El Gobierno convocó, por decreto, a los intendentes y gobernadores a controlar los precios
La normativa fue publicada en el Boletín Oficial; también establece que la Secretaria de Comercio Interior será la encargada de juzgar las infracciones
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El Gobierno convocó a los intendentes de todos los municipios del país, a los gobernadores y al jefe de Gobierno de la Ciudad, Horacio Rodríguez Larreta, “a realizar, en forma concurrente con la Nación, la fiscalización y control del cumplimiento” del congelamiento de precios dispuesta por la Secretaría de Comercio Interior.
En el Decreto 745/2021, publicado en el Boletín Oficial, señalan: “Las infracciones afectan los derechos e intereses económicos de las ciudadanas y los ciudadanos y de la Nación y, en tanto se cometieren en territorios de jurisdicción nacional o cuando afectaren o pudieren afectar el comercio interjurisdiccional, serán controladas y juzgadas en sede administrativa por la autoridad de aplicación designada al efecto por el Poder Ejecutivo”.
En ese sentido, se especifica que “el juzgamiento de las infracciones” corresponderá a la Secretaría de Comercio Interior, dirigida por Roberto Feletti, la cual “determinará el procedimiento para la remisión de las actuaciones labradas por las autoridades municipales y su posterior juzgamiento”. En tanto, “las autoridades municipales se ajustarán al procedimiento y las acciones previstas” en la Ley de Abastecimiento (Ley N° 20.680)
El documento fue firmado por el presidente Alberto Fernández antes de viajar a Europa. También tiene las firmas del jefe de Gabinete, Juan Manzur; el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas; y el ministro del Interior, Eduardo de Pedro.
Allí, añaden: “Invítase a los gobernadores y las gobernadoras a coordinar estas acciones con los intendentes y las intendentas de cada jurisdicción, conforme las normativas provinciales y municipales”.
Explican, también, que esta convocatoria se hace porque “resulta prioritario garantizar el cumplimiento de dicha medida (por el congelamiento de precios) o las que en el futuro la prorroguen, amplíen o reemplacen, para asegurar el bienestar de los y las habitantes del país de modo uniforme en todo el Territorio Nacional”.
Y subrayan: “Los gobernadores y las gobernadoras y el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán fijar, dentro de sus respectivas jurisdicciones, precios máximos y las pertinentes medidas complementarias, mientras el Poder Ejecutivo o el organismo nacional de aplicación no los establecieren”.
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