Cuarentena: Qué pasa con quienes necesitan tramitar su jubilación
En la misma semana en que la Anses dictó una resolución que habilita una asistencia virtual para empezar el pedido de alta de prestaciones, y en la que aceleró su plan de reapertura de oficinas en el país, la Justicia le ordenó iniciar en un plazo breve el trámite de una mujer que no puede acceder a su derecho a jubilarse por la falta de atención al público en el organismo de la seguridad social.
Concretamente, la jueza Silvia Saino, subrogante del juzgado 9 del fuero previsional, le dio a la Anses un plazo de 10 días hábiles para iniciar el trámite de jubilación de Mirta Esther González. Antes de decretarse el aislamiento obligatorio, la mujer había conseguido turno para ir a una Unidad de Atención Integral (UDAI) el 20 de marzo, ya que el trámite se hace en persona. A partir de entonces, ese turno se reprogramó cinco veces, según se describe en la presentación judicial patrocinada por el abogado Adrián Frascino.
Las oficinas de atención al público de la Anses cerraron sus puertas justamente el 20 de marzo, el día de inicio de la cuarentena. Luego de haber estado todas cerradas durante unos dos meses, en mayo se comenzó a implementar un plan de reaperturas. La vuelta a la actividad se da en forma progresiva y, hasta ahora, solo en localidades del interior del país. Son más de 150 los lugares que comenzaron a atender, únicamente a quienes tienen turno. No hubo aperturas, hasta ahora, ni en la ciudad de Buenos Aires ni en el conurbano bonaerense; tampoco en Chubut. En el resto de las provincias hay oficinas abiertas, pero no necesariamente todas. El listado se puede consultar en www.anses.gob.ar/oficinas.
La obtención de una jubilación o pensión implica un trámite presencial y, según fuentes de la Anses, la opción del servicio virtual dispuesta el lunes pasado por la resolución 192 no permitiría que se complete la gestión bajo esa modalidad online en un 100%. Sí prevé que se fije la fecha de inicio del trámite y que haya avances en el expediente.
La situación planteada durante la cuarentena con las personas en condiciones de jubilarse se agravó por el hecho de que, durante varias semanas, la Anses no otorgó turnos para poder ir más adelante a formalizar la solicitud. Es cierto que los turnos no pueden tener fecha cierta al no saberse, en muchos lugares, cuándo habrá atención al público; sin embargo, que no se los otorgue genera un perjuicio para el bolsillo de quien busca obtener la prestación. ¿Por qué? Porque el día en que se obtiene el turno es el que cuenta para que empiece a correr el derecho a la jubilación. Esto significa que, en el momento en que se empieza a pagar el haber mensual, el nuevo jubilado percibe también lo correspondiente al período que haya transcurrido a partir de su pedido del turno.
Además de invocar la naturaleza de "carácter alimentario" que tiene el haber previsional, en la presentación ante la Justicia por el caso de González se argumentó que una razón para exigir que la Anses actúe es la urgencia por acceder a la cobertura de salud otorgada por el PAMI. La jueza, al entender que los argumentos son válidos, habilitó la feria y el miércoles último hizo lugar al pedido de la demandante.
Las demoras causadas por la falta de atención tienen un efecto adicional para los bolsillos. Más allá de que quienes están en condiciones de obtener la prestación deben esperar más tiempo que el habitual, ocurre también que el retroactivo es percibido sin que previamente se calcule una actualización: por eso, cuanto más tiempo pasa sin que estén los haberes al pago, mayor es el perjuicio.
"La preocupación por los jubilados no se agota en dar facilidades para cobrar los haberes y en evitar la fe de vida; hay segmentos que están quedando olvidados: el de quienes habían iniciado trámites de gestión de haberes antes del Covid y no los tenían resueltos antes de la cuarentena, y el de quienes tienen que iniciarlos. En el primer caso la evolución de los expedientes es mucho más lenta que de costumbre. Si bien la gente [de la Anses] que los tramita no es la que atiende al público, no se ve un avance que pudiéramos llamar normal y habitual", señala Ana María Weisz, consultora en materia de previsión social. Y agrega que, como "hace unas semanas se dejaron de otorgar turnos", las personas "están perdiendo una serie de haberes que, de no existir la actual práctica de restricciones, sí cobrarían luego en concepto de retroactivo".
Gestiones virtuales
La nueva resolución del organismo dirigido por Fernanda Raverta (la que lleva el número 192) amplía el menú de trámites virtuales no solo vinculados a la obtención de jubilaciones y pensiones, sino también al pedido del seguro de desempleo y a la habilitación de poderes para que un tercero pueda retirar del banco los haberes mensuales de un pasivo. La normativa se refiere, en concreto, a la atención virtual para "jubilaciones ordinarias, pensiones directas con servicios de carácter ordinario, pensiones derivadas, prestación por desempleo y otorgamiento de poderes con certificación de firma domiciliaria".
Según explicaron en el organismo, hoy existen dos situaciones, según el lugar de residencia de quienes requieren el alta de una prestación. En las localidades donde abrieron las UDAI se está llamando a quienes tenían turnos asignados desde ya hace un tiempo. ¿Y qué pasa donde no hay UDAI abiertas? Por ahora, en esos casos deberá esperarse a que se vaya determinando el reinicio de las actividades de atención, según las fuentes. Y eso incluye a quienes hagan el inicio del trámite bajo la modalidad del servicio virtual, ya que se prevé que en algún momento serán llamados para ir a una oficina.
Operativamente, para hacer una gestión virtual en la Anses se debe tener una clave personal de la seguridad social (se gestiona en la misma página) y constituir un domicilio especial electrónico, donde se recibirán comunicaciones y notificaciones. La atención virtual funciona en el horario de 00 a 20 y el mecanismo admite hasta 60.000 solicitudes por día. En el caso de una jubilación, el sistema da acceso a un servicio llamado "asistencia para el inicio de la jubilación ordinaria", que requiere que se suban imágenes del frente y dorso del DNI. "Se precargan datos y el sistema da un número provisorio de trámite; luego hay que esperar una comunicación de la Anses", describe la abogada Andrea Falcone.
"Entiendo que la Anses puede habilitar trámites virtuales, en la medida en que el procedimiento no sea engorroso, y el procedimiento que ahora se requiere sí lo es", advierte la abogada Edith Martínez, en referencia a los conocimientos técnicos y de otro tipo que debería tener una persona que busca jubilarse, si quiere acceder al nuevo sistema virtual.
Dada esa situación, afirma Martínez, "seguramente esas personas pensarán en recurrir a un profesional, pero aquí viene un problema". ¿Por qué? Porque, por un lado, la circular del organismo previsional referida a cómo tramitar poderes en estos tiempos de cuarentena se refiere a apoderamientos para percibir haberes y no para hacer otro tipo de gestiones. Y, además, porque para lograr ese poder (por parte de un abogado o de algún familiar), se dispuso que un verificador de la Anses irá al domicilio del solicitante, donde deberá estar en ese momento quien resulte apoderado.
"Eso contradice las normas del aislamiento obligatorio, ya que habrá una movilización de al menos dos personas al domicilio del poderdante, que es un adulto mayor, es decir, una persona de riesgo", dice la abogada. ¿Podría resolverse el tema de otra manera? Según Martínez, sí. Se podría haber hecho, señala, lo que se hizo con los apoderamientos 100% vía web que se instrumentaron durante las gestiones para adherir al plan de reparación histórica, puesto en marcha en 2016.
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