Cuánto subirán las prepagas en agosto y cómo se definirán nuevos aumentos para el resto del año
Las entidades ya están comunicando un incremento de 11,34% para el mes próximo; el Gobierno definió un mecanismo por el cual habrá reajustes de manera bimestral
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Las cuotas de los planes de medicina prepaga aumentarán un 11,34% en agosto. Varias entidades, de hecho, ya les están comunicando la novedad a sus afiliados, según pudo verificar LA NACION y según afirmaron varios directivos de la actividad, al ser consultados. Los avisos comenzaron a enviarse luego de que se oficializó la autorización otorgada por el Gobierno para aplicar ese reajuste. Desde el Ministerio de Salud confirmaron que el incremento está habilitado para el mes próximo.
De esta manera, los valores de los planes de salud acumularán una suba de 68,48% en los primeros ocho meses de este año. No será el último reajuste durante 2022, porque el Gobierno estableció un sistema por el cual, al menos hasta que finalice este año, se permitirá la modificación de los valores con una frecuencia bimestral. Las próximas subas serán en octubre y diciembre. Y los porcentajes –tal como ya ocurre con el definido para agosto y a diferencia de lo que venía pasando hasta ahora–, serán definidos en función de la evolución de un índice de costos de salud, elaborado oficialmente con el uso de diferentes fuentes de información.
La suba del mes próximo se aplicará sobre los valores de las facturas de este mes que, a su vez, llegaron con un reajuste de 4% respecto de los de junio. Este año hubo incrementos, siempre previa autorización de las autoridades del área de Salud, en los meses de enero, mayo, abril, mayo, junio y julio. El de agosto será el de porcentaje más elevado. Como la variación del nuevo índice que define los reajustes depende de la inflación general, de los salarios del sector de la sanidad y de la evolución de la cotización del dólar (dada la incidencia de insumos que son importados), se estima que en lo que resta del año los aumentos serán también significativos.
La nueva normativa referida a la implementación de los aumentos de las cuotas incluye una disposición referida a cuánto deberán las prepagas incrementar los aranceles que les abonan a los prestadores de servicios de salud (clínicas y centros de diagnóstico, por ejemplo). En el caso de agosto esas subas deberán serán, como mínimo, de 10,2% (porque se estableció que tendrán que equivaler al 90% del nivel de actualización de las cuotas).
Desde el sector privado, el presidente de la Unión Argentina de Salud y dueño de Swiss Medical, Claudio Belocopitt, le dijo a LA NACION que las entidades están conformes con el hecho de que, al haberse determinado el uso de un índice de costos, los porcentajes autorizados dejen de depender de la discrecionalidad de los funcionarios. Recordó también que la definición de un parámetro para las variaciones de los precios es algo establecido hace años por una ley, que hasta ahora no se había puesto en práctica. Según el directivo, los precios de los planes tuvieron retrasos en los últimos años con respecto a la inflación y a las devaluaciones; eso ocurrió principalmente en 2020, cuando los precios al consumidor subieron, según el índice promedio, un 36,1%, mientras que hubo un único reajuste de las cuotas, hacia fin de año, que fue de 10%. En 2021, la variación de las cuotas, de punta a punta del año, fue de alrededor de 47%, mientras que la inflación llegó a 50,9%.
El 11,34% es, concretamente, la variación que tuvo en dos meses un conjunto de costos vinculados con la prestación de servicios de salud. Según el anexo de la resolución 1293 del Ministerio de Salud (que se publicó en un suplemento del Boletín Oficial del jueves último), los componentes que se tienen en cuenta para el armado del índice que define las subas son cuatro.
En qué se basa el cálculo
El primero incluye los costos vinculados con los recursos humanos y se consideran, puntualmente, los porcentajes de mejora salarial incluidos en las negociaciones paritarias para el personal de sanidad que trabaja en las clínicas privadas. Otro rubro del índice de costos es el de los valores de los medicamentos, para el cual se observa la variación de un listado de valores de referencia que elabora el Ministerio de Salud. Los precios de los insumos médicos conforman el tercer ítem del índice, y se toma en cuenta la evolución del rubro denominado “Productos medicinales, artefactos y equipos para la salud”, que es uno de los que conforman el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec. Finalmente, para definir la variación del cuarto componente, llamado “otros insumos y gastos generales”, se utiliza directamente la variación del IPC. El factor que más peso tiene para el cálculo del índice es el de recursos humanos.
El sistema que se usará de ahora en más para autorizar aumentos de cuotas fue establecido por la resolución 867 de fines de abril de este año, firmada por la ministra de Salud, Carla Vizzotti.
De acuerdo con lo descripto en esa norma y algunas modificaciones incluidas en otra resolución, la 1293, de fines de junio, el Gobierno publicará el último día de los meses pares que quedan de este año la evolución bimestral del índice de costos de la salud ya mencionado. Y en los porcentajes que se indiquen podrán subir los precios las entidades de medicina prepaga.
Los incrementos se producirán en agosto, octubre y diciembre y siempre deberán ser comunicados con al menos 30 días de anticipación a los titulares de los planes.
Los aumentos de cuotas que se les permiten a las entidades financiadoras del sistema privado de salud y el traslado de subas a los prestadores son temas de recurrentes conflictos desde hace años. En los fundamentos de la resolución que dispone cómo será el nuevo esquema para definir las variaciones, se menciona que la ley de regulación de las prepagas, aprobada hace más de una década, estableció que el Ministerio de Salud, a través de la Superintendencia de Servicios de Salud, “fiscalizará y garantizará la razonabilidad de las cuotas de los planes prestacionales”, y autorizará incrementos cuando estén fundados “en variaciones de la estructura de costos y en un razonable cálculo actuarial de riesgo”.
Hasta ahora, sin embargo, no se había adoptado oficialmente ningún parámetro para decidir los porcentajes de subas. En la actividad privada existe un índice de costos para la atención médica que es elaborado por la asociación Adecra+Cedim, que nuclea a sanatorios y centros de diagnóstico. El último dato publicado indica que en el primer trimestre de este año el alza fue de 12,2%, como resultado de incrementos de 13,3% en los costos laborales, de 12,4% en el valor de los servicios públicos, de 13,8% en los precios de los insumos no médicos, de 7,5% en las inversiones en equipamiento, y de 6,7% en el valor de los insumos médicos.
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