Dólar turista: polémica entre tributaristas porque la nueva retención supera la alícuota máxima de Ganancias
Los especialistas coincidieron en que la AFIP no tiene límite para establecer percepciones, aunque subrayaron que la definida ayer es “irracional”
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CORDOBA.- Ni bien se conoció la resolución que elevó 10 puntos porcentuales -de 35% a 45%- el anticipo a cuenta de Ganancias y Bienes Personales para el dólar tarjeta, en las redes sociales comenzó un debate acerca de si es o no “confiscatoria” la decisión, ya que el adelanto supera la alícuota máxima de Ganancias, que es del 35%. Los tributaristas consultados por LA NACION coincidieron en que la AFIP no tiene límite para establecer percepciones, aunque subrayaron que es “irracional”.
Uno de los primeros en plantear el tema en las redes fue Darío Epstein, director de Research for Traders: “Debe ser caso único en el mundo donde el anticipo o retención tiene una alícuota superior a la alícuota máxima que impone el gravamen, en este caso el impuesto a las Ganancias. ¿Conocen algún otro caso?”. El planteo empezó a rebotar.
El tributarista José María Farré explica que la AFIP puede hacer percepciones “sin límites”, aunque acota que la decisión es “irracional; es como si para comprar una heladera que vale $100.000 pidiera un adelanto de $120.000″.
🚨¡ESTO YA ES CONFISCATORIO!
— Impuestos&Equidad (@ImpuestosyE) July 14, 2022
AFIP dispuso este miércoles una suba de la percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre Bienes Personales para operaciones destinadas al consumo de dólares para viajes y gastos en el exterior, cuya alícuota pasará del 35% al 45%.
Califica la medida como una “devaluación encubierta” y repasa que desde el 1° de enero al 31 de mayo la recaudación por el dólar tarjeta fue de US$1515 millones, un promedio de US$300 millones mensuales, cuando los títulos públicos pierden, en pocos días, miles de millones de dólares”.
Para César Litvin. El aumento de la percepción convalida, un “abuso del derecho” por parte de la AFIP: “La alícuota máxima de Ganancias es el 35% y la percepción es del 45%, sumado a la proliferación de regímenes de otros pagos a cuenta, produce un efecto económico letal al bolsillo”.
“Impuesto del 75% al dólar turista. Pregunta para los que saben. ¿No es confiscatorio?”, lanzó en Twitter Osvaldo “Beto” Mendeleiev. El tributarista Enrique Lingua señala que la confiscatoriedad está dada por la “capacidad de pago” de los contribuyentes, por lo que debería analizarse por caso puntuales, pero sí advierte que esa característica está dada por la “licuación que hace la inflación”, por ejemplo para quienes no pagan Ganancias y deben esperar un año para la devolución.
Debe ser caso único en el mundo donde el anticipo o retención tiene una alícuota superior que la alícuota máxima que impone el gravamen, en este caso Impuesto a las Ganancias.
— Dario Epstein (@DarioEpstein) July 14, 2022
Conocen algun otro caso?
Sdos https://t.co/9a9KTK0G9f
Guillermo Poch, tributarista, dice que la retención “puede ser interpretada como alta, por lo que el fisco debería ser muy cuidadoso en articular los medios para que devuelvan rápidamente y de manera diligente el dinero a quien no paga Ganancias”.
Farré ironiza con que pedir el reintegro será “más difícil que ver a Hugo Moyano y Graciela Ocaña de la mano. Hay que hacerlo por la web, tener clave fiscal y esperar un año. De los 100 que le retuvieron recibirá 50 por la inflación; será un ahorro forzoso”.
Poch coincide con Lingua en que son “muy escasos” en el mundo los regímenes de percepciones con características como el argentino. “Es raro encontrar casos así”, resume.
“La decisión tomada -añade Lingua- es una especie de confinamiento; no quieren que nadie viaje. El otro confinamiento fue por la pandemia del covid-19, este es por la pandemia económica”.
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