Comienza a regir un impuesto inédito sobre la exportación de servicios
El Gobierno reglamentó hoy el cobro de un derecho de exportación del 12% a la prestación de servicios, tal y como había anticipado en el septiembre. Es la primera vez que el país aplica una medida de ese tipo. Así, deberán tributar por sus ventas fuera del país empresas que atraviesan a sectores muy variados, desde quienes producen publicidades o software hasta quienes venden ingeniería para proyectos en otros lugares del mundo.
Según lo que estableció el decreto 1201, publicado en el Boletín Oficial , este tributo estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2020 y no podrá exceder los $4 por cada dólar estadounidense que se venda al exterior.
La imposición de este gravamen fue posible por la modificación a los artículos 10, 91 y 735 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones, incluida en el Presupuesto 2019, a fin de regular la exportación de servicios.
Básicamente lo que se dispuso es que las prestaciones de servicios realizadas en el país, cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior, sean consideradas como si se tratara de mercaderías, algo que era resistido desde el sector.
Otro de los miedos que tenían se relacionaba con el carácter transitorio del cobro del impuesto que ahora se conoció será como mínimo de dos años.
En tanto, las micro y pequeñas empresas que no lleguen a facturar US$600.000 por año por exportaciones de prestaciones de servicios quedarán exceptuadas del pago de los derechos que deberán ser abonados dentro de los primeros 15 días hábiles del mes posterior a aquél de facturación de las operaciones respectivas.
Para aquellos exportadores que en el año anterior al de la fecha de la declaración jurada hayan exportado servicios por menos US$2.000.000, se concederá un plazo de espera mayor de 45 días corridos.
Consultado por LA NACION, Luis Galeazzi, titular de Argencon, la entidad conformada por empresas prestadoras de servicios basados en el conocimiento, dijo que la medida está dentro de lo esperado, aunque hay cosas que van más allá del decreto.
"No conocemos ningún otro caso. Es muy, muy especial y va contra la lógica ya que esta actividad es promovida a nivel mundial. Cobrarle un impuesto va contra la corriente y genera un problema de competitividad", afirmó.
En este sentido, dijo que desde el Gobierno les aseguraron que será una medida excepcional dado el estado de las cuentas públicas. "Nos prometieron que será por dos años, pero la preocupación en el sector es que el plazo del decreto presidencial sea removido por otro decreto. Este gobierno o el que venga puede extenderlo por más de dos años: que se confirme que son solo dos años y que esto se haga a través de una ley y se le quite al Ejecutivo la capacidad de prolongar el plazo".
Por último, resaltó que lo importante es que el impuesto no se extienda en el tiempo sino que abarque el menor plazo posible. "La devaluación de septiembre, cuando el dólar se fue a $40, creó un colchón cambiario con lo que ceder $4 de $40 no significaba mucho pero la economía argentina recupera en poco tiempo los saltos cambiarios. Pasó las últimas veces: la devaluación genera un colchón que se desinfla con la inflación interna. Cuando se termine ese margen por efecto de la inflación, el sector terminará pagando $4 que van a salir de su propio margen y esto afecta la competitividad", concluyó.
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