De cuánto sería el aumento de las jubilaciones de la Anses en septiembre y cuánto se perdería frente a la inflación
La suba nominal, según la fórmula dispuesta por ley, se ubicaría entre el 15% y el 16%, estiman economistas; cuándo se conocerá el dato oficial
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En septiembre próximo y según lo dispuesto por la ley de movilidad previsional, los haberes de los jubilados y pensionados de la Anses deberán recibir un incremento, el tercero y penúltimo del actual 2022. Esa suba se ubicaría en un nivel de entre 15% y 16%, según las estimaciones realizadas, en función de los datos que integran el cálculo y que se conocen hasta ahora, por economistas consultados por LA NACION. Si se confirma que la recomposición estará dentro de ese rango, el aumento nominal acumulado del año sería a septiembre de entre el 48,5% y el 50%. Se ubicaría, así, por debajo de la inflación, con una consecuente pérdida de poder adquisitivo para los ingresos. Dependiendo de la evolución que haya tenido en junio un índice salarial, dato que se conocerá el miércoles de la próxima semana, el índice que determinará la suba podría ser algo más elevado.
En el supuesto planteado, el haber mínimo (hoy de $37.524,96) sería el mes próximo, de entre $43.150 y $43.530, y el máximo (que actualmente es de $252.507,44), de entre $290.380 y $292.910. Las cifras son en bruto, es decir, antes de descuentos.
Mientras que en el primer semestre el índice de precios al consumidor acumuló un incremento de 36,2% (contra una suba de haberes por movilidad de 29,12%), si se confirma para julio un avance de ese indicador de alrededor de 7,5% -en línea con datos estimados por consultoras privadas-, la inflación de los primeros siete meses sería de 46,4%. Y, así, es posible calcular que la caída del poder adquisitivo de los haberes llega, a esta altura del año, al 12%.
Si en el actual agosto la inflación fuera de 5,5% (es lo que proyectan varios economistas), para el período que va de enero a este mes se acumularía una suba de precios de 54,5%.
El porcentaje de cada aumento trimestral de los haberes jubilatorios se determina según una fórmula -la dispuesta por la ley 27.609, aprobada a fines de 2020- que contempla, por un lado, la variación interanual de la recaudación de impuestos destinados a pagar prestaciones de la seguridad social, medida por beneficio, y, por el otro lado, la evolución trimestral de los sueldos según una de dos variables: la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), o el índice de salarios del Indec (de los dos, se toma el que haya tenido el mayor crecimiento en el período que corresponda tomar como referencia). De cada una de las dos variaciones se calcula el 50% y los resultados se suman, para definir así el porcentaje de la movilidad.
Hasta ahora se conocen los datos de recaudación tributaria (se consideran, para la suba de septiembre, los del segundo trimestre del año) y el comportamiento del Ripte, que en el período de referencia avanzó un 16,6%. El número que aún no se conoce es el del índice salarial del instituto oficial de estadística correspondiente a junio; ese dato será difundido el miércoles de la semana próxima y, entonces, se sabrá también, oficialmente, el porcentaje de movilidad. Entre abril y mayo la variación de ese indicador de ingresos laborales calculado por el Indec fue de 11,5%, por lo que es probable que, al acumularse el dato del sexto mes del año, el resultado sea mayor al del Ripte y que, por lo tanto, sea tomado esta vez como componente de la fórmula.
Los cálculos
Según cálculos estimativos hechos por el Ieral de Fundación Mediterránea, bajo el supuesto de que el índice de salarios del Indec mostrara una variación trimestral del 17,9%, la movilidad de septiembre sería de 15,61%, con lo cual los haberes tendrían, a ese mes, una variación interanual de 67,3%, versus una inflación (estimada) de 71,7%. Si el indicador de salarios a utilizar fuera el Ripte, la suba de los ingresos previsionales del noveno mes del año sería de 14,93%, según señala el economista Marcelo Capello, del Ieral. En este último caso, el alza nominal de las jubilaciones y pensiones sería de 66,4%, más de cinco puntos por debajo del nivel estimado de suba de precios.
“La movilidad va a estar por arriba de la de junio [que fue de 15%]; estimo que va a ser de 15,6% si el índice de salarios del Indec sube 5,5% en junio y termina superando al Ripte”, dice por su parte Sergio Rottenschweiler, economista especializado en temas previsionales y docente e investigador en la Universidad de General Sarmiento. Esa proyección incluye, como hipótesis, un leve aumento interanual de la cantidad de beneficios pagados por la Anses, ya que los recursos se miden por prestación del sistema. Ese es un dato que no se conoce públicamente con precisión.
“El ajuste siempre viene con demora, así que si la inflación se acelera, el valor real de las jubilaciones baja, y viceversa”, afirma Rafael Rofman, economista y director del Programa de Protección Social del Cippec, quien -en función de los datos ahora disponibles- estima que la suba nominal de septiembre se ubicará en un nivel cercano a 15,8%.
Si bien la fórmula actual, que está vigente desde 2021, no tiene entre sus componentes el índice de inflación (como sí la tuvo la que rigió entre 2018 y 2019), la variable se ve reflejada en alguna medida y de forma indirecta en el avance de los salarios y de la recaudación de impuestos como el IVA, que es uno de los que deriva recursos para los pagos que están a cargo de la Anses.
El alcance de la movilidad
El índice de movilidad se aplica para la actualización de los haberes del sistema previsional contributivo y también de las prestaciones no contributivas. Además, suben según ese índice los montos de la Asignación Universal por Hijo (que pasaría de $7332 a un monto de entre $8430 y $8510) y de los pagos por familiares a cargo de un grupo de asalariados formales y monotributistas. Y es también la referencia para el incremento trimestral de los aportes previsionales de los autónomos y de la menor y la mayor remuneración para hacer el cálculo de los aportes a la seguridad social, en el caso de los empleados dependientes.
La fórmula actual rige desde 2021, en tanto que en 2020, el primero de la gestión de Alberto Fernández y Cristina Kirchner, no hubo -por decisión del Gobierno- ningún mecanismo de reajustes automáticos vigente y, en cambio, se otorgaron aumentos discrecionales y por decreto que, en todos los casos, estuvieron por debajo de la inflación del año y por debajo del incremento que hubiera correspondido en caso de no haberse suspendido la movilidad aprobada por ley durante el gobierno anterior. Actualmente, los haberes mensuales siguen afectados por aquel ajuste a los bolsillos y el tema se discute en la Justicia.
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