La Inspección General de Justicia dio el visto bueno para la creación de la primera SRL con a partir de bitcoin y USDC
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Las criptomonedas ganan terreno y empiezan a ser reconocidas institucionalmente en la Argentina. Este martes, la Inspección General de Justicia (IGJ) aprobó la creación de la primera Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) con parte de su capital integrado por bitcoin y USDC (una moneda digital estable que tiene paridad uno a uno con el dólar), lo que presenta el primer caso en toda América Latina.
La iniciativa nació el 12 de abril, cuando se constituyó la SRL de Lawbook, negocio que se dedicará a la impresión de libros de colección, y desde el estudio de abogados Allende & Brea fueron a la IGJ para plantear la posibilidad de que el aporte de capital se haga con criptomonedas. No estaba expresamente prohibido, ya que las monedas digitales podían ser consideras como bienes en especie, una categoría que hoy engloba a inmuebles, obras de arte o vehículos, por citar algunos ejemplos. Sin embargo, había un gris sobre los activos digitales que se empezó a definir, en un trabajo conjunto entre abogados, contadores, escribanos, billeteras cripto y autoridades oficiales.
“Escuchamos las conferencias de Daniel Vítolo apenas asumió como inspector general y siempre habla de la importancia de modernizar, de tener agilidad para los negocios, siempre resguardando la transparencia y la seguridad. Esto era eso, salir de lo tradicional, del papel. Nos pareció que era el momento propicio por la necesidad de traer inversiones, con esta nueva perspectiva de gente que entiende la materia y con la mentalidad amplia de buscar lo que te exige el comercio hoy en día”, dijo Pablo Palazzi, socio de Allende & Brea.
Luego de tres meses de trabajo entre el sector público y el privado, a mediados de este mes salió la Resolución General IGJ 15/2024, en la cual se incorporó expresamente dentro de la normativa la posibilidad de integrar aportes en la constitución de la sociedad y en los aumentos de capital con activos virtuales y criptomonedas. “En el entendimiento de que este mecanismo puede ofrecer oportunidades de crecimiento, eficiencia y seguridad en el mundo empresarial”, explicó el texto oficial, publicado en el Boletín Oficial.
De acuerdo con la nueva normativa, si el aporte a la compañía se hace en activos digitales, se deberá individualizar con precisión el instrumento de constitución de clase, cantidad y valores asignados a los activos virtuales aportados. Otro de los requisitos es que el dinero esté depositado en una plataforma o billetera virtual listada en el Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), creada este año por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Además, se deberá acreditar el valor de las criptomonedas aportadas mediante una certificación extendida por un contador público, entre otras condiciones.
Con ese marco detrás, esta semana se elaboró la primera acta de un aporte de capital. Uno de los socios aportó 0.00457621 bitcoins, que con una actualización de la cotización actual de US$66.011 equivaldrían a US$302; y también sumo 195 USDC, criptomoneda que tiene paridad uno a uno con el dólar, por lo que representarían US$195. Ese dinero, que estaba depositado en la cuenta de la billetera cripto Lemon Cash, fueron transferidos en el momento de constitución a la billetera cripto que tiene la empresa registrada como sociedad “en formación” en la plataforma Ripio.
En el sector privado se mostraron entusiasmados por la reglamentación. Esto permitiría traer capital del exterior para hacer un aporte a una compañía sin tener que pesificar los dólares a la cotización oficial ($926), sino al valor de mercado de las criptomonedas. A su vez, cuenta con otra ventaja: las transferencias se hacen inmediatamente y cotizan las 24 horas del día, los siete días de la semana.
“Esta medida no solo impulsa el desarrollo del ecosistema cripto, al introducir un nuevo sistema de adopción, sino que también fomenta un ambiente seguro y confiable para la inversión y operación con activos digitales. A partir del dictado de la Ley 27.739, los PSAV tienen un rol fundamental en el sistema de prevención de lavado de activos. Ahora, con la modificación introducida por IGJ, también se constituyen en un medio para garantizar la intangibilidad del capital social”, opinó Delfina Hermansson, legal manager en Lemon.
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