Curiosidades de un proyecto
Gobierno buscará modificar la ley de riesgos del trabajo en el congreso. Una de las cuestiones que se busca cambiar es la reins-talación de la opción indemni-zatoria en la que el trabajador debe elegir entre las indemni-zaciones tarifadas con tope y no transables de la ley especial y las del código civil, sin tope ni tarifa y transables.También establece la compe-tencia de los jueces civiles, por lo que se vuelve al criterio de la ley 9688 de 1915, que terminó con una fenomenal litigiosidad. En cuanto a esto último, la ley 24.028, de 1991 (que reemplazó a la 9688), también la estableció en la inteligencia que esos magistra-dos fijarían menores indemniza-ciones que los jueces del trabajo, lo que finalmente no sucedió.
La ley de riesgos del trabajo de 1995 sólo dejó la acción civil para el caso de un infortunio provocado por dolo del empleador (art. 39.1). Dicha norma fue declara-da inconstitucional en 2004 por la corte en el caso aquino, que habilitó la acción civil amplia en base a la constitución (art. 16) y determinando que el piso indem-nizatorio fuera el del código civil. En ese mismo año, el caso castillo estableció la competencia de los jueces del trabajo para entender en las acciones indemnizatorias.El proyecto vuelve a instaurar mecanismos que fracasaron y que fueron declarados inconsti-tucionales. Más curioso resulta que más adelante se vaya a enviar un proyecto de prevención de los riesgos del trabajo, cuando la pre-mura debería ser la inversa.