El Gobierno aprobó el nuevo régimen de lealtad comercial: establece multas de hasta $200 millones
El Gobierno oficializó hoy el decreto que establece un nuevo régimen de Lealtad Comercial para "asegurar la transparencia en las relaciones comerciales y garantizar el acceso a información esencial sobre los productos y servicios comercializados en todo el país a través de canales físicos o digitales". Y establece multas de hasta $200 millones en caso de incumplimiento y clausuras por 30 días.
Los controles estarán a cargo de la Secretaría de Comercio Interior, que conduce Ignacio Werner.
Cambios y sanciones
El nuevo régimen se basa en los cambios en la norma de lealtad comercial (ley 22.802). Con estas modificaciones, Macri pretende "proteger al comerciante y empresario pyme" y "mejorar la competitividad de las empresas a través de la sanción de las prácticas desleales".
El decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 274/2019 lleva las firmas de Mauricio Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña , y todos los ministros. El texto tiene 77 artículos.
La nueva norma define la competencia desleal como "aquellas acciones u omisiones realizadas por medios indebidos que resulten aptas para afectar la posición competitiva de una persona o el adecuado funcionamiento del proceso competitivo".
Y establece que los típicos actos de competencia desleal son el de competir en incumplimiento de las normas legales obteniendo una ventaja económica, abusar de la situación de dependencia económica de un proveedor, vender por debajo del costo, realizar publicidad comparativa en forma indebida o divulgar secretos empresariales.
Además, el Ejecutivo modificó la ley de defensa del consumidor (26.993) para poder resolver conflictos también de manera virtual, a través del Sistema Electrónico de Resolución de Conflictos.
Entre las sanciones por incumplimientos, el Gobierno contempla una multa económica de hasta 10 millones de unidades móviles, que actualmente representan $ 200 millones de pesos, y cuyo valor se actualiza por el Indice de Precios al Consumidor (IPC) que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). Asimismo, prevé la suspensión del Registro Nacional de Proveedores del Estado por hasta cinco años, la pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales y la clausura de hasta 30 días.
El decreto
La norma aclaró que sus contenidos se aplicarán "en cualquier acto de competencia desleal, realizado antes, durante o después de una operación comercial o contrato, independientemente de que éste llegue a celebrarse".
"La aplicación, añadió, no está supeditada a la existencia de una relación de competencia entre los sujetos del acto de competencia desleal", y "no será necesario acreditar la generación de un daño, pudiendo éste ser actual o potencial".
El decreto subrayó que "la regulación de la competencia desleal se caracteriza por su falta de sistematización y escaso alcance, no existiendo una norma general que unifique las conductas desleales".
Por lo tanto, consideró que "deviene necesario controlar conductas en el mercado y definir una regulación integral y sistematizada de la competencia desleal".
La modificación de la Ley de Lealtad Comercial endurece los controles a los supermercados, protege a las PyMEs y regula la competencia en el comercio.
"Están prohibidos los actos de competencia desleal, cualquiera sea la forma que adopten, el medio a través del cual se realicen y el mercado en el que tengan lugar". remarca.
Advertencia
El presidente de la Coordinadora de Productores de Alimentos (COPAL), Daniel Funes de Rioja, dijo que buscarán negociar con el Gobierno "una reglamentación adecuada" de la ley de Lealtad Comercial. "Hemos hecho algunas observaciones", anticipó.
No obstante, Funes de Rioja confirmó que el programa Precios Esenciales es complementario del sistema de Precios Cuidados, aún vigente y que vence del próximo 6 de mayo.
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