El BCRA defendió el derecho a trabajar en la entidad para familiares de empleados fallecidos
El vicepresidente segundo de la institución, Jorge Carrera, aclaró que el beneficio solo será aplicable al “cónyuge o conviviente” y a “uno de los hijos” de la persona bajo condiciones específicas
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La restitución por parte del Banco Central de la República Argentina (BCRA) del derecho a trabajar en la entidad para familiares de empleados fallecidos generó polémica y agitó una vez más los cuestionamientos contra la perpetuidad de una “casta” en los organismos del Estado.
Ante este escenario, el vicepresidente segundo de la institución, Jorge Carrera, se pronunció a favor de la decisión anunciada a comienzos de esta semana, explicó sus fundamentos y aclaró cuáles son las condiciones específicas bajo las que es aplicable.
“Respecto a una medida puntual y acotada del BCRA, exfuncionarios del Banco durante el macrismo usan la palabra general y amplia “parientes” para señalar a los beneficiarios de la restitución de un viejo derecho del Convenio Colectivo 18/1975 ante la muerte de un empleado en su período activo”, se quejó en Twitter la autoridad.
Tras ello indicó que los familiares de los trabajadores fallecidos podrían acceder a dicho beneficio solo en dos situaciones. Primero, cuando se trate del “conyugue o conviviente si no estaban separados y en el caso tengan hijos menores de edad” o de “un hijo entre los 18 y 25 años”. También señaló que el derecho “es aplicable para situaciones de vulnerabilidad generada por fallecimiento”.
Respecto a una medida puntual y acotada del BCRA, ex funcionarios del Banco durante el macrismo usan la palabra general y amplia : "parientes” para señalar a los beneficiarios de la restitución d un viejo derecho del Convenio Colectivo 18/1975 ante la muerte d un empleado en s2
— Jorge Carrera (@jorgecarreraok) May 3, 2022
Además, Carrera detalló que los familiares solo pueden pedir ser tenidos en cuenta para acceder al beneficio durante 180 días luego de la muerte del empleado y remarcó: “No es obligatorio para el Banco, ya que está sujeto a que haya vacantes”.
Seguidamente, aclaró que estas personas solo podrán ingresar en la categoría más baja del escalafón “siempre que demuestren ser idóneos y cumplir los demás requisitos generales de ingreso” y añadió: “De hecho, ocurrieron sólo cinco casos en todos estos años en que estuvo suspendido ese derecho”.
Por último, el funcionario evaluó que hubo “bastante mala intención” en los cuestionamientos realizados contra la medida y remató: “Ojalá la tenacidad que tuvieron algunos exfuncionarios para quitar derechos a los trabajadores la hubieran tenido para no endeudarse o ser responsable en la forma en que lo hicieron y no comprometer así el patrimonio de todos los argentinos”.
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