Cómo poner en blanco a la empleada doméstica en la AFIP
El personal que trabaja en las casas particulares debe estar registrado; el trámite se puede realizar a través del sitio oficial o de manera telefónica
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El personal doméstico que trabaja en casas particulares, independientemente de la tarea que realice y la cantidad de horas que trabaje, debe estar inscripto en la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) para contar con los aportes previsionales y obra social que requiere cualquier empleo formal.
En el caso de los trabajadores de casas particulares, es posible realizar el trámite de blanqueo a través de un procedimiento on line, mediante el sitio oficial de AFIP y de esa manera la contratación del personal doméstico cuenta con todos los requerimientos exigidos por el organismo.
Pasos para blanquear al personal doméstico
El trámite se puede realizar de manera telefónica o por el sitio oficial de AFIP
- Por teléfono a través del 0800-222-2526. Opción 2.
- Por el sitio: ingresar al sitio con clave fiscal nivel dos. Si no se cuenta con la clave, se gestiona en un apartado especial.
- Ingresar al sitio de AFIP con la clave fiscal, para cargar sus datos.
- Se abrirá un mensaje indicando algunos puntos respecto al pago del SAC y vacaciones a los trabajadores de Casas Particulares.
- Aparecerá un mensaje indicando algunas precisiones respecto de cómo generar el volante de pago y/ó recibo de sueldo del trabajador de Casas Particulares.
- Figurará en pantalla una secuencia de los pasos que debe realizar para registrar/modificar/dar de baja trabajadores, lugares de trabajo y relaciones laborales.
- Imprimir una constancia de la inscripción por duplicado con tus datos y los de del empleado.
Datos del empleado que requiere el trámite
- Número de CUIL
- Nombre y apellido
- Fecha de nacimiento
- Domicilio real
- Obra social. Si no tuviera, el sistema le asignará la Obra Social del Personal de Casas Particulares. Es obligación de la empleada doméstica elegir su obra social y realizar los trámites necesarios para el alta del servicio.
- Si está jubilada
- CBU (en caso de tenerlo)
- Número telefónico
- Correo electrónico.
Luego de completado el trámite es preciso abonar el monto correspondiente a la primera cuota de la ART, para tener cubierto el mes por adelantado. Posteriormente el pago se deberá realizar junto a los aportes y contribuciones mensuales.
Los trabajadores que paguen Impuesto a las Ganancias, podrán deducir el gasto correspondiente al personal doméstico. Para el trámite, es necesario estar al día con los aportes requeridos.
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