Cómo se calculan las vacaciones que me corresponden
Las jornadas de descanso se acumulan según el tiempo trabajado; cuál es la fórmula para quienes llevan empleados menos de un año y qué dice la ley
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El verano ya está entre nosotros y con él la temporada de descanso estival, que lleva a muchos a preguntarse cómo se calculan las vacaciones que corresponden en el trabajo, según cada caso.
La garantía del descanso remunerado es parte de los beneficios laborales consagrados en la Constitución Nacional, definido de la siguiente manera en el artículo 14 bis: “El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada; descanso y vacaciones pagados (...)”.
A partir de la consagración de este derecho, la Ley de Contrato de Trabajo es la que reglamenta la duración de las vacaciones, según el tiempo que se lleve trabajado. La legislación vigente también establece que estas jornadas se deben otorgar dentro del período que comienza el 1° de noviembre del año por el que se toman las vacaciones. El Gobierno precisa que el ciclo se cuenta “a partir del primer lunes o del primer día semanal de trabajo habitual” y finaliza el 30 de marzo siguiente.
Por otro lado, en caso de que el empleado lo requiera, la ley permite fraccionar los días que corresponden legalmente para usarlos en otras épocas del año. De todas maneras, se debe garantizar un período continuo de licencia de no menos de dos tercios del correspondiente según la antigüedad. Y, antes de que empiecen las vacaciones, deben ser pagadas por el empleador.
¿Cuántos días de vacaciones tiene un empleado según su antigüedad?
Para calcular la duración de las vacaciones, la ley de Contrato de Trabajo establece en su artículo 150 las escalas de licencia ordinaria que corresponde según la antigüedad del empleado. La persona deberá haber prestado servicios, como mínimo, durante la mitad de los días hábiles en el año calendario. Una vez cumplidos los seis meses podrá gozar de 14 días corridos de vacaciones. En el caso de aquellos que no cumplen con ese período, se le da un día de descanso por cada 20 días trabajados. Esta cantidad de días de descanso aumenta según la antigüedad que la persona tenga en su empleo.
A continuación, la cantidad de días de vacaciones que corresponden en cada caso:
- Cuando la antigüedad no pase de cinco años: 14 días corridos
- Cuando la antigüedad sea mayor de cinco años y no pase de 10: 21 días corridos
- Cuando la antigüedad sea mayor de 10 años y no pase de 20: 28 días corridos
- Cuando la antigüedad pase los 20 años: 35 días corridos
Cabe aclarar que esta es la base reglamentada por ley, pero es posible que los distintos convenios colectivos de trabajo, salidos de la negociación entre gremios y cámaras empresarias, con la aprobación del Gobierno, puedan establecer beneficios para sus afiliados en el sector correspondiente. De todas formas, el tiempo no puede ser menor a lo antes expuesto, según dictamina la legislación vigente.
Cómo calcular la vacaciones con menos de un año en el trabajo
Para las personas que lleven menos tiempo en sus puestos, la cantidad de vacaciones previstas en la relación laboral es de una jornada de descanso por cada 20 días hábiles de trabajo efectivo. Así, la cantidad de semanas de antigüedad determinará el número de jornadas que se habilitan como vacaciones. De esta forma, se estructura la siguiente escala:
- Entre cuatro y siete semanas de trabajo: un día
- Entre ocho y 11 semanas de trabajo: dos días
- Entre 12 y 15 semanas de trabajo: tres días
- Entre 16 y 19 semanas de trabajo: cuatro días
- Más de 20 semanas de trabajo: cinco días
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