Cuánto subirán las prepagas en abril y qué pasará con el tope al porcentaje del reajuste
El cuarto incremento de este año será de 2,36% para todos los afiliados por igual, porque el valor de referencia establecido como porcentaje máximo para algunos casos supera ese índice; cuál es el alza acumulado en lo que va de 2023, según diferentes supuestos, y qué dudas quedan en el sistema
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Las cuotas de los planes de la medicina prepaga se incrementarán un 2,36% en abril próximo y, a diferencia de lo ocurrido con la suba aplicada en este mes de febrero y con la prevista para marzo, el porcentaje será para todos los afiliados por igual.
Según publicó la Superintendencia de Servicios de Salud en su página oficial, el índice de costos de salud avanzó, en el mes de referencia para determinar el movimiento de precios de abril, un 2,36%, en tanto que la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), lo hizo en un 5,41%. Para el primero de los parámetros se tomaron en cuenta datos de enero; para el segundo, la estadística de diciembre.
La normativa establece que las prepagas están autorizadas a subir las cuotas en el mismo porcentaje de evolución del citado índice de costos y dispone, a la vez, la vigencia de un tope para quienes declaren, con un trámite específico que se hace online, percibir un ingreso de hasta seis veces el salario mínimo, vital y móvil.
Ese tope equivale al 90% de la suba del Ripte y, por tanto, para los precios de abril es de 4,87%. Al ser un número superior al de la variación del índice general, no se aplicará ningún máximo y el reajuste del precio será para todos por igual.
El de abril será el cuarto incremento del año. A ese mes, los precios de los planes, en el caso de los afiliados que no obtuvieron la aplicación del tope para las cuotas de febrero y marzo, acumularán un 27,5%. Con aplicación de los topes en esos dos meses, en tanto, el reajuste del cuatrimestre llegará a 20,6%.
La primera suba de 2023 se dio en enero, con un 6,9%; para las cuotas de febrero comenzó el regir el sistema, por el cual puede tramitarse que el reajuste no supere el 90% de la variación que haya tenido el indicador salarial Ripte, y los aumentos fueron de 8,21% y de 4,91%, sin y con ese tope respectivamente; las facturas de marzo, en tanto, llegarán con reajustes de 7,66% y de 5,04% en cada caso.
Por la dinámica que tiene el sistema, por el cual el Estado les obliga a los afiliados a hacer un trámite burocrático, si busca obtener, cumpliendo los requisitos dispuestos, un alivio en la suba de cuotas, puede haber afiliados a quienes les impactó el incremento completo en uno de los dos meses y que en el otro pudieron acceder al tope. En ese supuesto, la suba acumulada llega al 23,6% o al 24,4%, según el caso. La declaración jurada para informar que se tiene un ingreso de hasta seis veces el salario mínimo debe hacerse todos los meses y no está habilitada la opción para realizar el trámite de manera retroactiva, si por algún motivo en algún período la declaración no se concretó.
Desde el sector privado de salud habían anticipado que el porcentaje de suba se aliviaría hacia el cuarto mes del año, porque en febrero y marzo tuvieron un impacto acto las recomposiciones salariales para los trabajadores de la actividad. Las remuneraciones y los costos implicados en ellas son uno de los cuatro componentes que tiene el índice de costos de salud, los otros son los medicamentos (se observa la variación de un listado de valores de referencia que elabora el Ministerio de Salud), los insumos médicos (se toma en cuenta la evolución del rubro “Productos medicinales, artefactos y equipos para la salud”, del Índice de Precios al Consumidor del Indec) y “otros insumos y gastos generales”, (se recurre, para establecer un valor, al dato oficial de inflación del instituto de estadística. El elemento que tiene mayor peso dentro del índice es el de los recursos humanos.
El sistema de subas según la evolución de ese índice de costos del sector fue aprobado a mediados de 2022 y, en un principio, se previeron reajustes de precios bimestrales. Desde este año, sin embargo, la frecuencia es mensual y con la aplicación del tope vinculado a la variación del Ripte, en caso de corresponder.
Las dudas sobre el sistema
A dos meses de haberse puesto en vigencia ese nuevo esquema, desde el Gobierno no resolvieron todas las dudas que se les fueron presentando a los afiliados, respecto de cómo observar los ingresos para ver si puede pedirse o no la aplicación de la suba topeada. No hubo tampoco campañas para que los usuarios conocieran en detalle la medida, que abre la puerta para la desigualdad entre los precios pagados por contratantes de servicios idénticos; una desigualdad que, dado el mecanismo establecido, no necesariamente estará siempre justificada por el nivel de ingresos.
Una de las dudas planteadas desde el primer momento es si los ingresos a considerar deben ser los de la persona a nombre de quien está la factura, que es considerada titular del plan, o si debe sumarse lo que se recibe en el grupo familiar. Según el decreto 743, el tope para las subas se aplica “respecto de los y las titulares contratantes que posean ingresos netos inferiores a seis salarios mínimos, vitales y móviles”. Sin embargo, luego de reuniones con funcionarios del área de Salud del Gobierno, el presidente de la Unión Argentina de Salud (UAS), Claudio Belocopitt, afirmó que se convalidó que el dato a tener en cuenta es el ingreso familiar total, sumando lo que provenga tanto de fuente laboral como no laboral (por ejemplo, ingresos por alquileres o por inversiones). Las autoridades del Gobierno, por su parte, no hicieron declaraciones ni respondieron consultas sobre el tema.
El directivo también señaló que deben tenerse en cuenta las consecuencias de falsear una declaración jurada, como la rescisión del contrato de servicios. Esta advertencia fue hecha por varias entidades a sus usuarios, en una nota que acompañó las facturas de las cuotas de este mes de febrero.
Según los directivos del sector, para ver si se llega o no al valor de referencia de cada mes, deben considerarse no solo todos los conceptos de los ingresos laborales de quienes son beneficiarios del plan, sino también los recursos que provienen de otras fuentes, como alquileres o inversiones. Con respecto a lo obtenido por colocaciones financieras, no está claro, por ejemplo, qué ocurre con los intereses de un plazo fijo que se reinvierten y no se perciben efectivamente, o con los depósitos bancarios con vencimientos no mensuales, sino de más largo plazo. Por otra parte, si bien se estableció que deben mirarse los ingresos netos, surgieron dudas sobre ese punto, sobre todo en el caso de monotributistas y autónomos. Este diario consultó sobre esos y otros aspectos a referentes del Gobierno y también hizo un pedido de datos a través del mecanismo de acceso a la información pública del decreto 1172, pero no hubo respuestas.
La modalidad por la cual el Gobierno pone en cabeza de los afiliados la definición de qué subas recibirá se instrumentará, en principio, hasta julio de 2024.
Las variaciones de precios deben ser siempre informadas por las entidades de salud a sus afiliados con al menos un mes de anticipación. Por eso, para poder hacer el reajuste de 2,36% en abril, deberán hacer llegar las notificaciones en estos días.
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