Cuánto cobran los cocineros y el personal para tareas específicas en septiembre de 2024
Los empleados del servicio doméstico reciben este mes un incremento del 4%; cómo queda el salario según la modalidad de trabajo
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Los cocineros y el personal que realiza tareas específicas en un hogar recibe en septiembre un incremento del 4% en sus haberes, correspondiente a lo trabajado en el mes de agosto, según consta en el más reciente acuerdo paritario para los trabajadores del sector.
De esta manera, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares y la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp), el sindicato del sector, establecieron una suba salarial del 4% que impacta en el noveno mes del año y corresponde a agosto, con carácter acumulativo. Este incremento se suma al 8,5% de julio, que se entregó el mes pasado.
Si bien el acuerdo presentó una demora, en el sitio oficial de la Upacp ya aparecen las cifras actualizadas según la categoría para cada mes y por hora, en sus diferentes modalidades de trabajo.
Estas actualizaciones impactan en el salario de los cocineros y personal de tareas específicas, que corresponde a la segunda categoría del sector e incluye a los cocineros y cocineras contratados en forma exclusiva para desempeñar esa labor y a todo quien realice tareas del hogar que requieran especial idoneidad.
Vale recordar que a la par del acuerdo salarial se pactó una nueva reunión para el 18 de septiembre con la finalidad de rever las paritarias.
Sueldo por hora de los cocineros y personal de tareas específicas en septiembre de 2024
Las personas que realizan tareas específicas en casas particulares y están contratadas por horas o por jornada les corresponde los siguientes montos, debido a que se toma como referencia la grilla reciente (actualizada hasta agosto), hasta tanto se publiquen los nuevos valores del mes en curso:
- Por hora con retiro: $2991
- Por hora sin retiro: $3280
Estos valores sirven de referencia para quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales.
Sueldo mensual de los cocineros y personal de tareas específicas en septiembre 2024
En septiembre, quienes trabajen con un esquema mensual cobrarán los siguientes montos, que corresponden a lo trabajado en agosto:
- Mensual con retiro: $366.265
- Mensual sin retiro: $407.715
Estas cifras están destinadas a los trabajadores comprendidos en el régimen establecido por la ley n° 26.844, que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas.
Los valores precedentes responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá además abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.
Cómo inscribir al personal del servicio doméstico en la obra social
Los empleados del servicio doméstico que están inscriptos como trabajadores de casas particulares cuentan con una obra social cuya cobertura se obtiene a través de un trámite presencial. Sin embargo, muchas personas no conocen cómo es el paso a paso para gestionar el alta del servicio y qué documentación deben presentar.
La prestataria de salud para quienes se desempeñan como trabajadores domésticos es Ospacp (Obra Social del Personal Auxiliar de Casas Particulares). Para poder hacer el trámite de afiliación, es necesario acudir a alguna de las sedes de la entidad habilitadas para eso.
Antes de realizar la inscripción, primero hay ingresar a este link y completar los formularios de afiliación con los datos personales del beneficiario y los datos del empleador. Luego, hay que ir físicamente a la sede en cuestión y presentar:
- Los dos formularios de empadronamiento completos
- Fotocopias de la constancia de CUIT del empleador; si es trabajador en relación de dependencia, deberá presentar fotocopia de la constancia del número de CUIL o constancia de monotributo
- Fotocopia de alta del empleador del Servicio Doméstico en la AFIP
- Dos fotos 4×4 (frente) del empleado
- Los empleados extranjeros que no posean DNI deberán presentar una fotocopia de residencia precaria en el país otorgada por Migraciones
- Fotocopia del CUIL del empleado
- Fotocopia de último aporte (F102/RT o constancia del pago de aportes)
- Fotocopia del DNI del empleado
- Fotocopia del recibo de sueldo (según la resolución 077/2000 Art. 1°) o recibo de pago (formulario 102/RT)
Una vez con todos la documentación esté completa, el interesado debe comunicarse o dirigirse a la delegación más cercana a su domicilio.
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