Edenor y Edesur no podrán cortar la luz por deudas contraídas en pandemia y tendrán que cambiar la forma de facturar
Es por montos impagos desde marzo de 2020 hasta febrero de 2021; las distribuidoras deberán informar los saldos pendientes en liquidaciones separadas
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Edenor y Edesur no podrán cortar el servicio eléctrico a los usuarios que tengan deudas acumuladas durante la pandemia, previas al 28 de febrero de 2021. Así lo dispuso hoy el Ente Regulador de Electricidad (ENRE), el organismo oficial que regula el sector, mediante una normativa que alcanza a las dos distribuidoras del área metropolitana de Buenos Aires.
Mediante la resolución 58/2021, que se publicó hoy en el Boletín Oficial, el Enre dispuso que Edenor y Edesur “se abstengan de suspender el suministro a aquellas personas usuarias” que acumulan deudas en su haber desde marzo de 2020, cuando comenzó el aislamiento obligatorio para intentar contener los contagios de coronavirus.
En ese marco, el organismo que conduce el interventor Federico Basualdo, un sociólogo que integra el círculo de funcionarios de confianza de Cristina Kirchner, también estableció que las distribuidoras deberán cambiar la forma en que presentan las facturas a sus usuarios. Según se definió en la resolución, la liquidación del servicio tendrá que presentar únicamente el monto del período facturado (con los montos correspondientes al consumo, los impuestos, las cargas municipales).
Al mismo tiempo, en el caso de que hubiera deudas acumuladas por facturas correspondientes a meses de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) y Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO), las distribuidoras deberá liquidar esos montos de forma separada y sin contemplar intereses.
En este caso, además, deberán consignar cuál es el monto de la deuda acumulada en 2020 y qué corresponde a lo acumulado entre el 1 de enero y el 28 de febrero de 2021.
Según indicaron fuentes del Enre a la agencia Telam, el esquema busca “velar por la continuidad, universalidad y accesibilidad del servicio público de distribución eléctrica, ponderando la realidad socioeconómica de las personas usuarias”.
La resolución oficial también insta a Edenor y Edesur a “abstenerse” por el momento de “perseguir el cobro” de las deudas acumuladas por los usuarios durante la pandemia, porque el organismo definirá plazos, intereses y montos que deberán aplicarse a los usuarios para cancelar esos montos. “Los saldos adeudados serán abonados a las concesionarias conforme a las pautas que establezca oportunamente este Ente Regulador”, concluye la resolución.
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