Súper-cepo: por una norma del Banco Central, menos personas pueden comprar “dólar ahorro”
Según la Comunicación A7552, no podrán acceder al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) quienes compren criptomonedas, cedears y obligaciones negociables
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Cada vez menos argentinos pueden acceder a la compra de dólares para el ahorro. Por una nueva resolución del Banco Central (BCRA), quienes operen Certificados de Depósitos Argentinos (más conocidos como Cedears), criptomonedas y obligaciones negociables quedarán excluidos para acceder al cupo mensual de hasta US$200 en el banco.
Ayer por la tarde, el Banco Central limitó la tenencia de Cedears para las empresas que accedan al mercado de cambios oficial, por un monto de hasta US$100.000 (al tipo de cambio oficial). También, dispuso que esos instrumentos financieros no podrían operarse ni los 90 días previos ni los 90 días siguientes al acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC). Lo que no fue dicho, fue que la medida también alcanzaba a los inversores minoristas.
Según la Comunicación A7552, para poder comprar dólares para el ahorro será necesario no haber adquirido Cedears representativos de acciones extranjeras, títulos valores representativos de deuda privada emitida en jurisdicción extranjera (obligaciones negociables), ni haber comprado criptoactivos los 90 días anteriores de solicitar el acceso al mercado cambiario.
“La restricción para hacer CCL e ir al mercado de cambio es para todos: personas y empresas. Para los Cedears, no se podrá comprar acciones e ir al ‘solidario’. Pero si sos empresa, la tenencia se computa dentro del límite de US$100.000 líquidos que podés tener en una cuenta”, confirmaron fuentes oficiales a LA NACION.
En el caso de las criptomonedas, la restricción ya existía, aunque estaba puesto en otras palabras. Para evitar confusiones, el Central decidió ponerle “nombre y apellido” a esta inversión y que no queden dudas de que también limitaba el acceso al MULC. Otra aclaración: la normativa alcanza al intercambio de criptoactivos entre personas humanas y jurídicas (es decir, mediante sistema P2P y billeteras digitales), sean residentes o no residentes.
Cabe recordar que en mayo de 2020, el Central ya había establecido que las personas que adquieran su cupo mensual de US$200 deberían firmar una declaración jurada en la que consignen que no realizaron operaciones con dólar MEP o contado con liquidación (CCL) en los tres meses posteriores, ni lo harían en los tres meses siguientes. En este caso, sumó a la lista de activos que se relacionaban indirectamente a los financieros.
Cedears: una de las inversiones estrella
En los últimos dos años, los certificados de depósitos argentinos se volvieron una de las inversiones favoritas de los argentinos. Son acciones (o parte de ellas) de empresas que cotizan en el exterior, como Amazon, Apple o Coca-Cola, por lo que permite a los inversores correrse del riesgo locales. Además, se pagan en pesos, pero están atados a las variaciones del dólar CCL. Básicamente, si sube el dólar, suben los pesos en la cartera.
De acuerdo con datos de Portfolio Personal de Inversiones, la semana pasada los Cedars registraron saldos de $4107 millones, un valor “más que respetable”. En comparación, las acciones locales operaron $957 millones, uno de los saldos más bajos desde comienzos de julio.
La lista de restricciones para el “ahorro”
Hoy en día el dólar “solidario” se vende a $224,40 en el Banco Nación, una diferencia de $113 frente al blue ($338). Sin embargo, en los últimos tres años se fue engrosando la lista de restricciones para poder acceder al MULC y en la actualidad existen al menos once condiciones que excluyen a los argentinos del tipo de cambio oficial.
- Quienes hayan adquirido dólar “Bolsa” o CCL los 90 días anteriores y posteriores.
- Quienes operaron Cedears, criptomonedas y obligaciones negociables en los 90 días anteriores y posteriores.
- Beneficiarios de un plan o programa de Anses, como la Asignación Universal por Hijo (AUH) o la Asignación Universal por Embarazo (AUE).
- Trabajadores en relación de dependencia que hayan recibido parte de su salario a través del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) o REPRO.
- Personas sin ingresos declarados o “consistentes”.
- Cotitulares de cuentas bancarias.
- Quienes ya utilizaron la totalidad de su cupo (US$200 mensuales) a través de compras con tarjeta de crédito o débito.
- Quienes hayan refinanciado algún saldo de la tarjeta de crédito a 12 meses.
- Monotributistas que hayan tramitado los créditos a tasa cero.
- Los titulares de créditos UVA que accedieron al congelamiento de las cuotas durante la pandemia.
- Dueños de pymes que hayan recibido créditos al 24%.
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