Cómo afecta a los contribuyentes la decisión de la AFIP que provocó el reclamo de Rodríguez Larreta
El organismo dirigido por Mercedes Marcó del Pont decidió modificar un criterio para la valuación fiscal de los inmuebles ubicados en la ciudad de Buenos Aires que se considera para determinar el tributo al patrimonio; cuál es el impacto y a partir de cuándo se sentirá en los bolsillos
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En los primeros días de marzo, durante una presentación que hizo en el Congreso la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, reveló una decisión que ya había sido tomada y que tendrá, como consecuencia, un incremento del monto a pagar en el impuesto a los Bienes Personales por los inmuebles ubicados en la Ciudad de Buenos Aires. Los efectos serán ya para el tributo correspondiente a 2021; los vencimientos, tanto para la presentación de la declaración jurada como para el pago del saldo correspondiente en cada caso, llegarán a mediados de junio de este año.
Concretamente, lo que ocurrirá es que la cifra considerada hasta ahora correcta como valuación fiscal de los inmuebles para la determinación de Bienes Personales (es decir, para definir la base imponible) se multiplicará por cuatro. Eso es lo que interpretó que debe hacerse (a contramano de lo establecido unos años atrás), el dictamen 1/2022, emitido el 14 de marzo último por la Dirección de Asesoría Legal Impositiva y Recursos de la Seguridad Social de la AFIP. Eso afectará a quienes son dueños de inmuebles que están alcanzados por Bienes Personales. Para algunos podría subir el monto del tributo y para otros, directamente implicará quedar alcanzados por esa carga fiscal, cuando tal cosa no hubiera pasado en el supuesto de no haberse tomado la nueva medida.
En el caso de tratarse de la vivienda del ciudadano, la propiedad está exenta de Bienes Personales desde 2018 y hasta un determinado valor, que por el ejercicio fiscal 2021 es de $30 millones (se tributa, en todo caso, por el valor que exceda ese monto).
Una controversia que lleva años
¿Cuál es el origen de esta decisión de la AFIP, que revive una controversia que se mantuvo durante años y que se había cerrado en 2018? Si los propietarios de inmuebles en la ciudad de Buenos Aires miran sus boletas del impuesto inmobiliario, verán que se consigna una Valuación Fiscal Homogénea (VFH) y, además, un número definido como Unidad de Sustentabilidad Contributiva (USC), que es 4. Esta variable fue creada por la legislatura porteña en 2012. Según la definición que da la AGIP (el organismo recaudador de la Ciudad), se trata de un índice de referencia para determinar el cálculo de tributos de la ciudad, una herramienta “que permite mantener uniformes y homogéneas las valuaciones técnicas, sin afectar la base imponible para otros impuestos”.
Durante años existió una fuerte controversia entre los contadores y la AFIP referida a qué valor debía considerarse, en el impuesto nacional a los activos de las personas, para compararlo con el precio de compra del inmueble en cuestión. Según las reglas vigentes para la declaración jurada de Bienes Personales, se deben observar la valuación fiscal y el precio de adquisición de la propiedad (menos un descuento anual de 2%) para consignar, de los dos números, el más alto. La controversia surgida con respecto a las propiedades ubicadas en la ciudad de Buenos Aires a partir de la existencia de la USC, fue si había que considerar simplemente la VFH o había que multiplicar ese número por 4.
La cuestión siguió siendo conflictiva incluso después de que la AFIP emitió un dictamen, en 2013, interpretando que debía tomarse en cuenta la Valuación Fiscal Homogénea multiplicada por 4. En la práctica, muchas declaraciones se hacían de todas maneras considerando el valor fiscal simple. Con el cambio de Gobierno a fines de 2015, fue ratificado en un primer momento aquello que había dictaminado el organismo.
Sin embargo, en 2018, la AFIP, entonces a cargo de Leandro Cuccioli, aprobó un nuevo dictamen, indicando que el valor que correspondía declarar, siempre que fuera mayor al precio de adquisición del inmueble una vez aplicada la amortización (un descuento) del 2% por año, era el de la valuación fiscal simple, sin hacer la multiplicación por 4. El argumento para la toma de esa decisión aludía a cuestiones legales y a la voluntad que habían tenido los legisladores porteños al momento de crear la Unidad de Sustentabilidad Contributiva.
Desde 2018, en este caso por efecto de una reforma legal aprobada por el Congreso Nacional, un inmueble está exento de Bienes Personales si se trata de la vivienda del propietario. Esa exención tiene un tope, que hasta 2020 fue de $18 millones y que para el ejercicio fiscal 2021 se elevó a $30 millones.
Marcó del Pont se refirió al tema hace un mes en el Congreso Nacional, al responder a una pregunta sobre uno de los contenidos del acuerdo al que había llegado el Gobierno con técnicos del FMI: el referido al revalúo de inmuebles. El punto sobre esa cuestión se refiere a reactivar una oficina federal dedicada a establecer criterios homogéneos para las valuaciones fiscales en todo el país. La puesta en marcha de ese organismo o grupo de trabajo había sido acordada entre la Nación y las provincias cuatro año atrás, durante la gestión macrista. Pero luego no se había avanzado. Lo decidido para los inmuebles de la Ciudad está al margen de ese mecanismo y se da por la particularidad que marca la existencia de la llamada USC.
Valores actualizados por inflación
En la práctica, el valor fiscal de los inmuebles que se considera en Bienes Personales, cualquiera sea su ubicación, es el establecido para diciembre de 2017, actualizado por inflación. Por ejemplo, por el impuesto correspondiente al año pasado (que deberá cancelarse durante el actual 2022), el número se reajusta en función de la variación acumulada por el índice de precios entre 2018 y 2021. Eso significa que, para la declaración correspondiente al año pasado, el valor de fines de 2017 deberá multiplicarse por 4,66.
En algunos casos, la manera en que se valúan los bienes puede marcar la diferencia entre quedar alcanzado o no por la carga fiscal. Para el impuesto 2021 y por una ley aprobada casi al finalizar ese año, el patrimonio más bajo por el cual se debe tributar es de $6 millones (se consideran las tenencias y las valuaciones de los activos gravados al 31 de diciembre).
En 2019 y 2020 la base había sido de $2 millones. Entre 2002 y 2015, durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner y pese a la inflación y a la suba del precio del dólar, el llamado mínimo no imponible estuvo congelado durante largos períodos, lo cual provocó que muchas personas quedaran alcanzadas sin que sus patrimonios hubieran tenido realmente un crecimiento. En los años posteriores el monto aumentó (salvo el correspondiente al impuesto de 2020, para el cual se utilizó la misma base que en 2019), pero eso no llegó a compensar la desactualización que se había acumulado. La falta de reajustes suficientes del monto a partir del cual se paga Bienes Personales es la contracara de medidas como las tendientes a acercar el valor declarado de los inmuebles a los precios de mercado.
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