Qué oportunidades de trabajo abre el acuerdo con la UE
El reciente acuerdo entre el Mercosur y la Unión Europea tiene una enorme relevancia comercial. La UE importó en 2018 (sin considerar su comercio intrazona) 2,3 billones de dólares en bienes, lo que representó el 15% del total de importaciones mundiales de bienes (apenas superada por las importaciones de EEUU) e importó además servicios (desde fuera de la Unión) por 828 mil millones de dólares (19,5% del total mundial, siendo el mayor importador planetario).
Es un mercado extraordinariamente relevante por su dimensión (508 millones de habitantes) y su poder adquisitivo (ingreso de 36,5 mil dólares per cápita). Sus importaciones totales equivalen al 41,7% del producto de la Unión (casi tres veces el ratio argentino).
El acuerdo entre el Mercosur y la UE facilitará el comercio entre ambas regiones y atraerá inversiones, porque se prevé mejorar el marco regulatorio al efecto y porque empíricamente se constata que la inversión extranjera se dirige primordialmente a los mercados en los que el comercio internacional tiene mayor relevancia.
Además, las empresas de la UE, con 9,5 billones de dólares hundidos fuera de sus países, son las mayores inversoras externas en el globo.
Pero además se creará un ambiente de negocios (a través de armonizaciones no arancelarias, concordancias políticas y acercamientos institucionales) que generará arquitecturas vinculares entre empresas de ambos bloques que serán facilitadas por la alimentación de cadenas de valor, lo que tendrá una relevancia equivalente a la misma reducción de aranceles (alianzas, contratos relacionales, asociaciones que llevarán a que las relaciones se retroalimenten más allá de las ventajas en frontera).
En los tratados de libre comercio, el marco regulatorio, el amparo institucional y la firme decisión política suelen proveer a la creación de un ambiente, más que un mercado.
En el caso de la Argentina, un gran impacto se verá también fronteras adentro: los tratados internaciones tienen una jerarquía superior al de las leyes (según el artículo 75 inciso 22 de la Constitución) por lo que las normas e instituciones surgidas de este pacto, que elevarán la calidad del marco jurídico para los negocios: no podrán ser violados ni reformados por el Congreso, constituyendo ello un salto en términos de seguridad jurídica.
La evolución tecnológica está logrando que la cercanía geográfica ya no sea un requisito para el acercamiento económico; y así como el Brexit llevará probablemente al Reino Unido más cerca de alianzas con EEUU, Canadá y otros angloparlantes (India o Sudáfrica); o la esfera de influencia china crezca entre sus culturalmente cercanos asiáticos; los iberoamericanos probablemente tengamos más ocasión de entablar negocios con aquellos con quienes tenemos cercanía cultural -en Europa y Latinoamérica- que en otros mercados diferentes.
Pero el marco no es el contenido. El acuerdo concederá oportunidades, pero exigirá reformas críticas entre nosotros para sacar provecho de la oportunidad.
Así, se requerirá un nuevo marco de competitividad sistémica, integrado por cuatro planos. Un primer plano que está más allá de la política, el que podemos llamar "metaeconómico" formado por la cultura y lo valores que nos lleven a movernos más hacia el mundo que hacia adentro.
El segundo es el macroeconómico, en el que claramente habrá que poner en orden desequilibrios (como los fiscales, monetarios o cambiarios) y también ajustar normas obstructivas (como las laborales, impositivas o administrativas).
El tercero es el mesoeconómico, en el que la infraestructura, la eficiencia del sector público, el acceso a servicios, provisiones y recursos (incluyendo personas más formadas) será requisito.
Y el cuarto es el microeconómico, en el que las empresas tendrán que desarrollar atributos competitivos ante la nueva exigencia. En este aspecto aparecen para el sector privado 7 llamados: desarrollar estrategias inteligentes y anticipativas; administrar ambientes de negocios diferentes y hasta acompañar el cambio tecnológico y cultural permanente que el mundo propone; incorporar conocimiento, innovación y ciencia en la oferta y en las tácticas comerciales; generar arquitecturas vinculares y relaciones sistémicas con contrapartes externas que deben pasar a ser más socios y aliados que clientes; generar instrumentos de reputación como marcas comerciales o certificaciones de calidad y cumplimiento de estándares; diferenciar la oferta en base a condiciones cualitativas; y concebirse para competir en base a la condición de la empresa y no por la mera calidad de un producto.
Por ello, la firma de acuerdo no ha terminado una etapa, sino que ha iniciado otra.
El autor es docente de la Escuela de Posgrado del ITBA
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