La doble pensión de privilegio de Cristina Kirchner: un pedido a la Justicia con fuertes acusaciones a Raverta, titular de la Anses
Una presentación de la diputada Ocaña ante el fuero previsional sostiene que la funcionaria del organismo de la seguridad social no debió haber actuado en la causa por su relación con la vicepresidenta, y advierte que no tiene facultades para definir el destino de fondos públicos
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La diputada nacional Graciela Ocaña (Juntos por el Cambio-Buenos Aires) hizo una presentación ante la justicia previsional, con la que busca evitar que la vicepresidenta Cristina Kirchner siga percibiendo dos asignaciones vitalicias consideradas de privilegio, una como expresidenta y otra como viuda de un expresidente.
Además de argumentar cuestiones como la necesidad de que Fernanda Raverta, directora ejecutiva de la Anses se excuse de participar en la causa, dada su relación con la expresidenta (que es la parte demandante), el escrito de la legisladora recuerda que el artículo 5 de la ley 24.018 establece que la percepción de la asignación para expresidentes es “incompatible con el goce de toda jubilación, pensión, retiro o prestación graciable nacional, provincial o municipal”. Califica de disparate una interpretación hecha sobre ese artículo de la ley -interpretación usada como base por la Anses para su decisión de abonar los dos beneficios a la vez-, y acusa al organismo de la seguridad social de haber tomado una resolución sobre el uso de fondos públicos cuando, en rigor, esa no es su función, ya que es un ente estatal de administración y no de disposición de los recursos que son de la sociedad.
Concretamente, lo que le pidió Ocaña a la Cámara Federal de la Seguridad Social, donde se tramita la causa sobre este tema, es que declare nula la actuación de la semana pasada de la Anses, en cuanto desistió de la apelación que había presentado, en febrero de este año, contra una sentencia del juez de primera instancia, Ezequiel Pérez Nami, que había favorecido a Cristina Kirchner (al darle la razón en su pedido de declarar la nulidad de una resolución del gobierno macrista, que había dispuesto suspender uno de los pagos). La diputada sostiene que la discusión de fondo sobre esta cuestión (si se deben cobrar o no los dos beneficios a la vez) debería ser resuelta en la máxima instancia, es decir, en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Más allá de que ese pedido se hace por las características que tiene el tema en debate, lo cierto también es que hasta el tribunal supremo llegan todas las causas vinculadas con las jubilaciones y pensiones de los ciudadanos en general -muchas de ellas de montos bajísimos-, quienes sufren fuertes demoras al tener que recurrir a juicios para lograr que se cumplan sus derechos.
La presentación de la apelación en febrero por parte de la Anses, había provocado la suspensión de los efectos del fallo (el pago a la vez de las dos asignaciones vitalicias y el reconocimiento de montos retroactivos, que es lo que -incluidos los intereses- reclamaba Cristina).
Sin embargo, una resolución del organismo de la seguridad social dictada en marzo, dispuso restituirle desde abril de este año la prestación que le había sido suspendida a la vicepresidenta durante el gobierno anterior. Insólitamente, Para tomar esa decisión se invocó lo expresado por un dictamen de la Procuración del Tesoro, a cargo de Carlos Zannini, funcionario de estrecha confianza de los Kirchneer desde hace muchos años y uno de los vacunados vip contra el Covid-19. Ese dictamen, según recuerda la legisladora, había considerado que era correcta la doble asignación y que no hacía falta esperar la palabra de la Justicia sobre el tema.
En su presentación, Ocaña se refiere a la conclusión a la que había arribado la Procuración: según Zannini, dice el escrito presentado ayer, es incompatible percibir una asignación vitalicia y un beneficio previsional contributivo (es decir, una prestación obtenida tras cumplir con los requisitos de edad y años de aportes que exija un determinado régimen previsional), pero, por el contrario, sí es correcto que se perciban dos asignaciones vitalicias de privilegio. En la opinión de la diputada, eso es “un disparate que atenta no solo contra la literalidad de la norma sino también contra su espíritu”.
