¿Cómo dar de baja una tarjeta de crédito?
La solicitud para anular el servicio bancario pueden hacerse de forma personal en una sucursal o mediante medios electrónicos habilitados; ¿qué se debe hacer si hay deudas pendientes?
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Muchas personas desean dar de baja sus tarjetas de crédito, pero no saben cómo y desconocen que es posible hacerlo incluso si tienen deudas pendientes. En este sentido, si bien muchos creen que se trata de un trámite engorroso, en la realidad no siempre es así. De hecho, el Banco Central (BCRA) indica a través de su página web oficial los derechos que tienen los clientes para poder hacer esta solicitud.
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Vale recordar que cada entidad debería brindarle al cliente el detalle de cómo es el trámite correspondiente para solicitar la baja de la tarjeta de crédito, dado que cada empresa tiene su propia formalidad. A su vez, ninguna compañía puede negarse a hacerlo y las bajas deben poder hacerse de forma personal en cualquier sucursal o mediante medios electrónicos habilitados.
Entre las dudas más comunes, está el interrogante de si se le permite o no a un cliente anular la tarjeta si debe dinero. Sin embargo, tal como informa el BCRA, en el caso de que haya deudas pendientes, es posible dar de baja la tarjeta, aunque en esos casos es posible que la entidad solicite que el interesado haga el trámite de forma personal.
¿Cuándo puedo dar de baja mi tarjeta de crédito?
Las tarjetas de crédito se pueden dar de baja en todo momento y, por lo tanto, no es un impedimento si el interesado tiene deudas pendientes.
¿Qué se debe tener en cuenta para dar de baja una tarjeta de crédito?
- Desde la fecha de presentación de la solicitud, los sujetos obligados no podrán devengar ningún tipo de comisión y/o cargo, siendo posible solo cobrar comisiones y/o cargos devengados con anterioridad a la fecha del requerimiento.
- Los consumos realizados en cuotas, seguirán devengándose mensualmente de acuerdo al sistema de amortización acordado, no pudiéndose devengar el costo de mantenimiento.
- La entidad solo puede cobrar los cargos por envío de resumen de cuenta en formato papel (no virtual), si previamente se eligió esa modalidad.
¿Qué hago si no me permiten dar de baja mi tarjeta de crédito?
Si la empresa no acepta la baja del servicio, lo primero que hay que hacer es efectuar un reclamo dentro de la misma entidad. En caso de que la solicitud no prospere, es posible hacerlo ante el BCRA o la Dirección de Defensa del Consumidor.
Para hacerlo ante el BCRA, es necesario contar con la siguiente información y documentos:
- Ser usuario final de servicios financieros. Se considera así a las personas humanas y jurídicas que, en beneficio propio o de su grupo familiar o social y en carácter de destinatarios finales, sin fines comerciales, hacen uso de los servicios ofrecidos por los bancos, compañías financieras y/o tarjetas de crédito.
- Número de reclamo asignado por la entidad financiera o emisora de tarjeta de crédito involucrada.
- Anverso y reverso del DNI.
- Reclamo que se hizo a la entidad.
- Respuesta brindada por la entidad al reclamo.
- Haber transcurrido 10 días hábiles desde que presentación de tu reclamo.
Con toda es información, hay que llenar un formulario online que se encuentra en este link.
Asimismo, también es posible comunicarse con la Dirección Nacional de Defensa al Consumidor, mediante la línea gratuita 0800-666-1518 o escribiendo a consultas@consumidor.gob.ar.
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