Compra de dólar ahorro: paso a paso, cómo saber si estás habilitado
Entre las más recientes restricciones para la compra de dólar ahorro el Banco Central (BCRA) incluyó a los beneficiarios de asignaciones que paga la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Por eso, el organismo previsional habilitó una aplicación para corroborar que los interesados en comprar divisas para atesoramiento no sean beneficiarios del IFE, la AUH, entre otras asignaciones sociales.
En sintonía con el BCRA, esta herramienta permite chequear que los beneficiarios de una asignación de Anses no puedan acceder a la compra de dólares, cuyo cupo límite mensual es de US$200 por persona física.
Cómo saber si puedo comprar dólares
- Visitar el sitio oficial de consulta que habilitó la Anses.
- Ingresar el número de CUIT del contribuyente.
- Indicar el período en el cual se desea conocer el estado de situación para la compra de divisa (no puede ser mayor a seis meses).
- Tipear el código captcha de la imagen que brinda el sistema.
Luego de detallar esos datos, el sistema de Anses indicará si es posible acceder a la compra de dólares. Esta consulta es válida para entidades bancarias o personas físicas interesadas en conocer su estado para adquirir moneda estadounidense.
Solo en los casos en que el sistema arroje la leyenda "Denegatoria Certificación Negativa", la persona puede acceder a la compra de divisas.
De esta manera se agregó el impuesto del 35% al impuesto PAIS (Para una Argentina inclusiva y solidaria) que ya existía desde el 28 de diciembre de 2019 y gravaba la compra de divisa extranjera en un 30%.
Los impedimentos para la compra de dólares
Acorde con la comunicación "A" 7105 del BCRA, emitida el 15 de septiembre pasado, la ANSES informa que, en la dirección web de consulta, "las distintas entidades bancarias, como así cualquier persona física o jurídica, pueden consultar si es beneficiario de un plan social".
Además, el organismo indica que la base de datos está permanentemente actualizada "a los fines de garantizar de una manera precisa el servicio". Se estima que el trámite web se completa cuando el sistema arroja la información entre los 30 y los 45 segundos de iniciada la consulta.
Por su parte, la comunicación del BCRA establecía que previa a la apertura de una caja de ahorro en moneda extranjera, las entidades financieras deberán obtener evidencia de que el cliente posee ingresos y/o activos consistentes con el ahorro en moneda extranjera, "no siendo admisible que sea beneficiario de algún plan o programa caracterizado como de ayuda social-incluyendo los subsidios de carácter alimentario–, sin perjuicio de que podrán percibir prestaciones de la seguridad social derivadas de la relación laboral –tales como las asignaciones familiares".
El comunicado del BCRA, a su vez, señala que las entidades financieras deberán realizar una consulta "de la que resulte una certificación negativa denegada por contar la persona con ingresos propios por estar en relación de dependencia, ser beneficiaria de haberes previsionales o ser trabajadora autónoma, monotributista o de casas particulares".
En estos tres últimos casos se deberá manifestar mediante declaración jurada que no se percibieron subsidios de carácter alimentario.
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