Más allá de refutar los argumentos sobre los cuales se basó la decisión de pagar el doble beneficio, Ocaña afirma que la Anses no es un organismo que pueda disponer cómo utilizar los recursos públicos, porque es un ente “de administración” y no de resolución. “Así lo establece su decreto de creación N°2.741/91″, se sostiene. En el caso de la doble pensión a favor de Cristina “se ha realizado un acto de disposición de sumas millonarias, sin respaldo normativo”, se menciona.
En el hecho de que se trate de la disposición de fondos públicos basa la diputada su presentación, en la cual pretende ser reconocida como un “tercero” interesado en la causa judicial. “Por los montos involucrados, por la persona involucrada, y por las maniobras que han ocurrido y se encuentran acreditadas, trasciende el interés de las partes”, señala respecto de lo que está en discusión.
Y agrega que el desistimiento que decidió hacer Raverta “produce un enorme perjuicio al erario público, que es el dinero recaudado con el esfuerzo de todos los argentinos, que en nuestro carácter de representantes del Pueblo nos vemos obligados a defender, ante la escandalosa actitud de los funcionarios”. En su presentación, Ocaña menciona estimaciones según las cuales el doble beneficio sumaría ya unos $2,8 millones mensuales. La cifra no surge de fuentes oficiales, porque desde el Gobierno se decidió no informar sobre el tema; meses atrás, la Anses, a cargo de Raverta, se negó a responder un pedido de información de los montos hecho por LA NACION Data.
El desistimiento de la apelación había sido pedido por los abogados de Cristina y, a los pocos días, la Anses, que tenía la función de actuar como contraparte para defender los intereses del Estado, cumplió con esa solicitud: presentó un escrito ante los jueces renunciando a la apelación al fallo y pidiendo que se archivara la causa, que había sido iniciada por la actual vicepresidenta en 2017, luego de que se le suspendiera el pago de una de las prestaciones de privilegio.
Había sido una resolución del Ministerio de Desarrollo Social, en ese entonces a cargo de Alicia Kirchner, la que le había otorgado en diciembre de 2015 la asignación como expresidenta, pese a que ya existía a su favor otra prestación del mismo régimen, como viuda del expresidente Néstor Kirchner. En el gobierno de Mauricio Macri uno de los pagos fue suspendido, por invocación a la incompatibilidad dispuesta por la ley 24.018 y, meses después, Cristina Kirchner inició un juicio.
Aceptar el desistimiento de la apelación implica que quede firme el fallo de primera instancia y que no siga el debate en la Justicia. Es lo que le conviene a Cristina Kirchner, ya que de todas formas logró lo que reclamaba, por una decisión administrativa de un organismo conducido por la agrupación La Cámpora, que la tiene como líder.
Raverta es ahora acusada por Ocaña de haber violado el Código de Ética aprobado por el decreto 41/99, que establece que “el funcionario público tiene el deber primario de lealtad con su país a través de las instituciones democráticas de gobierno, con prioridad a sus vinculaciones con personas, partidos políticos o instituciones de cualquier naturaleza.” En el escrito se cita una declaración hecha por la funcionaria, según consigna un artículo de LA NACION de un año atrás: “Me encantaría ser la favorita de Cristina Kirchner”. Y se concluye que la directora ejecutiva de la Anses estaba obligada a excusarse de actuar en la causa por el vínculo existente.
En febrero pasado, muy poco antes de que ingresara a la justicia previsional la apelación de la Anses al fallo de primera instancia, varios diputados de la oposición (entre ellos, Ocaña) se habían presentado como terceros interesados, y también hicieron su apelación (a diferencia de la Anses, expresando argumentos). Sin embargo, basándose en la opinión expresada por el fiscal Juan Carlos Paulucci, los jueces de la sala 3 de la Cámara Federal de la Seguridad Social rechazaron en septiembre pasado ese pedido de intervención.
Ahora, en su nuevo pedido para ser aceptada y poder participar en una cuestión en la cual el orden público “obviamente” está comprometido, Ocaña resalta argumentos usados por el fiscal que, señala, quedaron desvirtuados: el dictamen señalaba, como un sostén para el rechazo a la actuación de terceros, que la Anses estaba actuando como contraparte. Se había mencionado, expresamente, que el organismo no había desistido de su apelación, algo que finalmente sí ocurrió el 25 de octubre pasado, provocando que la causa judicial quedara, en los hechos, con las dos partes tirando para el mismo lado.
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