Contra la IGJ. Emprendedores presentaron un amparo por las excesivas regulaciones a las SAS
La Asociación de Emprendedores de Argentina (ASEA) presentó el viernes último en el Juzgado Comercial Nº 24 un amparo contra la Inspección General de Justicia (IGJ) a fin de que se declare la nulidad por inconstitucionalidad de siete resoluciones que sacó el organismo dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que regulan a la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS).
Se tratan de las resoluciones generales N° 5, 9, 17, 20, 22 y 23, publicadas en el Boletín Oficial entre el 11 de marzo y el 12 de mayo, y la Nº 4 firmada el 26 de febrero aún no publicada, pero tampoco derogada.
En ellas, la IGJ establece: : A) La supresión del objeto social múltiple, restableciendo el objeto social preciso y determinado y la exigencia de un capital social inicial que se ajuste razonablemente al objeto social; B) La supresión de la firma electrónica para la constitución, siendo necesaria la firma digital de todos los socios; C) La exigencia de un seguro de caución para ser administrador titular; D) La presentación de estados contables; E) El control de legalidad sobre el acto de constitución, de reforma u otro acto sujeto a inscripción; F) La presentación del poder otorgado por el administrador residente en el extranjero a su representante; G) La exigencia de que miles de SAS deban subsanar el instrumento constitutivo por instrumento privado y publicar edicto en el Boletín Oficial, no inscribiendo la IGJ ningún acto posterior sin la previa o simultánea subsanación, entre otras múltiples limitaciones.
"En 2015, ASEA llevó un proyecto de ley de emprendedores a todos los candidatos presidenciales de aquel entonces para que hubiera herramientas que facilitaran las inversiones y que hicieran más fácil abrir una empresa en la Argentina. Ese punto es el que posibilita la SAS que salió a través de una ley en 2017 con un apoyo casi unánime en Diputados y Senadores", afirmó a LA NACION Alejandro Ramírez, responsable del área de Políticas Públicas de la ASEA, quien añadió que las SAS representan el 54% de las empresas que se abren en el país, tienen más de 47.000 empleados, según el Ministerio de Trabajo, y "vienen creciendo a un 580% en cuanto al pago de impuestos hasta estas resoluciones que lo único que hacen es dificultar su uso en la Ciudad".
"Si nos guiamos por el actual criterio de la IGJ, no se debería haber permitido operar a Mercado Libre, Globant, o incluso a Neokit SAS, la empresa de científicos del Conicet que desarrollaron el test de detección rápido del COVID-19", agregó.
El argumento central del amparo es el respeto a la división de poderes, ya que la IGJ no puede derogar o modificar una ley. "La IGJ es un organismo de sexto rango en la órbita del Poder Ejecutivo. Pretender modificar una ley sería equivalente a que el Registro Civil requiera un estudio de ADN para inscribir un nacimiento, o que el Registro Automotor se niegue a registrar camionetas porque prefiere los automóviles", ejemplificó Ricardo Cony Etchart, profesor de Derecho de la Universidad Austral y adherente del amparo.
"La IGJ excede las funciones propias que la ley le concede, atribuyéndose facultades que no tiene, en clara violación de los principios constitucionales. Parte de una premisa errónea al presumir que las SAS son un instrumento para el fraude. El fraude no depende del instrumento jurídico, sino del mal uso del mismo. Existen matrimonios fraudulentos", subrayó Fernando Pérez Hualde, profesor de Derecho de la Universidad de Cuyo y también adherente al amparo.
Ante la consulta de LA NACION, Ricardo Nissen, titular de la IGJ, dijo que se enteró por terceros pero que no fue notificado oficialmente.
En febrero pasado, Nissen-que es apoderado legal de los hijos de Cristina Kirchner en Hotesur SA-, había dicho en una entrevista con el diario Página/12 que iba a investigar a las SAS porque "es una forma de sociedades que quedan habilitadas a hacer todo lo que no puede hacer una sociedad anónima y son un signo del macrismo".
"Lo que voy a investigar es una forma de sociedades que quedan habilitadas a hacer todo lo que no puede hacer una sociedad anónima y que son un signo del macrismo. Tienen un objeto tan amplio que no se las puede controlar. Son las sociedades por acciones simplificadas (SAS)", remarcó.
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