Cuánto cobró de jubilación Amado Boudou este mes y qué evalúa la Anses tras quitarle el beneficio
El Gobierno revocó la asignación mensual del exvicepresidente por considerar que nunca debió haberla cobrado, dada la condena que tuvo por negociaciones incompatibles con la función púbica; el monto bruto de la última prestación superó los $10 millones y el neto fue de más de $8 millones
- 5 minutos de lectura'
La jubilación de privilegio cobrada por el exvicepresidente de la Nación Amado Boudou ascendió este mes a un monto bruto de $10.284.481,56, en tanto que, tras los descuentos, lo percibido en mano fue de $8.153.816,49. Los importes fueron informados por el director ejecutivo de la Anses, Mariano de los Heros, en respuesta a la consulta de LA NACION.
Mediante la resolución 1103, publicada hoy en el Boletín Oficial, el organismo de la seguridad social revocó la asignación otorgada en junio de 2020 al exfuncionario, que fue condenado por “cohecho pasivo y negociaciones incompatibles con la función pública”, con sentencia confirmada hace cuatro años por la Corte Suprema de Justicia.
El fallo de primera instancia llegó en agosto de 2018, en tanto que en julio de 2019 la condena fue confirmada por la Cámara de Casación Penal, y en diciembre de 2020, por la Corte Suprema de Justicia. El beneficio de privilegio, que en 2018 y bajo la presidencia de Mauricio Macri había sido denegado por la Anses, entonces conducida por Emilio Basavilbaso, le fue otorgado a Boudou en junio de 2020, durante la gestión de Alberto Fernández y de Cristina Kirchner.
Desde la Anses ahora afirman que se le hará una consulta a la Procuración del Tesoro de la Nación para determinar luego cómo proceder en relación con lo cobrado por Boudou hasta ahora.
A diferencia del caso de la expresidenta Cristina Kirchner, a quien la Anses le dio de baja las dos prestaciones que estaba percibiendo -y que este mes totalizaron un monto bruto de $35.255.297,735 y un importe neto de $21.827.624-, en el caso del exvicepresidente la decisión fue revocar el beneficio.
Es decir, se entiende que, dado que la condena por corrupción ya existía al momento del alta, nunca debió haberse puesto al pago la asignación mensual. Por lo tanto, se estudiará si el Estado se encuentra en condiciones de reclamar todo lo que fue abonado.
Asignaciones de una ley especial
En ambos casos (el de Cristina Kirchner y de Boudou), se trata de asignaciones otorgadas bajo el régimen de la ley 24.018. La semana pasada, el Gobierno anunció y oficializó su decisión de dar de baja las prestaciones cobradas por la expresidenta, una por su propio cargo y otra -pese a la incompatibilidad de percibir ambas a la vez que establece el artículo 5 de esa ley- por ser la viuda del expresidente Néstor Kirchner.
La decisión fue comunicada un día después de conocerse la confirmación de la condena, por parte de la Cámara de Casación Penal, que determinó que la expresidenta fue “autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”.
La resolución que revoca el beneficio otorgado a Boudou menciona en sus considerandos la norma referida a las prestaciones de la expresidenta. En rigor, la ley 24.018 no hace referencia a la existencia de condenas judiciales como causa de quita de las asignaciones para expresidentes y exvicepresidentes. El artículo 29 de esa norma indica que los beneficios no tienen alcance para exfuncionarios removidos de sus cargos tras un juicio político por mal desempeño de sus funciones.
Dada esa causal, la interpretación que hace la Anses es que la asignación de privilegio “deviene jurídicamente incompatible para quien haya cometido un delito en ejercicio de la función pública, en perjuicio del Estado Nacional”. Se toma así el “mal desempeño” como motivo, aunque no haya existido remoción de los cargos.
En los considerandos de la resolución 1103 se menciona que tomó intervención en el tema la Dirección General de Prestaciones Centralizadas de la propia Anses, y no hay referencia a un dictamen de la Procuración del Tesoro, como sí ocurrió en otros casos en los que se tomaron decisiones sobre este tipo de pagos. Por ejemplo, en el caso de la suspensión de una de las asignaciones de privilegio de Cristina Kirchner, que se resolvió en 2016, y que derivó en que la expresidenta iniciara un juicio para reclamar el pago de ambas prestaciones millonarias a la vez.
Según comentó De los Heros en entrevistas radiales durante el fin de semana, la expresidenta también había declarado tener domicilio en Santa Cruz, con lo cual había logrado el cobro de un adicional por zona austral, superior a los $6 millones entre ambas prestaciones.
Los argumentos del Gobierno para las quitas
Entre los argumentos expuestos por la Anses, se expresa que algo que legitima el cobro de los beneficios viene dado “por ciertas conductas” de los exfuncionarios al ejercer sus cargos, que deben ser acreditadas no solo al momento del cese en la función pública, “sino también en todo el tiempo que se mantiene la percepción del beneficio”.
Y se insiste en que, según el artículo 29 de la ley que regula estos pagos, la percepción “se encuentra atada a la premisa del buen desempeño en el cargo prestado en las altas esferas de la Nación”.
A continuación, se manifiesta que si existe una condena con sentencia definitiva “por la comisión de un delito que significó perjuicio al erario público”, no se cumple entonces con la condición para percibir la asignación.
Al igual que en la resolución que da de baja la asignación de Cristina Kirchner, en el caso de Boudou se considera que la asignación otorgada en su momento es una prestación graciable (no hay aportes ni contribuciones que la sustenten), no previsional, no alimentaria, ni retributiva. Y que esos rasgos hacen que, “a diferencia de las prestaciones de la seguridad social”, puedan ser denegadas o revocadas ante determinadas circunstancias.
Se recuerda, además, que el exvicepresidente y también exdirector de la Anses y exministro de Economía fue condenado tras ser considerado “autor penalmente responsable de los delitos de cohecho pasivo y negociaciones incompatibles con la función pública”, con una pena de cinco años y 10 meses de prisión, por la Cámara Federal de Casación Penal, en la causa sobre maniobras para quedarse con la empresa Ciccone, dedicada a la impresión de billetes.