Dólar ahorro: un nuevo sector deja de acceder a esta divisa, ¿quiénes son?
Esta variante en la cotización de la moneda norteamericana está restringida para distintos grupos de personas, a los que se suma quienes accedan a una moratoria previsional
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El primer día hábil de mayo se habilitó el cupo de US$200 de dólar ahorro, que permite a las personas adquirir la moneda norteamericana de manera legal a un precio inferior al dólar blue. Sin embargo, este mes, un nuevo sector de la población dejó de poder acceder a este mecanismo.
Hay que recordar que el precio de esta variante de la divisa se deriva de tomar la última cotización del tipo de cambio oficial, a la que se le suma un 30 por ciento por impuesto PAIS y un 35 por ciento a cuenta de Ganancias.
El Gobierno estableció, además del cupo de US$200 que pueden adquirirse como dólar ahorro, más de una docena de restricciones que excluyen de su compra a diferentes grupos de personas.
Entre ellas se encuentran las personas que hayan accedido a dólar MEP o a dólar contado con liquidación, ambos mecanismos legales para conseguir dólares a través de movimientos bursátiles, así como a beneficiarios de la Anses, cotitulares de cuentas bancarias y empresas que liquidaron “dólar soja”, entre otros.
A partir de abril, el directorio del Banco Central (BCRA) estableció que a esta lista se sumarán las personas que actualmente sean parte de un plan de pagos para acceder a una jubilación, también conocido como moratoria previsional. El pasado 28 de febrero, un programa de este tipo fue aprobado en la Cámara de Diputados y se convirtió en una ley que permitirá jubilarse a más de 800.000 personas que no poseían los años de aportes establecidos para obtener una pensión.
Este grupo también quedará excluido de la compra de dólar MEP y del dólar contado con liquidación, a la vez que se suma a la larga lista de quienes ya no podían comprar dólar ahorro.
Quiénes no pueden comprar dólar ahorro
- Quienes hayan accedido a una moratoria previsional.
- Los que hayan adquirido dólar “Bolsa” o contado con liquidación en los 90 días anteriores.
- Los argentinos que operaron Cedears, obligaciones negociables o criptomonedas en los 90 días anteriores.
- Beneficiarios de un plan o programa de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), como la Asignación Universal por Hijo (AUH) o la Asignación Universal por Embarazo (AUE).
- Trabajadores en relación de dependencia que hayan recibido parte de su salario a través del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) o REPRO.
- Personas sin ingresos declarados o “consistentes”.
- Cotitulares de cuentas bancarias.
- Quienes ya utilizaron la totalidad de su cupo (US$200 mensuales) a través de compras con tarjeta de crédito o débito.
- Quienes hayan refinanciado algún saldo de la tarjeta de crédito a 12 meses.
- Monotributistas que hayan tramitado los créditos a tasa cero.
- Los titulares de créditos UVA que accedieron al congelamiento de las cuotas durante la pandemia.
- Dueños de pymes que hayan recibido créditos al 24%.
- Quienes tengan subsidios en las tarifas de luz, agua y gas.
- Empresas que liquidaron dólar soja.
- Quienes se acojan a la nueva moratoria previsional.
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