Dólar Bolsa: la UIF actualizó los montos del control del mercado cambiario
El umbral no había sido actualizado desde noviembre de 2019; a partir de cuánto los sujetos obligados deben informar operaciones
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Todas las compras de dólares MEP, bonos, acciones, certificados de depósitos argentinos (cedears), obligaciones negociables, y cualquier otra operación que sea realizada en el mercado cambiaria por un monto superior a los $120.000, deberá ser informada por los sujetos obligados a la Unidad de Información Financiera (UIF).
Pese a la inflación, se trata de la primera modificación sobre los montos que realiza la entidad desde noviembre de 2019. Luego de casi dos años y medio con las cifras congeladas, la UIF estableció, a través de la Resolución UIF N° 50/202, que el umbral se duplique de los $56.000 que regían hasta hace poco tiempo.
Aun así, la cifra sigue siendo baja. Cuando se hizo la última actualización, el dólar MEP se vendía a unos $71, por lo que el monto en pesos equivalía a unos US$789. Ahora, con un dólar MEP a $208, el tope significa una transacción por US$577. Más de US$200 de diferencia.
“Las modificaciones implementadas se enmarcan en el trabajo de adecuación de la regulación preventiva y en el propósito de mejorar la efectividad del sistema nacional ALA/CFT, aplicando un enfoque basado en riesgos, de acuerdo a los estándares internacionales que promueve el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)”, explicaron desde la UIF.
La medida fue publicada en el Boletín Oficial. En la misma también se actualizaron los montos por los cuales otros sujetos obligados deben informar, como fiduciarios de fideicomisos, entidades financieras y cambiarias, escribanos, asociaciones mutuales y cooperativas, y profesionales en ciencias económicas.
Otros ejemplos. El nuevo umbral para las personas jurídicas que reciban donaciones o aportes pasó de $196.000 a $420.000. En cambio, por la compraventa de oro, plata, joyas, obras de arte o antigüedades pasó de $280.000 a $600.000. En tanto, los registros de la propiedad inmueble deberán informar cada mes las operaciones que superen los $6 millones, cuando antes era de $2,8 millones.
“La UIF tiene la potestad de controlar cualquier operación. Pero esto parece un globo de ensayo: tirar el tema en los medios y que los que puedan se abstengan de comprar dólar MEP. Es algo lógico, y el impacto en el mercado está. Hasta ahora, es esa la impresión, porque en los departamentos legales de las sociedades de bolsa no hay nada. Los agentes de liquidación y compensación (Alycs) le ponemos a los clientes un límite para operar y, si lo supera, se tiene que presentar un origen de fondos. Eso sin perjuicio que UIF lo pida, o las alycs deban reportar”, explicó un operador de bolsa.
“La medida de la UIF no tiene nada que ver con el MEP ni implica una ampliación de sus controles”, afirmó por su parte Sebastián Negri, vicepresidente de la Comisión Nacional de Valores (CNV), en diálogo con LA NACION. En tanto, otras fuentes oficiales de Gobierno remarcaron que la resolución, que salió el 14 de abril, “no se trata de nada nuevo” y que “solo se amplió el umbral”.
Cabe recordar que la UIF es un organismo que tiene a cargo el análisis, tratamiento y transmisión de información con el objetivo de prevenir e impedir el lavado de activos y la financiación del terrorismo. “Si la UIF pide qué a partir de ‘x’ montos las operaciones tengan respaldo en origen de fondos, las sociedades de bolsa lo tienen que remitir. Eso ha sido hace desde hace bastante tiempo”, agregaron desde una alyc.
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