AFIP. Reclaman que se amplíe el plazo del trámite para acceder al alivio de las cargas patronales
Las entidades que representan a los contadores de las diferentes jurisdicciones del país le pidieron a la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, que prolongue el plazo para presentar la información económica requerida a las empresas, dentro del trámite dispuesto para acceder a un alivio en el pago de las contribuciones patronales por los salarios de este mes.
En una carta que ayer por la tarde mandó a ese organismo la Federación de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (que nuclea a 24 entidades jurisdiccionales), se considera que en muchos casos el requerimiento es de "imposible cumplimiento" en 72 horas (tal como se exige) y pide que se habilite un período de 10 días. En tanto, el consejo porteño también mandó una nota a la AFIP, en la que pide que se analice la posibilidad de otorgar los beneficios de modo condicional y que su confirmación quede sujeta "a información que a futuro presente el empleador".
La medida que prendió luces de alerta en varios estudios contables y en sus empresas clientes es la resolución 4693, publicada el jueves pasado en el Boletín Oficial. Está referida a los trámites necesarios para ingresar al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. Ese plan, creado por el decreto de necesidad y urgencia 332, publicado el 1° de abril, se propone aliviar el peso de las cargas sociales en el caso de las empresas más afectadas por la cuarentena.
La resolución establece que los empleadores deben anotarse entre el 9 y el 15 de este mes, y que entre el 13 (ayer) y el 15 (mañana) deben aportar la información económica pedida por el sistema. Esos datos requeridos son los de la facturación obtenida entre el 12 de marzo y el 12 de abril, tanto de 2019 como de este año, con cifras totales y con el detalle de cada operación.
El texto de la federación de contadores, firmado por su titular Silvio Rizza, advierte que en muchos casos el hacerse de esa información requiere que los contribuyentes vayan a sus locales comerciales para generarla, cosa que no pueden hacer por el aislamiento obligatorio. Tampoco los contadores pueden trasladarse, porque su actividad no es considerada esencial. Por eso, se señala, la obligación dispuesta es "de imposible cumplimiento dentro del plazo previsto por la norma, del 13 al 15 de abril". La nota pide que se otorgue un período de 10 días para cumplir con la exigencia.
El pago de los sueldos es uno de los mayores temas de preocupación en la crisis actual, derivada de la llegada del coronavirus a la Argentina. Las empresas tienen, legalmente, hasta el cuarto día hábil de cada mes para pagar las remuneraciones. En este caso, por los sueldos de abril hay tiempo hasta el 7 de mayo. Muchos empleadores ya prevén el pago parcial de los salarios habituales, esperando que, con la aplicación de medidas oficiales, se complete luego el monto con subsididos estatales, según explicó Rizza a LA NACION, quien agregó que no hay razones prácticas para el reducido plazo que estableció la AFIP para subir la información de la facturación al sistema.
Según el contador, en muchos casos las empresas sin facturación se enfrentan al dilema de qué obligaciones pagar, sobre todo porque no hubo prórrogas de impuestos en general (salvo en algunas jurisdicciones, respecto de tributos locales)."La recomendación siempre es que se priorice todo lo que es el ingreso al fisco de las retenciones", dice Rizza, en referencia a las obligaciones cuyo incumplimiento pueden generar reclamos de índole penal.
Por su parte, una nota del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, firmada por su presidenta Gabriela Russo, señala que "solicitar el total de ventas del período del 12 de marzo al 12 de abril es una tarea que en muchos casos es imposible de realizar, por no permitirla el aislamiento", ya que, en caso de usar controladores fiscales, los contribuyentes deberían ir a sus lugares de trabajo para hacerse de la información. El pedido, en este caso, es que los beneficios se otorguen en forma condicional y en función de toda la información que la AFIP ya tiene de las empresas contribuyentes, y que el mantenimiento de lo otorgado quede sujeto a los datos que se presenten luego.
Según describe el contador Ezequiel Passarelli, se dan diferentes situaciones según en qué situación estén las empresas. Por un lado, dice, el caso más fácil para dar cumplimiento a lo que se pide es el de las empresas con menos de 100 empleados y 100% de facturación electrónica; para esas firmas "realmente es sencillo" el trámite, dice.
Luego están las empresas con facturación electrónica y más de 100 empleados: "Ahí se complica bastante –afirma-, porque la AFIP pide una segunda instancia de información, que es compleja si se tiene en cuenta que muchas empresas y sus administraciones están cerradas".
Una tercera situación, agrega, es la de firmas con controladores fiscales de vieja tecnología y la de entidades que están exentas, como asociaciones civiles y fundaciones (no están obligadas a llevar comprobantes en línea). Son los casos más difíciles, según Passarelli, sobre todo si se trata de quienes tienen sus locales cerrados. "Se pide información de abril, cuyo vencimiento para presentar es en mayo, por lo cual hasta ahora no había necesidad de pasar las cosas ya", dice.
"La parálisis es tan grande que nadie quiere perder la posibilidad de recibir ayuda del Estado", comenta el contador Iván Sasovsky, quien agrega que para hacer las presentaciones se necesita hacer una revisión mínima de los datos. "Que otorguen más plazo es algo sumamente necesario; no se trata de un beneficio extra, sino de garantizar el acceso a un subsidio del Estado, para aliviar en parte los efectos de semejante descalabro que hoy sufren las empresas. Es importantísimo que la AFIP tome una actitud colaborativa", sostiene. Agrega que, además de una extensión del período para el trámite en cuestión, una noticia esperada es que haya prórroga para el pago de los impuestos en general.
La contadora Fernanda Laiún señala que el reclamo de la federación se sostiene en que los contadores con muchos clientes no pueden cumplir con los requerimientos en el corto plazo otorgado. "Es un reclamo razonable en cuanto al plazo. La información de este año que se pide es del 12 de marzo al 12 de abril; hasta el 19 de marzo se trabajó normalmente y luego rigió la cuarentena. Si el negocio estuvo cerrado y sigue cerrado, se debió haber instrumentado la forma de hacerse de la información de ventas. Si está abierto no debería ser un problema hacerse de esos datos", señala.
Según Laiún, más allá de lo que ocurre con este procedimiento, sería recomendable que se mire lo que hicieron otros países de la región, "donde hay planes de pago de entre 6 y 12 cuotas para las cargas que tienen vencimiento inmediato, y la condición es el pago de los sueldos a la nómina completa".