Control de precios: la secretaría de comercio publicó el “código de buenas prácticas” obligatorio para los supermercados y proveedores
Tendrán que aplicarlo los hipermercados, supermercados, tiendas, y autoservicios; tienen 30 días para ajustarse a la norma
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La Secretaría de Comercio Interior reforzó medidas con el objetivo de controlar los precios. En esta ocasión, fue el turno de los supermercados y sus proveedores alcanzados por la ley de góndolas, que sancionó el oficialismo en marzo de 2020 y que regula la venta de alimentos, bebidas y productos de higiene.
El organismo que dirige Paula Español publicó hoy el “Código de Buenas Prácticas Comerciales de Distribución Mayorista y Minorista”, una suerte de manual de ética obligatorio con el que pretende evitar las modalidades que considera abusivas en las negociaciones entre los actores del retail.
Diferentes cadenas consultadas por LA NACION aseguraron que todavía están analizando sus efectos, en cuanto a costos y forma de implementarlo. A partir de hoy les empieza a correr el plazo de 30 días para adecuarse a la norma.
El manual se mete a fondo en los acuerdos que celebran las cadenas con sus proveedores y alcanza a aquellas con una facturación anual mayor a $300 millones. Las negociaciones y convenios deben registrarse por escrito, se prohíben la entrega de mercadería gratuita y que un supermercado conceda ventajas comerciales a un proveedor en particular por sobre otro. Tampoco se permite realizar acuerdos que impongan seguros o anticipos con condiciones financieras que resulten discriminatorias.
Introduce la novedad de que todos los proveedores deberán recibir un trato igual en la modalidad y sus plazos de pago. La norma aplica obligatoriamente a hipermercados, supermercados, tiendas y autoservicios, aunque desde la Secretaría dejaron abierta la opción a que otras empresas lo adopten voluntariamente.
Lo instrumentado afecta la composición de los supermercados, que tendrán que informar con cartelería específica eventuales faltas de stock y brindar datos sobre plazos de reposición. En las góndolas la mercadería deberá exhibirse de manera uniforme en estantes y ordenadas en las categorías que define la ley: alimentos, bebidas, productos de higiene personal y artículos de limpieza del hogar.
De acuerdo con el código, los espacios dentro de los supermercados tienen que organizarse para atender las necesidades de los consumidores “hipervulnerables”, una categoría que introdujo la Secretaría de Comercio y que encuadra a aquellas personas que por su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y culturales, tengan dificultades especiales para ejercer con plenitud sus derechos a la hora de consumir.
Por otro lado, también se reservó un artículo que obliga a las empresas a adoptar prácticas comerciales de reposición, logística y distribución que permitan la competencia de proveedores que sean micro y pequeñas empresas, cooperativas, sectores de la economía popular, la agricultura familiar, campesina e indígena.
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