tombolini, su titular, instruyó a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia a realizar un informe para detectar prácticas anticompetitivas. Según informaciones a la que pudo acceder LA NACION, las compañías de consumo masivo que están siendo investigadas son 15.
Por el momento, no trascendió la lista de firmas que el Gobierno tiene bajo la lupa. Sin embargo, en las redes sociales de funcionarios y simpatizantes kirchneristas empezaron a circular en las últimas horas un listado de marcas a las que se llama a boicotear por haber aplicado “aumentos excesivos”. La lista incluye desde Coca-Cola y el agua mineral Kin (también de Coca-Cola) hasta los fideos Lucchetti (de Molinos Río de la Plata), pasando por SanCor, Ledesma, Querubín (de Queruclor), Ayudín (Clorox) y Felpita (Fresh to Home). En la campaña en redes también figura la empresa de medicina prepaga OSDE, un rubro que a su vez había sido criticado con dureza por Cristina Kirchner hace apenas unos días.
De acuerdo con fuentes oficiales, a partir del monitoreo diario que realiza la Secretaría, se encontraron algunos “movimientos o desajustes” extraños. La intención es constatar la existencia de dos tipos de comportamientos: por un lado, que una empresa con posición dominante en algún producto esté estableciendo un precio que afecte a la competencia y, por otro lado, estudiar los márgenes de ganancia de las compañías. Se quiere ver cómo se llega a los precios, como pidió la vicepresidenta en los últimos meses.
“Está más que claro que estamos ante un fenómeno de inflación por oferta y no por demanda. Las empresas alimentarias han aumentado muy fuerte sus márgenes de rentabilidad”, tuiteó la vicepresidente hace un mes, cuando se conoció el crecimiento en la indigencia en el primer semestre.
Congelamiento en puerta
La decisión se da en un marco de negociación entre las compañías y el Ministerio de Economía para elaborar un acuerdo de precios por 120 días. La medida apunta, justamente, a las empresas que concentran un volumen de negocios relevante en el mercado. Se trata de las mismas con las que se llevaron adelante conversaciones en las últimas dos semanas.
En paralelo, con la intimación a las empresas fabricantes acusadas de abusar de su posición dominante, la Secretaría de Comercio también avanza con las cadenas de supermercados. En una reunión realizada ayer, Tombolini les pidió a las principales cadenas que no acepten ninguna lista de precios nueva que llegue con aumentos superiores al 4 por ciento. Menos de 24 horas después, los proveedores no se dieron por enterados. “Hoy seguimos recibiendo las nuevas listas que llegan con aumentos promedios del 7% y en algunos casos las subas son mucho mayores como una marca de arroz que concretó un alza del 15% mientras que una empresa de alcohol mandó una lista con un incremento de 12%”, explicaron en una cadena de supermercados.
“La lesión al interés económico general aparece como evidente, tratándose de producción mayoritariamente nacional, sobre la base de materias primas nacionales y con condiciones naturales y de infraestructura para proveer alimentos a precios razonables, considerando las variables generales de la economía argentina”, justificó la resolución 68/2022, publicada hoy en el Boletín Oficial.
La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia deberá elevar un informe detallado en 30 días. A partir de este reporte, se labrarán multas a las empresas que correspondan, de acuerdo con el criterio oficial.
Para enmarcar la medida, el Gobierno hizo mención al primer artículo de la ley de defensa de la competencia, que establece que “están prohibidos los acuerdos entre competidores o los actos o conductas, de cualquier forma manifestados, relacionados con la producción e intercambio de bienes o servicios, que tengan por objeto o efecto limitar, restringir, falsear o distorsionar la competencia o el acceso al mercado o que constituyan abuso de una posición dominante en un mercado, de modo que pueda resultar perjuicio para el interés económico general”. Esta es una de las conductas que buscarán detectar.
Información detallada
“Los abusos de posición dominante, cuando impliquen la afectación del interés económico general, son conductas anticompetitivas sancionables por el ordenamiento de defensa de la competencia con la orden de cese de tales actos y con multas pecuniarias vinculadas con el volumen de negocios asociado a los productos o servicios involucrados en el acto ilícito cometido”, explica la medida.
Ayer, Sergio Massa dijo que estudian un congelamiento de precios por 120 días. Fuentes de la Secretaría de Comercio aclararon que lo dicho por el ministro se refiere a que se habló con todas las empresas para lograr un acuerdo. “No se trata de un congelamiento unilateral, sino de un acuerdo”, señalaron. Y agregaron: “Tan es así que ante una de las objeciones más importantes que nos hacían, que era que no se podían colocar los precios de los productos en los paquetes, le estamos buscando la vuelta para hacerlo a través de la app Mi Argentina”. El Gobierno aclaró luego que será por fuera de esa plataforma.
Posición dominante
La legislación de Defensa de la Competencia a nivel mundial estudia básicamente dos tipos de comportamientos abusivo de las empresas. Por un lado, son las acciones de cartelización, es decir cuando un grupo de compañías de un mismo sector se ponen de acuerdo para fijar precios o condiciones de venta.
El otro tipo de acción que buscan evitar las autoridades de Defensa de la Competencia son los abusos de posición dominante. En este caso, el espíritu de la ley es evitar que las empresas que tienen el control de una categoría o negocio incurran en prácticas consideradas como abusivas y que no se aplican para los jugadores más pequeños. Dentro de estas prácticas figuran acciones como las ventas atadas (es decir, para comprar un producto o servicio también hay que adquirir otro de la misma compañía), la negativa a la venta o la imposición de precios de reventa. Otra acción bajo la mira para las empresas que tienen una posición dominante es la eventual aplicación de precios abusivos, que sería la acusación que hoy le está haciendo la Secretaría de Comercio a este conjunto de quince empresas.
“En general, los organismos de Defensa de Competencia se cuidan mucho de avanzar con una investigación por presunto precio abusivo porque siempre es muy difícil de determinar si un precio es abusivo o no y únicamente se toman medidas cuando se trata de casos muy claros como pueden ser algún medicamentos que tuvieron subas muy fuera de registro con respecto a la inflación”, explicó un abogado especializado en Defensa de la Competencia.
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