Cupón PBI, YPF y Aerolíneas: cómo es la situación de los tres juicios abiertos que tiene la Argentina en el exterior
El próximo procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, deberá decidir la estrategia a seguir en la defensa por las causas que se siguen en Nueva York, Washington y Londres; los pagos millonarios que podrían enfrentarse
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La Argentina mantiene en cortes internacionales tres juicios abiertos en distintas instancias por las expropiaciones de YPF y de Aerolíneas Argentinas, y por el pago de los bonos cupón PBI. El nuevo procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, no tendrá mucho tiempo para diseñar las estrategias a seguir: antes del 10 de enero deberá tomar una decisión sobre el caso de YPF, ya que a partir de ese día se vuelve ejecutable la sentencia en contra por US$16.1000 millones que decretó la jueza Loretta Preska, del Distrito Sur de Nueva York.
El país además está a la espera de otras decisiones judiciales en las cortes de Washington y de Londres, por los otros dos casos. La Argentina contrató para su defensa a los estudios jurídicos Sullivan & Cromwell y a Cleary Gottlieb Steen & Hamilton (CGS&H).
Expropiación de YPF
El juicio por la expropiación del 51% de las acciones de YPF, en 2012, es el caso más importante que enfrenta la Argentina. En primera instancia, la jueza Preska determinó que el país violó el estatuto de la petrolera cuando se realizó la estatización y perjudicó a los accionistas minoritarios, entre ellos, a las empresas Petersen Energía y Petersen Inversora. Por lo tanto, sentenció que el país pagara una indemnización de US$16.100 millones, pero eximió de responsabilidades a YPF.
Hasta el 10 de enero, la jueza aceptó el pedido de la defensa argentina de que la sentencia no sea ejecutable, pero indicó que, a partir de esa fecha, si el país no presenta un fondo de garantía constituido por ciertos activos, los demandantes -los fondos Burford Capital e Eton Park- pueden pedir que se hagan embargos, aunque la Argentina no tiene muchos activos líquidos en el exterior.
Entre los activos que la Argentina debe presentar como garantía se encuentran el 26% de las acciones de YPF y una supuesta deuda que el Ente Nacional Yacyretá tiene con el país por US$2000 millones, de la época de cuando se construyó la represa. Ambos activos son difíciles de prendar. Para entregar las acciones de YPF, se necesita la autorización del Congreso por la ley de Expropiación de la petrolera de 2012. Por el lado de la deuda, no existen documentos oficiales que la validen.
Por otro lado, el 30 de enero, la Argentina tiene que presentar ante la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York el escrito con los argumentos para que los jueces de segunda instancia revisen la sentencia de Preska. El nuevo procurador deberá decidir si se continúa con esta estrategia o si negocia con los fondos un pago para cerrar el caso.
Los demandantes, por su parte, también iniciaron el proceso de apelación para que se revoque la sentencia que eximió de responsabilidades a YPF. La defensa de la Argentina para este caso lo lleva el estudio Sullivan & Cromwell.
Consultado sobre este caso, el flamante procurador dijo en LN+ que “la posición argentina es la sostenible, porque se reclama un delito societario, cuando en realidad, cuando hay una expropiación, todos los contratos previos caen bajo el régimen de la expropiación”.
“Lo que hizo el Estado argentino fue expropiar las acciones de Repsol en YPF. No ha hecho una venta de acciones dejando a uno de los accionistas que tenía un derecho de preferencia para adquirir esas acciones. La facultad de expropiar es parte de las potestades propias soberanas, está bajo otro régimen jurídico. No conozco los detalles jurídicos de la defensa argentina, pero me parece que hay materia para defendernos y llegar hasta la corte federal de Estados Unidos si es necesario”, agregó Barra.
Expropiación de Aerolíneas Argentinas
En 2019, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (Ciadi) ratificó que el Estado argentino debía pagar US$320 millones más intereses de indemnización por las expropiaciones de Aerolíneas Argentinas y Austral, ocurridas en 2008.
En 2021, el caso continuó en la justicia estadounidense, en los tribunales del distrito de Columbia, en donde el fondo Titan Consortium hizo el reclamo para pedir la ejecución del laudo arbitral. La defensa argentina, por su parte, pidió a la misma Corte que confirme que Titan es el titular legítimo del reclamo.
La Argentina expropió la aerolínea cuando estaba en manos de la empresa española Teinver, dueña del grupo Marsans, pero la compañía vendió por US$25 millones el derecho a demandar a la Argentina al fondo Burford (el mismo que lidera el juicio por YPF). Este fondo, a su vez, vendió luego el litigio por US$107 millones a Titan Consortium.
Si la Corte determina que Titan es el titular legítimo del laudo, la Argentina deberá negociar el pago. En general, el país canceló las sentencias utilizando una misma fórmula: obtuvo 25% de quita sobre el monto de la condena y pagó el resto con bonos. La defensa de la Argentina para este caso lo lleva el estudio Cleary Gottlieb Steen & Hamilton (CGS&H).
Cupón PBI
La Argentina enfrenta dos procesos en paralelo por los bonos “cupón PBI”, emitidos en 2005, para canjear la deuda que había quedado en default en 2001. El Estado fue acusado de perjudicar a los inversores cuando modificó la manera de calcular el producto bruto interno (PBI), que derivó que se paguen menos intereses de deuda, en 2013.
Por un lado, hubo una sentencia en contra en primera instancia en el Tribunal Superior de Londres. El juez Simon Picken le dio la razón a los cuatro fondos demandantes, Palladian Partners, HBK Master Fund, Hirsh Group LLC y Virtual Emerald International Limited, y sentenció daños e indemnizaciones por 1330 millones de euros más intereses.
La Argentina pidió permiso para apelar el fallo, porque, a diferencia de lo que ocurre en los tribunales de Estados Unidos, donde el derecho de apelación es automático, en Gran Bretaña cada instancia debe decidir si lo acepta. Mientras tanto, el juez Piken aceptó suspender la ejecución de la sentencia.
Por otro lado, hay otro proceso más atrasado que transcurre en Nueva York, por los mismos bonos emitidos, pero bajo legislación estadounidense. Este caso también quedó bajo la dirección de la jueza Preska, quien debe decidir en los próximos meses si la Argentina actuó de mala fe.
El cupón atado al PBI se usó como anzuelo para obtener una mayor quita de deuda en el canje de 2005, que estuvo liderado por el entonces ministro de Economía Roberto Lavagna y su secretario de Finanzas, Guillermo Nielsen. Este instrumento financiero estipuló que la Argentina debía pagarles intereses a los bonistas cuando la Argentina creciera anualmente más de 3%, hasta 2035. El país no paga el bono desde 2011, cuando dejó de crecer.
La demanda contra la Argentina se centró en el cambio de la base del cálculo del nivel de la economía (PBI), realizado en 2014. La anterior base de cálculo era de 1993 y contenía una canasta de productos que cada un plazo de tiempo es necesario actualizar. Al hacerlo, la estimación del PBI de 2013 fue menor a la que se proyectaba con la anterior canasta de productos, lo que derivó en los conflictos judiciales con los inversores.
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