Mercosur y medio ambiente
Por Vicente G. Arnaud
(Para La Nación)
(Para La Nación)
La preservación del medio ambiente es un problema muy presente, muy vigente y muy afligente, que exige la aplicación de una ecopolítica para un desarrollo duradero, con una óptima y armoniosa utilización de los recursos naturales que evite su depredación y desaprovechamiento.
Incorporando la problemática de la contaminación, el proceso de integración económica en el Cono Sur y en América debe ser acompañado de una simultánea integración regional ambiental, como lo hace en su desarrollo la Unión Europea y el mercado común que son los Estados Unidos de América.
El Tratado de Asunción, del 26 de marzo de 1991, constitutivo del Mercosur, se refiere en su tercer párrafo preambular a que uno de los medios para el logro de "la ampliación de las actuales dimensiones de sus mercados nacionales" es mediante "la preservación del medio ambiente". Reconociendo esto, en Las Leñas, el 27-6-1992, la VI Reunión del Grupo Mercado Común del Mercosur adoptó la resolución 22/92, por la cual creó la Reunión Especializada de Medio Ambiente (REMA) con el cometido de analizar la legislación vigente en los Estados parte y proponer acciones a emprender en las distintas áreas con objeto de proteger el medio ambiente.
La REMA llevó a cabo cinco reuniones, destacándose el acuerdo sobre las "Directivas básicas en materia de política ambiental", propuestas por la Argentina, aprobadas por el GMC en su XIV Reunión, en Buenos Aires, el 3-8-94, por resolución 10/94, aún vigentes y consideradas válidas para la redacción de un futuro acuerdo regional ambiental y que establecen: 1) Concentrar los esfuerzos en pos de una verdadera eficiencia, reflejada en el mejor uso de los recursos y en el desarrollo de actividades productivas sostenibles en el mediano y largo plazo; 2) Inclusión del costo ambiental en el análisis de la estructura de costos de cualquier proceso productivo; 3) Generación de un marco normativo que muestre la conveniencia de modernización tecnológica-empleo de tecnologías limpias; 4) Utilización racional de los recursos renovables; 5) Prever y mitigar los potenciales impactos ambientales resultantes de la operación del Mercosur en espacios y sectores determinados; 6) Sistematizar procedimientos para ejecución y seguimiento de acuerdos internacionales en materia de protección y conservación ambiental; 7) Fortalecimiento eficiente de las instituciones para la gestión ambiental sustentable que comprenda el aumento sustantivo de la información para la toma de decisiones, el mejoramiento de la capacidad de evaluación y el fortalecimiento de los organismos de educación, capacitación e investigación.
Durante la XVIII Reunión del GMC, en Asunción, el 3-8-95, por la resolución 20/95 se acordó una nueva estructura del GMC y en la misma se creó un Subgrupo de Trabajo N1/46 -SGT N1/4 6- sobre Medio Ambiente en reemplazo de la REMA.
El SGT N1/4 6 realizó siete reuniones, la última el 29 de agosto último y tiene a su consideración, entre otros asuntos, un sistema de información ambiental del Mercosur; Sello Verde-Certificación Ambiental; Competividad y Medio Ambiente; normas internacionales ISO 14.000; Educación en Medio Ambiente. También ha presentado un proyecto de Protocolo adicional al Tratado de Asunción sobre medio ambiente. Su aprobación es objetada por la Argentina y personalmente me permito no estar de acuerdo con el mismo. Estimo que se trata de un extenso proyecto que a lo largo de un preámbulo y 85 artículos legisla de forma comprensiva en exceso e ignora las asimetrías existentes entre los países, sin olvidar que para la Argentina los tratados internacionales rigen por sobre la Constitución y las leyes nacionales.
Sí creo en la necesidad de un acuerdo. Desde la firma del Tratado de Asunción me he manifestado partidario de negociar y convenir un acuerdo marco general de preservación del medio ambiente. Un acuerdo marco, para negociar, significa un acuerdo con principios y guías generales reconocidos para dar lugar a concertar acuerdos específicos, conforme a los diferentes sectores de que se trate que presentan particulares problemas y soluciones. Ello sobre la base de que la ecología es una ciencia intersectorial y multidisciplinaria y el carácter preventivo del Derecho Ambiental, adaptable a los cambios y a las situaciones. En el Mercosur se consideran y negocian numerosos sectores, distintos en sus características, complejidad e intereses, y en todos ellos se encuentran problemas ambientales diferentes a ser considerados. Más aún, con un acuerdo marco integrador, podemos pretender la posibilidad de una integración regional ambiental en América. No existe en el mundo la autonomía ecológica: el medio ambiente no reconoce fronteras. Con un acuerdo marco, general, es de esperar que las otras subregiones americanas hagan sus propios acuerdos marcos y que, con los países del Cono Sur, como eslabones vinculantes de una buena vecindad ecológica, lleguen a la realización de un acuerdo, posible, de seguridad ecológica colectiva en América.
Confiamos que el proyecto de Protocolo sea revisado y se convenga un acuerdo marco, que además será conforme con las disposiciones constitucionales y legislativas propias de cada país y no se constituiría en una barrera comercial.
En el ámbito del Mercosur, desde fines de la década de 1960 en la Cuenca del Plata diversos acuerdos entre la Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay se refieren al control y preservación de la calidad de sus aguas.
El autor es embajador. Director del Centro de Estudios Internacionales de la Universidad de Belgrano.
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