Dólar ahorro: hasta cuándo se puede pedir la devolución del 35% de Ganancias y cómo hacer la gestión ante la AFIP
El servicio de percepciones contempla un período de cinco años para realizar el trámite; cómo se realiza y cuándo empiezan a devolverlo
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El primero de enero comenzó a correr el reloj para que los contribuyentes soliciten la devolución del 35% de percepción de Ganancias por la compra de dólares para el ahorro o gastos efectuados con tarjetas por compras y servicios en el exterior (como Netflix, Disney+, Spotify, entre otros). El trámite, que habilitó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) el mes pasado es para las transacciones realizadas en el período 2021. Sin embargo, la normativa dejó una ventana de oportunidad para quienes se olvidaron de completar el trámite el año anterior.
La Ley 11.683 establece que los contribuyentes cuentan con cinco años para realizar el pedido. Por eso, según confirmaron fuentes oficiales, quienes no hicieron la gestión durante 2021 por las percepciones sufridas entre septiembre y diciembre de 2020 todavía están a tiempo -y por cuatro años más- para solicitar la devolución.
“Se confunde mucho con que el plazo vence el 31 de marzo, que es el vencimiento que tienen los empleados en relación de dependencia para presentar la Declaración Jurada e incluir las retenciones sufridas de Ganancias, pero que van a devolver sus empleadores. Ese no es el servicio de devolución de percepciones, es otro mecanismo de devolución que pasa por el empleador”, diferenció Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios.
Una advertencia: si bien el trámite está abierto por largo rato, los tributaristas recomiendan que se inicie lo antes posible. La administración tributaria no reconoce intereses y, con una inflación que se proyecta arriba del 50% para este año (más un 50,9% en 2021), el dinero pierde poder de compra rápidamente.
“Los intereses empiezan a correr a favor del contribuyente entre el período de inicio del trámite y la devolución efectiva, siempre y cuando la persona haya respondido a tiempo los requerimientos que fue solicitando la AFIP. En cambio, si uno se demora en iniciar el trámite o no responde los requerimientos que se le fueron pidiendo, no corren intereses”, explicó Domínguez.
Cómo pedir la devolución
No todos los argentinos pueden pedir la devolución del 35%. Para hacerlo hay que cumplir una serie de condiciones, como no estar inscripto en el impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales (ni que correspondan dichas inscripciones). En caso de trabajar en relación de dependencia, no ser pasible de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte del empleador como agente de retención.
En caso de ser parte de dicho universo, el trámite se realiza a través del sitio web de la AFIP. En el servicio “Mis Retenciones”, el contribuyente puede conocer cuáles fueron las percepciones que registra la AFIP y, en caso de que no aparezcan, se puede informar sobre las mismas. En todos los casos es necesario contar con el comprobante de las percepciones, tales como facturas, extractos de cuentas bancarias, de tarjetas de crédito, boletos de transporte, entre otros.
El trámite de devolución es por cada mes que se practicaron las percepciones. Es decir, si practicaron percepciones en los doce meses de 2021 y se quiere pedir la devolución de todas ellas, se tienen que presentar doce solicitudes distintas, una por cada mes.
“Antes de devolver el dinero, la administración tributaria realiza un relevamiento de todos los incumplimientos del solicitante y exige que se subsanen. Pero muchas veces las observaciones llegan varios meses más tarde de la fecha de la solicitud y con un plazo muy corto para cumplir con cualquier cuestión omitida”, advirtió el tributarista Mariano Ghirardotti.
En caso de no superar los controles, la decisión será comunicada a través del Domicilio Fiscal Electrónico y la solicitud se considerará improcedente. En tal caso, se puede presentar un recurso de apelación ante el Director General de la Dirección General Impositiva previsto en el art. 74 del Decreto Reglamentario de la Ley 11.683.
Las primeras devoluciones ya empezaron. Es una buena noticia para los contribuyentes, sobre todo teniendo en cuenta que la experiencia 2021 dejó qué desear. “El año pasado supuestamente supuestamente se iba demorar tres meses, aunque la espera se prolongó bastante más que eso. En algunos casos se inició el trámite en enero y lo devolvieron en octubre”, recordó Ghirardotti.
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