DNU: la Secretaría de Energía definirá los subsidios a las tarifas según el ingreso del grupo familiar
El decreto le da facultades para “redeterminar la estructura de subsidios vigentes”
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En el video grabado donde el presidente, Javier Milei, presentó el decreto de necesidad y urgencia (DNU) se pudo ver la presencia del secretario de Energía, Eduardo Rodríguez Chirillo, quien colaboró con Federico Sturzenegger en la elaboración de las reformas. Pese a su incidencia en el diseño de los cambios regulatorios, las reformas en el sector energético y en la minería ocupan menos de una carilla y se limitan a derogar siete leyes y decretos, y a realizar cambios en el régimen de fomento a la generación distribuida de energía renovable integrada a la red eléctrica (ley N° 27.424).
En el tema de tarifas energéticas, el DNU le da facultades a la Secretaría de Energía para “redeterminar la estructura de subsidios vigentes a fin de asegurar a los usuarios finales el acceso al consumo básico y esencial” de la energía eléctrica y del gas natural.
Y explica: “Dicho beneficio deberá considerar principalmente un porcentaje de los ingresos del grupo conviviente, en forma individual o conjunta para la energía eléctrica y el gas natural, a ser establecido por la reglamentación. A los efectos de calcular el costo de los consumos básicos, se considerarán las tarifas vigentes en cada punto de suministro. A los efectos de implementar la segmentación de la asignación de subsidios a los usuarios y las usuarias de servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red”, dice el texto.
Según el DNU, la Secretaría de Energía tendrá facultades para definir los mecanismos específicos que “materialicen la asignación y efectiva percepción de los subsidios por parte de los usuarios, determinando los roles y tareas que desempeñarán de manera obligatoria los distintos actores públicos, empresas concesionarias, y otros actores o agentes que integren los sistemas del servicio público de que se trate, en su carácter de responsables primarios”.
El economista Julián Rojo, del Instituto de Energía Mosconi, dijo que no era necesario un DNU para redeterminar la estructura de subsidios a la luz y el gas. “No era necesario, no se necesita decreto. Lo nuevo: pone por escrito que el beneficio debe considerar los ingresos del hogar. Esto ya está contemplado en la actual segmentación”, indicó.
El DNU también deroga cuatro decretos publicados entre 2000 y 2006, de los cuales uno es sobre el mercado de combustibles y los otros tres sobre la energía eléctrica. En detalle, se derogó el decreto 1060/00 que establece plazos en los contratos de abastecimiento de combustible y el que regula la integración vertical de las empresas productoras de petróleo con las estaciones de servicio, como explica la consultora Energia.ai, que dirigen Mauricio Roitman y Luciano Caratori, exfuncionarios de energía durante el gobierno de Mauricio Macri.
En energía eléctrica, se derogaron los decretos que regulaban los contratos de exportación de energía eléctrica y los acuerdos de comercialización de generación (1491/02); los que determinaban el canon o precio correspondiente a la parte faltante de ejecución de una ampliación de transporte de energía eléctrica en alta tensión o por distribución troncal (634/03); el de préstamos reintegrables del tesoro al Fondo Unificado (311/06).
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