El Banco Central garantizó que la deuda emitida en el exterior se pagará en dólares
La Nación y provincias podrán acceder al mercado cambiario para atender los vencuimientos; así lo informó oficialmente a través de un comunicado
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) confirmó que no se aplica ningún tipo de restricciones cambiarias para que el Estado Nacional o provincias adquieran dólares para atender vencimiento de deuda pública emitidos en el extranjeros.
"El Banco Central ratifica que no existe restricción cambiaria alguna para que el Estado Nacional atienda sus vencimientos de capital e intereses de títulos pagaderos en moneda extranjera, independientemente del carácter interno o externo de los mismos", informó este miércoles la autoridad monetaria a través de un comunicado de prensa.
El BCRA recordó que las condiciones para que los Estados accedan al mercado de cambios para atender pagos de deuda son:
- Que sean emisiones efectuadas en el extranjero acorde a las reglamentaciones del país de emisión
- Que estén sujetas a ley extranjera
- Que hayan sido ofrecidas y suscriptas mayormente en el exterior, para lo cual la emisión debe dar cumplimiento a las reglamentaciones del país de suscripción
- Que sean integradas en su totalidad en el exterior
"La normativa vigente no contempla la posibilidad del acceso al MULC para otro tipo de emisiones locales, pero sí está permitido el acceso a no residentes por el cobro de servicios de títulos locales para lo cual deben demostrar el ingreso de los fondos al país para realizar la inversión y un plazo mínimo de permanencia", concluyó la misiva del Central.
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