Dólar turista y cierre de tarjeta. Desde cuándo se cobrará el impuesto del 30%
Luego de que el Gobierno confirmara la intención de aplicar un impuesto del 30% sobre las compras en moneda extranjera, surgió la duda respecto de cuándo comenzaría a aplicarse, para determinar en qué momento las compras de viajes, turismo y productos en el extranjero quedan alcanzadas.
En especial porque hubo quienes se apuraron a hacer gastos en dólares para anticiparse: por caso, el domingo pasado aumentó un 60% la venta de pasajes al exterior con ese propósito.
Sin embargo, lo cierto es que si el proyecto de ley dentro del cual se inscribe la iniciativa se aprueba y se reglamenta antes del cierre del próximo resumen de las tarjetas, el tributo igual se aplicará a las compras hechas con anterioridad.
Todo dependerá de cuánto se demore el debate en el Congreso y, a su vez, de cuándo cada titular de tarjeta tenga anunciado el cierre de su resumen, ya que no es posible anticipar pagos antes de ese paso.
El impuesto de 30% sobre las compras en moneda extranjera está incluido dentro del proyecto de ley de solidaridad social y reactivación productiva, anunciado anteayer por el ministro de Economía, Martín Guzmán, que ayer comenzó a ser debatido en comisiones del Congreso y se espera que hoy llegue al recinto.
Este impuesto -llamado impuesto para una argentina inclusiva y solidaria (PAIS)- se aplicará recién una vez que sea aprobada y reglamentada la ley, pero eso no significa que los gastos hechos antes de que eso ocurra estén exentos.
Todo dependerá del momento de cierre de la tarjeta de crédito, en caso de que los gastos en dólares se hayan hecho de este modo. Si el resumen cierra antes de que la ley sea reglamentada, las compras hechas no serán cargadas con el 30% extra. Si cierra después, sí.
"En el proyecto de ley lo dice muy claro", dijeron a LA NACION fuentes oficiales, en referencia al inciso b del artículo 35, que señala que el impuesto se aplicará "en la fecha de cobro del resumen o liquidación de la tarjeta de que se trate", y hasta establece que se cobrará en su totalidad en una sola vez "aun cuando el saldo resultante del mismo se abone en forma parcial".
"No es distinto de lo que ocurre cuando comprás un producto vía una plataforma como Amazon, por ejemplo: si el dólar sube antes de que cierre la tarjeta, lo terminás pagando más caro", justificaron.
Sin embargo, el tributarista Ezequiel Passarelli, asociado de la consultora SCI, planteó la posibilidad de que exista "alguna demora ligada a lo operativo".
"No queda claro qué pasa si las tarjetas de crédito, débito o cualquier otro medio de pago incorporado no llegan a implementar el régimen de retención de manera inmediata, que seguramente va a estar detallado en una norma reglamentaria de AFIP", señaló.
"Estimo que si por este motivo no llegan a cobrártelo en enero, por ejemplo, seguramente va a aparecer algo en el siguiente resumen de la tarjeta", añadió Passarelli.
Por este motivo, el especialista no dudó en recomendar a quienes tengan un cierre próximo que "vayan y paguen en el primer momento", de tener esa posibilidad.
Las operaciones alcanzadas por el impuesto
- La compra de divisas en moneda extranjera para atesoramiento.
- El cambio de divisas efectuado por las entidades financieras por cuenta del adquirente destinadas al pago de bienes o prestaciones y locaciones de servicios efectuadas en el exterior y servicios prestados por sujetos no residentes en el país.
- Las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales y/o cualquier otra modalidad por la cual las operaciones se perfeccionen, mediante compras a distancia, en moneda extranjera.
- La adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes del país.
- La adquisición de servicios de transporte de pasajeros con destino fuera del país.
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